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Document 52015XX0418(02)

Decisión n °808, de 4 de diciembre de 2014 , relativa a la apertura de un procedimiento de concesión de autorización para la prospección y exploración de petróleo y gas natural —recursos naturales del subsuelo con arreglo al artículo 2, apartado 1, punto 3, de la Ley sobre Recursos del Subsuelo— en la zona del «Bloque 1-14 Silistar» , situado en la plataforma continental y en la zona económica exclusiva de la República de Bulgaria en el Mar Negro, y a la notificación de la concesión de la autorización a través de una licitación

DO C 126 de 18.4.2015, p. 7–9 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

18.4.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 126/7


DECISIÓN No 808

de 4 de diciembre de 2014

relativa a la apertura de un procedimiento de concesión de autorización para la prospección y exploración de petróleo y gas natural —recursos naturales del subsuelo con arreglo al artículo 2, apartado 1, punto 3, de la Ley sobre Recursos del Subsuelo— en la zona del «Bloque 1-14 Silistar», situado en la plataforma continental y en la zona económica exclusiva de la República de Bulgaria en el Mar Negro, y a la notificación de la concesión de la autorización a través de una licitación

(2015/C 126/05)

REPÚBLICA DE BULGARIA

CONSEJO DE MINISTROS

Sobre la base del artículo 5, punto 2, del artículo 7, apartado 2, punto 8, del artículo 42, apartado 1, punto 1, y del artículo 44, apartado 3, de la Ley sobre Recursos del Subsuelo, y del artículo 4, apartado 1, punto 1, y del artículo 16 de la ordenanza sobre la realización de los concursos y licitaciones para el otorgamiento de autorizaciones de prospección y/o exploración y de concesiones para la extracción de recursos del subsuelo en virtud de la Ley sobre Recursos del Subsuelo adoptada por el Decreto del Consejo de Ministros no 231 de 2010:

EL CONSEJO DE MINISTROS HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

1.

El Consejo de Ministros abre el procedimiento de concesión de una autorización para la prospección y exploración de petróleo y gas natural en la zona del «Bloque 1-14 Silistar», situado en la plataforma continental y en la zona económica exclusiva de la República de Bulgaria en el Mar Negro, con una superficie de 6 893 kilómetros cuadrados y delimitado por los puntos no 1 a no 9 cuyas coordenadas figuran en el anexo.

2.

El Consejo de Ministros informa de que la concesión de la autorización a la que se refiere el punto 1 se llevará a cabo a través de una licitación in absentia.

3.

El Consejo de Ministros determina que la duración de la autorización de prospección y exploración será de cinco años a partir de la fecha de entrada en vigor del contrato de prospección y exploración, con derecho a una prórroga de conformidad con el artículo 31, apartado 3, de la Ley sobre Recursos del Subsuelo.

4.

El plazo para adquirir el expediente de la licitación concluirá a los 120 días de publicarse la presente Decisión en el Diario Oficial de la Unión Europea, a las 17.00 horas.

5.

El plazo para presentar las solicitudes de participación en la licitación concluirá a los 140 días de publicarse la presente Decisión en el Diario Oficial de la Unión Europea, a las 17.00 horas.

6.

El plazo para presentar las propuestas en virtud del expediente de licitación concluirá a los 155 días de publicarse la presente Decisión en el Diario Oficial de la Unión Europea, a las 17.00 horas.

7.

El Consejo de Ministros determina que el precio del expediente de la licitación será de 10 000 BGN. El expediente de la licitación podrá obtenerse en el Ministerio de Energía, dentro del plazo establecido en el punto 4, previa presentación de una orden de pago.

7.1.

El importe especificado en el punto 7 deberá transferirse a la cuenta bancaria del Ministerio de Energía.

7.2.

En la orden de pago se indicará: Para el expediente de la licitación relativa a la zona del «Bloque 1-14 Silistar» adquirido por cuenta del solicitante cuyo nombre deberá figurar en la orden de pago.

7.3.

La persona que reciba el expediente de la licitación firmará, en nombre del solicitante, una declaración por la que se compromete a proteger la confidencialidad de la información en él contenida.

8.

Quienes soliciten participar en la licitación deberán reunir los requisitos expuestos en el artículo 23, apartado 1, de la Ley sobre Recursos del Subsuelo.

