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Document 32012H0724(07)

Recomendación del Consejo, de 10 de julio de 2012 , relativa al Programa Nacional de Reforma de 2012 de Estonia y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de Estonia para 2012-2015

DO C 219 de 24.7.2012, p. 25–27 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

24.7.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 219/25


RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO

de 10 de julio de 2012

relativa al Programa Nacional de Reforma de 2012 de Estonia y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de Estonia para 2012-2015

2012/C 219/07

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,

Visto el Reglamento (CE) no 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y, en particular, su artículo 5, apartado 2,

Vista la recomendación de la Comisión Europea,

Vistas las conclusiones del Consejo Europeo,

Visto el dictamen del Comité de Empleo,

Previa consulta al Comité Económico y Financiero,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 26 de marzo de 2010, el Consejo Europeo aprobó la propuesta de la Comisión de iniciar una nueva estrategia para el empleo y el crecimiento —Estrategia Europa 2020—, que se basa en una mayor coordinación de las políticas económicas y se centra en los ámbitos fundamentales en que se requiere actuar para fomentar el potencial de crecimiento sostenible y competitividad de la economía europea.

(2)

El 13 de julio de 2010, el Consejo aprobó una recomendación sobre directrices generales para las políticas económicas de los Estados miembros y de la Unión (para el período 2010-2014) y, el 21 de octubre de 2010, una decisión relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros (2), que juntas forman las «orientaciones integradas». Se ha invitado a los Estados miembros a tener en cuenta las orientaciones integradas en sus políticas económicas y de empleo.

(3)

El 12 de julio de 2011, el Consejo aprobó una recomendación (3) relativa al Programa Nacional de Reforma de Estonia para 2011 y emitió su dictamen sobre el Programa de Estabilidad de Estonia para 2011-2015.

(4)

El 23 de noviembre de 2011, la Comisión adoptó el segundo Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, iniciando así el segundo Semestre Europeo de coordinación integrada ex ante de las políticas económicas, en el marco de la Estrategia Europa 2020. El 14 de febrero de 2012, la Comisión adoptó, sobre la base del Reglamento (UE) no 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (4), el informe sobre el mecanismo de alerta, en el que no se señalaba a Estonia como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo.

(5)

El 1 de diciembre de 2011, el Consejo adoptó unas conclusiones en las que instaba al Comité de Protección Social, en cooperación con el Comité de Empleo y otros comités, a que presentase sus puntos de vista sobre las medidas recomendadas en el ciclo estratégico Europa 2020. Dichos puntos de vista forman parte del dictamen del Comité de Empleo.

(6)

El Parlamento Europeo ha sido debidamente asociado al Semestre Europeo, de conformidad con el Reglamento (CE) no 1466/97, y, el 15 de febrero de 2012, adoptó sendas resoluciones sobre empleo y aspectos sociales en el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2012 y sobre la contribución al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2012.

(7)

El 2 de marzo de 2012, el Consejo Europeo aprobó las prioridades para garantizar la estabilidad financiera y el saneamiento presupuestario junto con medidas dirigidas a fomentar el crecimiento. El Consejo Europeo hizo hincapié en la necesidad de proseguir un saneamiento presupuestario diferenciado y favorable al crecimiento, restablecer la normalidad en la concesión de crédito, promover el crecimiento y la competitividad, combatir el desempleo y las consecuencias sociales de la crisis, y modernizar la administración pública. Invitó a los Estados miembros a aplicar las recomendaciones específicas del Consejo para 2011 y a traducir estas prioridades en medidas concretas para su inclusión en sus programas de estabilidad o de convergencia y en sus programas nacionales de reforma.

(8)

El 2 de marzo de 2012, el Consejo Europeo invitó asimismo a los Estados miembros participantes en el Pacto por el Euro Plus a presentar sus compromisos con la debida antelación para su inclusión en sus programas de estabilidad o de convergencia y en sus programas nacionales de reforma.

(9)

El 26 de abril de 2012, Estonia presentó su Programa de Estabilidad para el período 2012-2015 y su Programa Nacional de Reforma para 2012. Con objeto de tener en cuenta sus interrelaciones, ambos programas se han evaluado al mismo tiempo.

