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Document 62014TN0223

    Asunto T-223/14: Recurso interpuesto el 9 de abril de 2014 — Ewald Dörken/OAMI — Schürmann (VENT ROLL)

    DO C 184 de 16.6.2014, p. 35–36 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    16.6.2014   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 184/35


    Recurso interpuesto el 9 de abril de 2014 — Ewald Dörken/OAMI — Schürmann (VENT ROLL)

    (Asunto T-223/14)

    2014/C 184/57

    Lengua en la que ha sido redactado el recurso: alemán

    Partes

    Demandante: Ewald Dörken AG (Herdecke, Alemania) (representante: N. Grüger, abogada)

    Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

    Otra parte en el procedimiento seguido ante la Sala de Recurso de la OAMI: Wolfram Schürmann (Neuhausen, Suiza)

    Pretensiones

    La parte demandante solicita al Tribunal General que:

    Anule la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) que recayó en el asunto R 2156/2012-4 el 30 de enero de 2014 y la modifique en el sentido de desestimar íntegramente la pretensión de anulación deducida.

    Con carácter subsidiario, anule la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) que recayó en el asunto R 2156/2012-4 el 30 de enero de 2014, por lo que respecta a los productos «listones metálicos para construcción» (de la clase 6) y «capas base de aislamiento» (de la clase 7), y la modifique en el sentido de desestimar en cuanto a dichos productos la pretensión de anulación.

    Condene en costas a la parte demandante.

    Motivos y principales alegaciones

    Registro de marca comunitaria objeto de la solicitud de nulidad: Marca denominativa «VENT ROLL» para productos de las clases 6, 17 y 19 — Marca comunitaria no 3 817 491

    Titular de la marca comunitaria: La demandante

    Solicitante de la nulidad: Wolfram Schürmann

    Motivación de la solicitud de nulidad: Motivos de denegación absolutos, con arreglo al artículo 52, apartado 1, letra a), en relación con el artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento no 207/2009; mala fe, con arreglo al artículo 52, apartado 1, letra b), del Reglamento no 207/2009; y causa de nulidad relativa del registro sin autorización de una marca registrada a nombre de un agente, con arreglo al artículo 53, apartado 1, letra b), del Reglamento no 207/2009

    Resolución de la División de Anulación: Estimación de la solicitud de nulidad

    Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso

    Motivos invocados:

    Infracción del artículo 52, apartado 1, en relación con el artículo 7, apartados 1, letra b), y 2, del Reglamento no 207/2009.

    Infracción del artículo 52, apartado 1, en relación con el artículo 7, apartados 1, letra c), y 2, del Reglamento no 207/2009.

    Infracción del artículo 76, apartado 2, del Reglamento no 207/2009, en relación con la regla 40, apartado 3, del Reglamento no 2868/95.

    Infracción de los artículos 76 y 78 del Reglamento no 207/2009 y de las reglas 37, letra b), punto iv), y 57 del Reglamento no 2868/95.

    Infracción del artículo 76, apartado 1, del Reglamento no 207/2009, en relación con la regla 37, letra a), punto ii), del Reglamento no 2868/95 y con el artículo 83 del Reglamento no 2047/2009.

    Infracción del artículo 76, apartado 1, del Reglamento no 207/2009, en relación con la regla 37, letras a), punto iii), y b), punto i), del Reglamento no 2868/95.


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