Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 62013TN0659

Asunto T-659/13: Recurso interpuesto el 12 de diciembre de 2013 — República Checa/Comisión

DO C 45 de 15.2.2014, p. 40–41 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

15.2.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 45/40


Recurso interpuesto el 12 de diciembre de 2013 — República Checa/Comisión

(Asunto T-659/13)

2014/C 45/70

Lengua de procedimiento: checo

Partes

Demandante: República Checa (representantes: M. Smolek y J. Vláčil, agentes)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule en su totalidad el Reglamento Delegado (UE) no 885/2013 de la Comisión, de 15 de mayo de 2013, que complementa la Directiva 2010/40/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (Directiva STI) en lo que respecta al suministro de servicios de información sobre zonas de estacionamiento seguras y protegidas para los camiones y los vehículos comerciales (DO L 247, p. 1).

Condene a la Comisión Europea al pago de las costas del procedimiento.

Con carácter subsidiario, la parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule los artículos 3, apartado 1, 8 y 9, apartado 1, letra a), del Reglamento impugnado.

Condene a la Comisión Europea al pago de las costas del procedimiento.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos.

1)

Primer motivo, basado en la infracción del artículo 7, apartado 1, de la Directiva 2010/40/EU (1) en relación con sus artículos 5, apartado 1, y 6.

A este respecto, la demandante señala que la Comisión, al adoptar el Reglamento controvertido, excedió los límites de la delegación prevista en el artículo 7, apartado 1, de la Directiva no 2010/40 en relación con sus artículos 5, apartado 1, y artículo 6.

2)

Segundo motivo, basado en la infracción del artículo 290 TFUE.

En este motivo, la demandante afirma que la Comisión al adoptar el Reglamento impugnado excedió las competencias que tiene delegadas para adoptar actos no legislativos de conformidad con el artículo 290 TFUE.

3)

Tercer motivo, basado en la infracción del artículo 13, apartado 2, del TUE.

A este respecto, la demandante señala que la Comisión, al adoptar el Reglamento impugnado, excedió las competencias que tiene delegadas conferidas por los Tratados.


(1)  Directiva 2010/40/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2010, por la que se establece el marco para la implantación de los sistemas de transporte inteligentes en el sector del transporte por carretera y para las interfaces con otros modos de transporte (DO L 207, p. 1).


Top