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Document C2013/353/06
Public call for applications for the appointment of judges to the European Civil Service Tribunal
Convocatoria pública de candidaturas para el nombramiento de jueces del Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea
Convocatoria pública de candidaturas para el nombramiento de jueces del Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea
DO C 353 de 3.12.2013, p. 11–13
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
3.12.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 353/11 |
Convocatoria pública de candidaturas para el nombramiento de jueces del Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea
2013/C 353/06
1. |
El Consejo decidió, mediante la Decisión 2004/752/CE, Euratom (1), crear el Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea. Este Tribunal, que se agrega al Tribunal de la Unión Europea, en el que tiene su sede, será competente para resolver en primera instancia los litigios entre la Unión y sus agentes en virtud del artículo 270 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, incluidos los litigios entre cualquier órgano u organismo y su personal respecto de los cuales se haya atribuido competencia al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. |
2. |
El Tribunal de la Función Pública está compuesto por siete jueces, de entre los cuales se elige a su Presidente. Serán nombrados para un período de seis años, renovable. Los jueces serán designados por el Consejo, por unanimidad, previa consulta a un comité compuesto por siete personalidades elegidas entre antiguos miembros del Tribunal de Justicia Europeo y del Tribunal de la Unión Europea y juristas de reconocida competencia. Este comité dictaminará sobre la idoneidad de los candidatos para el ejercicio de las funciones de juez del Tribunal de la Función Pública. El comité acompañará este dictamen con una lista de los candidatos que posean la experiencia de alto nivel más adecuada. Dicha lista deberá contener un número de candidatos equivalente, como mínimo, al doble del número de jueces que el Consejo deba designar. |
3. |
El estatuto y las condiciones generales de ejercicio de las funciones de juez se establecen en el anexo I, artículo 5, del Protocolo sobre el Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Sus retribuciones, pensiones y asignaciones se determinarán con arreglo al Reglamento (CE, Euratom) no 202/2005 del Consejo, de 18 de enero de 2005, que modifica el Reglamento no 422/67/CEE, no 5/67 Euratom por el que se establece el régimen pecuniario del Presidente y de los miembros de la Comisión, del Presidente, los Jueces, los Abogados Generales y el Secretario del Tribunal de Justicia y del Presidente, los miembros y el Secretario del Tribunal de Primera Instancia (2). |
4. |
Dado que el mandato de dos de los jueces finaliza del 30 de septiembre de 2014, se publica una convocatoria de candidaturas para nombrar a dos nuevos jueces para un periodo de seis años, comprendido entre el 1 de octubre de 2014 y el 30 de septiembre de 2020. |
5. |
Del artículo 257 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, así como del anexo I, artículo 3, del Protocolo sobre el Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea se desprende que los candidatos a las funciones de juez deberán reunir los siguientes requisitos:
Se llama la atención de los candidatos sobre el hecho de que, además de estos requisitos mínimos, el citado comité tomará en consideración, en particular, la capacidad de los candidatos para trabajar en un órgano colegiado en un entorno plurinacional y multilingüe, y la naturaleza, importancia y duración de la experiencia que posean relacionada con las funciones que habrán de ejercerse. |
6. |
Los candidatos deberán incluir en su candidatura un curriculum vitae y una carta de motivación, así como fotocopias de los correspondientes documentos justificativos. Las candidaturas se enviarán a la dirección siguiente:
Las candidaturas deberán enviarse únicamente por correo certificado, a más tardar el 17 de enero de 2014 (dará fe el matasellos de correos). Para facilitar el tratamiento de las candidaturas se ruega a los candidatos que envíen también su curriculum vitae y su carta de motivación por correo electrónico, preferentemente en formato Word (sin utilizar el formato PDF) a la siguiente dirección: cdstfp@consilium.europa.eu Sin embargo, este envío no sustituye al de la carta certificada y no tiene consecuencia alguna en la admisión de las candidaturas. |
7. |
Protección de datos personales — Información a las personas interesadas — Tratamiento relativo a los procedimientos para el nombramiento de los miembros del Tribunal de la Función Pública. Se pone en conocimiento de las personas interesadas la siguiente información, que se comunica de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11 y 12 del Reglamento (CE) no 45/2001:
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(1) DO L 333 de 9.11.2004, p. 7.
(2) DO L 33 de 5.2.2005, p. 1.