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Document 62011CA0160

Asunto C-160/11: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 19 de julio de 2012 (petición de decisión prejudicial planteada por el Naczelny Sąd Administracyjny — Polonia) — Bawaria Motors Sp. z o.o./Minister Finansów (Directiva 2006/112/CE — IVA — Artículo 136 — Exenciones — Artículos 313 a 315 — Régimen especial de imposición del margen de beneficio — Entrega de vehículos de ocasión por un sujeto pasivo revendedor — Vehículos entregados previamente al sujeto pasivo revendedor con exención del IVA por otro sujeto pasivo que disfrutó de una deducción parcial del impuesto soportado)

DO C 295 de 29.9.2012, p. 11–11 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

29.9.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 295/11


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 19 de julio de 2012 (petición de decisión prejudicial planteada por el Naczelny Sąd Administracyjny — Polonia) — Bawaria Motors Sp. z o.o./Minister Finansów

(Asunto C-160/11) (1)

(Directiva 2006/112/CE - IVA - Artículo 136 - Exenciones - Artículos 313 a 315 - Régimen especial de imposición del margen de beneficio - Entrega de vehículos de ocasión por un sujeto pasivo revendedor - Vehículos entregados previamente al sujeto pasivo revendedor con exención del IVA por otro sujeto pasivo que disfrutó de una deducción parcial del impuesto soportado)

2012/C 295/18

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Naczelny Sąd Administracyjny

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Bawaria Motors Sp. z o.o.

Demandada: Minister Finansów

Objeto

Petición de decisión prejudicial — Naczelny Sąd Administracyjny — Interpretación de los artículos 136, 313, apartado 1, 314 y 315 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO L 347, p. 1) — Régimen especial de los sujetos pasivos revendedores — Venta de vehículos usados a un consumidor final — Aplicación del régimen de margen de beneficio en el caso en que el revendedor ha comprado un vehículo, al que se aplicó la exención del impuesto, a una persona que se había beneficiado con anterioridad de una deducción parcial de dicho impuesto.

Fallo

Los artículos 313, apartado 1, y 314 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, en relación con los artículos 136 y 315 de dicha Directiva, deben interpretarse en el sentido de que el régimen de imposición del margen de beneficio no puede aplicarse a un sujeto pasivo revendedor cuando entrega vehículos automóviles considerados bienes de ocasión, a los efectos del artículo 311, apartado 1, número 1, de dicha Directiva, adquiridos previamente con exención del impuesto sobre el valor añadido de otro sujeto pasivo que se benefició de un derecho de deducción parcial del citado impuesto soportado sobre el precio de compra de los citados vehículos.


(1)  DO C 204, de 9.7.2011.


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