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Document 52011TA1215(16)

Informe sobre las cuentas anuales de la Agencia Ejecutiva de Investigación correspondientes al ejercicio 2010, acompañado de las respuestas de la Agencia

DO C 366 de 15.12.2011, p. 87–92 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

15.12.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 366/87


INFORME

sobre las cuentas anuales de la Agencia Ejecutiva de Investigación correspondientes al ejercicio 2010, acompañado de las respuestas de la Agencia

2011/C 366/16

INTRODUCCIÓN

1.

La Agencia Ejecutiva de Investigación (en lo sucesivo denominada «la Agencia»), con sede en Bruselas, se creó en virtud de la Decisión 2008/46/CE de la Comisión de 14 de diciembre de 2007 (1). La Agencia fue establecida por un período limitado que se inició el 1 de enero de 2008 y finalizará el 31 de diciembre de 2017 con la misión de gestionar actividades de la Unión específicas en el ámbito de la investigación (2). El 15 de junio de 2009 la Comisión Europea concedió oficialmente a la Agencia autonomía administrativa y operativa.

2.

El presupuesto administrativo definitivo de 2010 de la Agencia se elevó a 33,6 millones de euros. El número de personas empleadas por la Agencia al término del ejercicio ascendía a 408.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

3.

De conformidad con el artículo 287, apartado 1, segundo párrafo, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el Tribunal ha fiscalizado las cuentas anuales (3) de la Agencia que comprenden los «estados financieros» (4) y los «estados sobre la ejecución presupuestaria» (5) correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2010, así como la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas.

4.

La presente declaración de fiabilidad está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, al amparo de lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento (CE) no 58/2003 del Consejo (6).

Función del director

5.

El director tiene atribuida, en su calidad de ordenador, la ejecución de los ingresos y gastos del presupuesto, ateniéndose a la normativa financiera de la Agencia, bajo su propia responsabilidad y ajustándose a los créditos asignados (7), y es responsable asimismo de la implantación (8) de la estructura organizativa y de los sistemas y procedimientos de gestión y control internos necesarios para que las cuentas definitivas (9) estén libres de incorrecciones materiales, ya sea por fraude o error, y para garantizar que las operaciones subyacentes a dichas cuentas sean legales y regulares.

Función del Tribunal

6.

El Tribunal debe emitir, basándose en la fiscalización realizada, una opinión sobre la fiabilidad de las cuentas anuales de la Agencia y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas.

7.

El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con las normas internacionales de auditoría y los códigos deontológicos de la IFAC y las ISSAI (10). Estas normas exigen que el Tribunal cumpla con las exigencias deontológicas y que planifique y lleve a cabo la auditoría para obtener garantías razonables de que las cuentas estén libres de incorrecciones materiales y las operaciones subyacentes sean legales y regulares.

8.

La fiscalización del Tribunal implica la aplicación de procedimientos destinados a obtener pruebas de auditoría sobre los importes y los datos presentados en las cuentas y sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes. De su criterio profesional depende la selección de estos procedimientos así como su valoración de los riesgos de que se produzcan incorrecciones significativas u operaciones ilegales o irregulares, ya sea por fraude o por error. Al efectuar esta valoración de los riesgos, se tiene en cuenta el control interno que incide en la preparación y presentación de las cuentas por la entidad con el fin de concebir los procedimientos de auditoría que resulten apropiados según las circunstancias. El Tribunal evaluará asimismo en su fiscalización la idoneidad de las políticas contables utilizadas y el carácter razonable de las estimaciones contables de la dirección, y la presentación general de las cuentas.

9.

El Tribunal considera que las pruebas de auditoría obtenidas son suficientes y adecuadas para emitir las opiniones que se exponen a continuación.

Opinión sobre la fiabilidad de las cuentas

10.

En opinión del Tribunal, las cuentas anuales de la Agencia (11) presentan fielmente, en todos sus aspectos significativos, su situación financiera a 31 de diciembre de 2010 y los resultados de sus operaciones y flujos de tesorería para el ejercicio finalizado, conforme a lo dispuesto en su Reglamento financiero.

Opinión sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a las cuentas

11.

En opinión del Tribunal, las operaciones subyacentes a las cuentas anuales de la Agencia correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2010 son, en todos sus aspectos significativos, legales y regulares.

El presente informe ha sido aprobado por la Sala IV, presidida por Igors LUDBORŽS, Miembro del Tribunal de Cuentas, en Luxemburgo en su reunión del día 20 de septiembre de 2011.

Por el Tribunal de Cuentas

Vítor Manuel da SILVA CALDEIRA

Presidente


(1)  DO L 11 de 15.1.2008, p. 9.

(2)  El anexo presenta de forma sintética y a título de información las competencias y actividades de la Agencia.

(3)  Estas cuentas van acompañadas de un informe sobre la gestión presupuestaria y financiera durante el ejercicio que ofrece información, entre otros extremos, sobre el porcentaje de ejecución de los créditos y una síntesis de las transferencias de créditos efectuadas entre las distintas partidas.

(4)  Los estados financieros comprenden el balance y la cuenta de resultado económico, el cuadro de los flujos de tesorería, la variación en la situación de los capitales propios y el anexo a los estados financieros en el que se describen las principales políticas contables y explicaciones complementarias.

(5)  Los estados sobre la ejecución presupuestaria comprenden la cuenta de resultado de la ejecución presupuestaria y su anexo.

