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Document 62016CN0225
Case C-225/16: Request for a preliminary ruling from the Hoge Raad der Nederlanden (Netherlands) lodged on 22 April 2016 — Criminal proceedings against Mossa Ouhrami
Asunto C-225/16: Petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden (Países Bajos) el 22 de abril de 2016 — Proceso penal contra Mossa Ouhrami
Asunto C-225/16: Petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden (Países Bajos) el 22 de abril de 2016 — Proceso penal contra Mossa Ouhrami
DO C 232 de 27.6.2016, p. 7–7
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
27.6.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 232/7 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden (Países Bajos) el 22 de abril de 2016 — Proceso penal contra Mossa Ouhrami
(Asunto C-225/16)
(2016/C 232/08)
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Hoge Raad der Nederlanden
Parte en el proceso principal
Mossa Ouhrami.
Cuestiones prejudiciales
1) |
¿Debe interpretarse el artículo 11, apartado 2, de la Directiva «retorno» (1) en el sentido de que el plazo mencionado de cinco años debe calcularse:
|
2) |
¿Debe interpretarse el artículo 11, apartado 2, de la Directiva «retorno», de cara a la aplicación del derecho transitorio, en el sentido de que dicha disposición implica que las decisiones adoptadas con anterioridad a la entrada en vigor de dicha Directiva y que tienen como efecto jurídico que el destinatario debe permanecer fuera de los Países Bajos durante diez años consecutivos, mientras que la prohibición de entrada, que podía ser impugnada mediante la interposición de un recurso, ha sido adoptada teniendo en cuenta todas las circunstancias pertinentes del caso concreto, dejan de tener efectos jurídicos si, en el momento en que el Derecho interno debería haber sido adaptado a la referida Directiva o en el momento en que se determinó que el destinatario de tal decisión permanecía en los Países Bajos, la duración de la mencionada obligación excedía el plazo establecido en dicha disposición? |
(1) Directiva 2008/115/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, relativa a normas y procedimientos comunes en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular (DO 2008, L 348, p. 98).