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Document 62012CN0337
Case C-337/12 P: Appeal brought on 16 July 2012 by Pi-Design AG, Bodum France and Bodum Logistics A/S against the judgment of the General Court (Fourth Chamber) delivered on 8 May 2012 in Case T-331/10: Yoshida Metal Industry Co. Ltd v Office for Harmonisation in the Internal Market (Trade Marks and Designs)
Asunto C-337/12 P: Recurso de casación interpuesto el 16 de julio de 2012 por Pi-Design AG, Bodum France y Bodum Logistics A/S contra la sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta), dictada el 8 de mayo de 2012 , en el asunto T-331/10, Yoshida Metal Industry Co. Ltd/Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Asunto C-337/12 P: Recurso de casación interpuesto el 16 de julio de 2012 por Pi-Design AG, Bodum France y Bodum Logistics A/S contra la sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta), dictada el 8 de mayo de 2012 , en el asunto T-331/10, Yoshida Metal Industry Co. Ltd/Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
DO C 295 de 29.9.2012, p. 19–19
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
29.9.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 295/19 |
Recurso de casación interpuesto el 16 de julio de 2012 por Pi-Design AG, Bodum France y Bodum Logistics A/S contra la sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta), dictada el 8 de mayo de 2012, en el asunto T-331/10, Yoshida Metal Industry Co. Ltd/Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
(Asunto C-337/12 P)
2012/C 295/33
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Recurrentes: Pi-Design AG, Bodum France y Bodum Logistics A/S (representante: H. Pernez, Advocate)
Otras partes en el procedimiento: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) y Yoshida Metal Industry Co. Ltd
Pretensiones de las partes recurrentes
Las recurrentes solicitan al Tribunal de Justicia que:
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Case la sentencia del Tribunal General. |
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Anule la marca comunitaria 1.371.244. |
Subsidiariamente:
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Devuelva el asunto al Tribunal General ordenándole que devuelva el asunto a la Sala de Recurso en el supuesto de que se anule la última resolución. |
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Condene en costas a YOSHIDA METAL INDUSTRY CO. LTD. |
Motivos y principales alegaciones
Las recurrentes alegan que la sentencia recurrida debe ser anulada sobre la base de que el Tribunal General vulneró el artículo 7, apartado 1, letra e), inciso ii) del Reglamento sobre la marca comunitaria al aplicar criterios incorrectos para determinar las características esenciales del signo impugnado y al desnaturalizar la prueba presentada ante él.