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Document 62016TN0189
Case T-189/16: Action brought on 27 April 2016 – Migros-Genossenschafts-Bund v EUIPO – Luigi Lavazza (CReMESPRESSO)
Asunto T-189/16: Recurso interpuesto el 27 de abril de 2016 — Migros-Genossenschafts-Bund/EUIPO — Luigi Lavazza (CReMESPRESSO)
Asunto T-189/16: Recurso interpuesto el 27 de abril de 2016 — Migros-Genossenschafts-Bund/EUIPO — Luigi Lavazza (CReMESPRESSO)
DO C 232 de 27.6.2016, p. 24–25
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
27.6.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 232/24 |
Recurso interpuesto el 27 de abril de 2016 — Migros-Genossenschafts-Bund/EUIPO — Luigi Lavazza (CReMESPRESSO)
(Asunto T-189/16)
(2016/C 232/32)
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés
Partes
Demandante: Migros-Genossenschafts-Bund (Zúrich, Suiza) (representante: M. Treis, abogado)
Demandada: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Luigi Lavazza SpA (Turín, Italia)
Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO
Titular de la marca controvertida: Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso
Marca controvertida: Marca figurativa de la Unión que incluye el elemento denominativo «CReMESPRESSO» — Marca de la Unión n.o 8919541
Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de nulidad
Resolución impugnada: Resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 23 de febrero de 2016, en el asunto R 2823/2014-5
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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Anule la resolución impugnada en la medida en que en ella se estima el recurso del titular de la marca de la Unión y se anula en parte la resolución de la EUIPO de 24 de octubre de 2014, en particular, en lo que respecta a las «máquinas para hacer helados, máquinas de helados y cafeteras eléctricas» de la clase 11 y las «máquinas eléctricas para triturar hielo» de la clase 7. |
— |
Condene a la EUIPO y a la otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso a cargar con las costas del presente recurso. |
Motivo invocado
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Infracción del artículo 53, apartado 1, letra a), del Reglamento sobre la marca de la Unión Europea (RMUE). |