(10)

Partiendo de la evaluación del Programa de Estabilidad, realizada de conformidad con el artículo 5, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1466/97, el Consejo considera que la situación macroeconómica en la que se apoyan las perspectivas presupuestarias del Programa es plausible en 2012-13, cuando se espera que el crecimiento del PIB ronde el 2,4 %. La previsión de los servicios de la Comisión de primavera de 2012 prevé un crecimiento del PIB del 3,8 % en 2013. El objetivo de la estrategia presupuestaria señalada en el Programa de Estabilidad es garantizar una política presupuestaria sostenible que apoye un crecimiento equilibrado, logrando un superávit estructural a la vez que se aseguran suficientes reservas presupuestarias y se reduce la carga fiscal sobre el trabajo. La estrategia también contempla alcanzar los requisitos del Pacto de estabilidad y crecimiento. El Programa de Estabilidad pretende superar el objetivo presupuestario a medio plazo de superávit estructural en 2013.

El objetivo presupuestario a medio plazo refleja adecuadamente los requisitos del Pacto de estabilidad y crecimiento. Sobre la base del saldo presupuestario estructural (recalculado) (5), el índice de crecimiento del gasto público, teniendo en cuenta las medidas discrecionales relativas a los ingresos, cumplirá el objetivo de gasto del Pacto de estabilidad y crecimiento en 2015. Paralelamente, el Programa de Estabilidad pretende alcanzar superávit globales a partir de 2014. El ratio de endeudamiento es muy inferior al 60 % del PIB y, de conformidad con el programa, disminuirá a partir de 2013 hasta situarse en torno al 10 % en 2015.

(11)

Estonia logró un considerable superávit presupuestario en 2011. El índice previsto de crecimiento económico para 2012 en las previsiones de los servicios de la Comisión de primavera de 2012 parece mucho menor que para 2011, pasando del 7,6 % al 1,6 % y, por lo tanto, es preciso un mayor control sobre la eficiencia del gasto. Estonia tiene previsto introducir una norma presupuestaria estructural en 2012 para ayudar a mantener el control sobre los gastos. La norma deberá complementarse reforzando el carácter vinculante de los objetivos plurianuales de gasto tan pronto como la norma presupuestaria esté vigente. Así pues, Estonia ha aplicado parcialmente la recomendación de 2011 en este ámbito.

(12)

Por lo que se refiere al mercado de trabajo, se han tomado varias medidas en el ámbito de la fiscalidad del trabajo. Sin embargo, los incentivos al trabajo pueden mejorarse abordando la cuestión del mayor recurso a las prestaciones sociales en caso de discapacidad o incapacidad para el trabajo y haciendo que el trabajo resulte retributivo para las personas con ingresos bajos o elevados que reciben subsidios de desempleo o asignaciones familiares. Si bien se están haciendo esfuerzos prometedores para reducir la elevada tasa de desempleo, el desempleo a largo plazo y el desempleo juvenil siguen siendo elevados. Como consecuencia, el riesgo de pobreza de los niños en hogares sin empleo está aumentando, lo que debe abordarse mediante servicios sociales eficaces, incluidos los servicios de apoyo a las familias. El propio apoyo a las familias podría ser más eficiente sin incidir en el presupuesto, focalizando mejor los subsidios parentales y familiares y suprimiendo las exenciones del impuesto sobre la renta ineficientes relativas a los hijos.

(13)

Las medidas adoptadas en el marco del plan nacional de acción en materia de eficiencia energética siguen siendo insuficientes dada la actual tendencia de cambio modal con el consiguiente abandono del transporte público. El parque de vehículos nuevos en Estonia es el que más energía consume en la UE. Los impuestos especiales sobre los combustibles son insuficientes para modificar las pautas de consumo. Aún no se ha finalizado la transposición de varias directivas de la UE relacionadas con la energía. Estonia sigue necesitando diversificar su suministro energético. La infraestructura de electricidad podría mejorarse para integrar crecientes volúmenes de energía eólica.

(14)

La calidad y disponibilidad de la formación profesional han mejorado considerablemente y se han previsto más medidas de modernización para 2012-2013. Sin embargo, la transición de la educación general a la formación profesional debe mejorarse, y podría estudiarse una generalización de los sistemas más basados en el aprendizaje mediante el trabajo. La participación en el aprendizaje permanente está mejorando, pero se presta una atención insuficiente a los trabajadores poco cualificados. Sigue habiendo problemas en cuanto a la adecuación de la enseñanza a las necesidades del mercado laboral. Existe también una necesidad apremiante de reforma de la enseñanza secundaria superior y de mejora en la prestación de servicios de enseñanza por parte de las autoridades locales. Asimismo, la cooperación entre el sector empresarial y las instituciones de enseñanza superior sigue siendo escasa, mientras que la parte del sector privado con un gran componente de conocimientos debería desarrollarse más.