9.

El solicitante y, en caso de ser una sociedad, cada participante en ella, presentará una declaración sobre la ausencia de las circunstancias contempladas en el artículo 2 de la Ley sobre las relaciones económicas y financieras con las empresas registradas en jurisdicciones de régimen fiscal preferencial, las personas relacionadas con ellas y sus propietarios efectivos (SG no 1 de 2014), en relación con el apartado 1 de las disposiciones adicionales, o pruebas de la presencia de las circunstancias contempladas en el artículo 4 de la mencionada Ley.

10.

El solicitante, o al menos uno de los participantes en la sociedad solicitante, debe haber generado unos ingresos netos por ventas totales en los tres últimos ejercicios, en función de la fecha de establecimiento, no inferiores a 150 000 000 EUR. Si el solicitante es una sociedad que no es una persona jurídica, los requisitos de este punto se aplicarán a la sociedad en su conjunto,

o bien

10.1.

El solicitante, y en caso de ser una sociedad al menos uno de los participantes en ella, presentará una recomendación de un banco u otra entidad financiera que garantice que dispone de los recursos financieros necesarios para la ejecución de la prospección y exploración de petróleo y gas natural en la zona del «Bloque 1-14 Silistar»,

o bien

10.2.

El solicitante, y en caso de ser una sociedad al menos uno de los participantes en ella, presentará una carta de intenciones de un banco u otra entidad financiera que garantice que se le facilitarán los recursos financieros necesarios para la ejecución de la prospección y exploración de petróleo y gas natural en la zona del «Bloque 1-14 Silistar».

11.

Las propuestas de los solicitantes se evaluarán sobre la base de los programas de trabajo propuestos, los recursos destinados a la protección del medio ambiente y los suplementos previstos en el expediente de la licitación.

12.

El Consejo de Ministros determina que para participar en la licitación será preciso un depósito de 15 000 BGN, pagadero dentro del plazo fijado en el punto 5 en la cuenta bancaria del Ministerio de Energía.

13.

Si un solicitante no es admitido a la licitación, su depósito será reembolsado en el plazo de 14 días a partir de la fecha de entrada en vigor de la decisión de no admisión tomada por el comité de selección.

14.

El depósito del licitador elegido se reembolsará en un plazo de 14 días a partir de la entrada en vigor del contrato, y los de los demás participantes a los 14 días de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Decisión del Consejo de Ministros por la que se otorga la autorización de prospección y exploración.

15.

Las solicitudes de participación en la licitación y las propuestas de los solicitantes con arreglo a las condiciones de la licitación se presentarán al servicio de tramitación de documentos del Ministerio de Energía, en lengua búlgara, de conformidad con el artículo 46 de la Ley sobre Recursos del Subsuelo.

16.

Las propuestas se prepararán de conformidad con los requisitos y condiciones que figuran en el expediente de la licitación.

17.

La licitación se llevará a cabo aun cuando haya sido admitido un único solicitante.

18.

El Consejo de Ministros autoriza al Ministro de Economía y el Ministro de Energía:

18.1.

a remitir la presente Decisión para su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;

18.2.

a organizar y llevar a cabo la licitación.

19.

La presente Decisión se publicará en boletín oficial de la República de Bulgaria y en la página web del Consejo de Ministros.

20.

Contra la presente Decisión cabe recurso ante el Tribunal Supremo Administrativo en un plazo de 14 días a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Por el Primer Ministro

Tomislav DONCHEV

Por el Secretario General del Consejo de Ministros

Veselin DAKOV

Director de la Dirección de la Oficina del Gabinete

Veselin DAKOV


ANEXO

Lista de coordenadas de los puntos que describen la zona de «bloque 1-14 Silistar»

Sistema de coordenadas geográficas WGS84

No

Longitud este

Latitud norte

1.

28°26′00,00″

42°48′43,00″

2.

29°07′28,85″

42°48′47,00″

3.

29°07′32,31″

42°11′22,71″

4.

28°19′26,00″

41°59′52,00″

5.

28°06′52,00″

41°59′52,00″

6.

28°06′52,00″

42°25′35,00″

7.

27°55′55,00″

42°25′35,00″

8.

27°55′55,00″

42°41′24,00″

9.

28°26′00,00″

42°41′24,00″


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