This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 52015XC0508(01)
Notice from the Commission on the carry-forward of sugar and isoglucose produced in excess of the quota during the 2016/17 marketing year
Aviso de la Comisión sobre el traslado de la producción que supere la cuota de azúcar e isoglucosa de la campaña de comercialización 2016/17
Aviso de la Comisión sobre el traslado de la producción que supere la cuota de azúcar e isoglucosa de la campaña de comercialización 2016/17
DO C 152 de 8.5.2015, p. 3–3
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
8.5.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 152/3 |
Aviso de la Comisión sobre el traslado de la producción que supere la cuota de azúcar e isoglucosa de la campaña de comercialización 2016/17
(2015/C 152/04)
1. |
El presente Aviso tiene por objeto comunicar la opinión de la Comisión sobre la interpretación y la aplicación de determinadas disposiciones del Reglamento (UE) no 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (1) y no se propone ni revisar dicho Reglamento ni invadir las competencias del Tribunal de Justicia en asuntos de interpretación. |
2. |
Con arreglo al artículo 141 del Reglamento (UE) no 1308/2013, las empresas podrán decidir trasladar a la campaña de comercialización siguiente, a cuenta de la producción de esa campaña, la totalidad o una parte de la producción que rebase su cuota de azúcar, de isoglucosa o de jarabe de inulina. Las cantidades trasladadas de este modo se considerarán las primeras cantidades producidas de la cuota de la campaña de comercialización siguiente. |
3. |
El régimen de cuotas mencionado en el artículo 134, apartado 1, del Reglamento (UE) no 1308/2013 será aplicable hasta el término de la campaña de comercialización 2016/17 según lo dispuesto en el artículo 124 y el artículo 232, apartado 3, de ese Reglamento. En consecuencia, el régimen de cuotas no se aplicará al sector del azúcar en la campaña de comercialización 2017/18. |
4. |
El Reglamento (UE) no 1308/2013 no establece disposiciones específicas ni excepciones concretas sobre la aplicación de las normas de traslado previstas en el artículo 141 de ese Reglamento al término del régimen de cuotas. |
5. |
La Comisión considera que el artículo 141, apartado 1, leído en combinación con el artículo 124 y el artículo 232, apartado 3, del Reglamento (UE) no 1308/2013, permite a los agentes económicos decidir el traslado de las cantidades de azúcar e isoglucosa que superen las cuotas de la campaña de comercialización 2016/17 a la campaña de comercialización 2017/18, aunque la producción ya no esté sometida a cuotas en esta última. |
6. |
La Comisión realizará un estrecho seguimiento de los efectos del mecanismo de traslado y adoptará las medidas adecuadas si la utilización de este perturba o amenaza perturbar gravemente el mercado. |
(1) Reglamento (UE) no 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) no 922/72, (CEE) no 234/79, (CE) no 1037/2001 y (CE) no 1234/2007 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 671).