(15)

A fin de reflejar la tendencia demográfica decreciente y garantizar un desarrollo regional competitivo y equilibrado, existe una necesidad a largo plazo de garantizar la sostenibilidad financiera de las administraciones locales así como de asegurar una mejor prestación de servicios públicos a nivel local y optimizar el uso de recursos relativamente dispersos. Al tener un tamaño reducido, la mayoría de las administraciones locales tienen dificultades para garantizar los necesarios servicios sociales, de salud, de empleo, de transporte y de educación.

(16)

Estonia ha contraído una serie de compromisos en el marco del Pacto por el Euro Plus. Estos compromisos, y la ejecución de los compromisos presentados el año pasado, se refieren al fomento del empleo, la mejora de la competitividad y el refuerzo de la sostenibilidad de las finanzas públicas. La Comisión ha evaluado la ejecución de los compromisos del Pacto por el Euro Plus. Los resultados de dicha evaluación se han tenido en cuenta en las recomendaciones.

(17)

En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica estonia, ha evaluado el Programa de Estabilidad y el Programa Nacional de Reforma, y ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política presupuestaria y la política socioeconómica de Estonia, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica global de la Unión incluyendo aportaciones a nivel de la UE en las futuras decisiones nacionales. Las recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 a 5 que figuran a continuación.

(18)

A la luz de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad, y su dictamen (6) se refleja, en particular, en la recomendación 1 que figura a continuación.

RECOMIENDA que Estonia tome medidas en el período 2012-2013 a fin de:

1.

Mantener una situación presupuestaria sólida aplicando los planes presupuestarios según lo previsto, garantizar la consecución del objetivo presupuestario a medio plazo para 2013 a más tardar, y cumplir con el objetivo de gasto. Complementar la norma presupuestaria prevista con normas más vinculantes en materia de gastos plurianuales dentro del marco presupuestario a medio plazo, continuar mejorando la eficiencia del gasto público y de medidas de ejecución para mejorar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

2.

Mejorar los incentivos al trabajo mediante la racionalización del sistema de prestaciones sociales y la mayor flexibilidad en la asignación de los subsidios por discapacidad, desempleo y parentales, garantizando a la vez una protección social adecuada. Mejorar la prestación de los servicios sociales, focalizando mejor los subsidios familiares y parentales y suprimiendo las exenciones del impuesto sobre la renta ineficientes relativas a los hijos. Aumentar la participación de los jóvenes y los desempleados de larga duración en el mercado laboral.

3.

Adecuar más eficazmente la formación y la educación a las necesidades del mercado de trabajo y reforzar la cooperación entre las empresas y el mundo académico. Aumentar las posibilidades de los trabajadores poco cualificados para mejorar su acceso al aprendizaje permanente. Fomentar la definición de prioridades y la internacionalización de los sistemas de investigación e innovación.

4.

Mejorar la eficiencia energética, en particular en los edificios y el transporte, y reforzar los incentivos medioambientales relativos a los vehículos y los residuos, por ejemplo mediante incentivos como la imposición de los vehículos. Fomentar el uso de las energías renovables, mediante mejores infraestructuras y legislación, entre otros. Continuar el desarrollo de las conexiones transfronterizas a fin de acabar con el relativo aislamiento del mercado.

5.

Reforzar la sostenibilidad financiera de los municipios mejorando al mismo tiempo la eficacia de las administraciones públicas locales y garantizar unos servicios eficaces, especialmente mediante mayores incentivos a la concentración o mayor cooperación entre los municipios. Las propuestas de reformas en ese sentido deberán realizarse en un período razonable.

Hecho en Bruselas, el 10 de julio de 2012.

Por el Consejo

El Presidente

V. SHIARLY


(1)  DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.

(2)  Mantenidas para 2012 mediante la Decisión 2012/238/UE del Consejo, de 26 de abril de 2012, relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros (DO L 119 de 4.5.2012, p. 47).

(3)  DO C 213 de 20.7.2011, p. 5.

(4)  DO L 306 de 23.11.2011, p. 25.

(5)  Saldo ajustado en función del ciclo, una vez excluidas las medidas puntuales y otras de carácter temporal, recalculado por los servicios de la Comisión sobre la base de la información contenida en el programa, utilizando el método generalmente acordado.

(6)  De conformidad con el artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1466/97.


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