(6)  DO L 11 de 16.1.2003, p. 1.

(7)  Artículo 25 del Reglamento (CE) no 1653/2004 de la Comisión (DO L 297 de 22.9.2004, p. 6).

(8)  Artículo 29 del Reglamento (CE) no 1653/2004.

(9)  Las normas sobre rendición de cuentas y contabilidad de las agencias figuran en el capítulo 1 del título VI del Reglamento (CE) no 1653/2004 modificado en última instancia por el Reglamento (CE) no 651/2008 (DO L 181 de 10.7.2008, p. 15).

(10)  Federación Internacional de Contadores (IFAC) y Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI).

(11)  Las cuentas anuales definitivas fueron elaboradas el 24 de mayo de 2011 y el Tribunal las recibió el 6 de julio de 2011. Estas cuentas pueden consultarse en los sitios siguientes: http://eca.europa.eu o http://ec.europa.eu/research/rea/


ANEXO

Agencia Ejecutiva de Investigación (Bruselas)

Competencias y actividades

Ámbito de competencias de la Unión según el Tratado

(Artículos 179 y 180 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea)

La Unión tendrá por objetivo fortalecer sus bases científicas y tecnológicas, mediante la realización de un espacio europeo de investigación en el que los investigadores, los conocimientos científicos y las tecnologías circulen libremente, y favorecer el desarrollo de su competitividad, incluida la de su industria.

A tal fin, la Unión estimulará en todo su territorio a las empresas, incluidas las pequeñas y medianas, a los centros de investigación y a las universidades en sus esfuerzos de investigación y de desarrollo tecnológico de alta calidad; apoyará sus esfuerzos de cooperación con el fin, especialmente, de permitir que los investigadores cooperen libremente por encima de las fronteras y que las empresas aprovechen las posibilidades del mercado interior, en particular por medio de la apertura de la contratación pública nacional, (…) la definición de normas comunes y la supresión de los obstáculos jurídicos y fiscales que se opongan a dicha cooperación.

Para la consecución de los mencionados objetivos, la Unión realizará las siguientes acciones, que, a su vez, completarán las acciones emprendidas en los Estados miembros:

a)

ejecución de programas de investigación, de desarrollo tecnológico y de demostración, promoviendo la cooperación con las empresas, los centros de investigación y las universidades, y de estas entidades entre sí;

b)

promoción de la cooperación en materia de investigación, de desarrollo tecnológico y de demostración de la Unión con los terceros países y las organizaciones internacionales;

c)

difusión y explotación de los resultados de las actividades en materia de investigación, de desarrollo tecnológico y de demostración de la Unión;

d)

estímulo a la formación y a la movilidad de los investigadores de la Unión.

Competencias de la Agencia

(Decisión 2008/46/CE de la Comisión de 14 de diciembre de 2007)

Objetivos

La Agencia está encargada de gestionar de modo eficaz y eficiente los programas que tiene atribuidos dentro del VII PM (el programa «Personas», las acciones de las PYME correspondientes al programa «Capacidades» y los ámbitos de Espacio y Seguridad del programa «Cooperación»), con el fin de prestar servicios eficientes y eficaces a la comunidad científica, y facilitar apoyo centralizado, con respecto al VII PM, a los servicios competentes de la Comisión en los ámbitos de los programas «Personas», «Capacidades» y «Cooperación».

En relación con la ejecución eficiente y eficaz del programa, la Agencia, en su calidad de promotor de la investigación europea, tiene como misión mejorar la gestión de los proyectos, establecer una relación estrecha con los beneficiarios finales y promover una mayor visibilidad de la Unión Europea.

Funciones

Dentro de la gestión de proyectos, la Agencia celebra y gestiona acuerdos de subvención, lo que implica las siguientes operaciones:

elaboración y publicación de convocatorias de propuestas,

evaluación de propuestas,

elaboración y celebración de acuerdos de subvención,

seguimiento de la ejecución de proyectos con aprobación de informes y otros resultados,

pagos, cobros y aplicación de las sanciones que se prevén en el artículo 114, apartado 4, del Reglamento financiero general, sobre todo cuando se detectan errores en los gastos declarados tras la realización de auditorías ex post a los beneficiarios finales,

publicidad y divulgación posteriores de resultados finales.

Dentro de los servicios de apoyo al VII PM, la Agencia lleva a cabo las tareas siguientes:

apoyo administrativo a la publicación de convocatorias,

gestión de la recepción electrónica de las propuestas,

asistencia a las evaluaciones realizadas a distancia y sobre el terreno,

asistencia a la preparación de cartas de nombramiento y de pagos con destino a los expertos,

gestión de la base de datos central de participantes en el VII PM (Unique Registration Facility o URF), con asistencia al control de la capacidad financiera de los beneficiarios seleccionados,

gestión del Research Enquiry Service.

Gobernanza

1.   Comité de Dirección

Está compuesto por cinco miembros designados por la Comisión con la función de aprobar el organigrama y el programa de trabajo anual de la Agencia tras su autorización por la Comisión, así como el presupuesto administrativo y el informe anual de actividad.

2.   Director

Nombrado por la Comisión Europea, gestiona la agencia junto con el Comité de Dirección, ejecuta el presupuesto administrativo, establece sistemas de gestión y control internos que resulten adecuados para la realización de las tareas encomendadas a la Agencia y elabora los informes que esta debe presentar a la Comisión.

3.   Auditor externo

Tribunal de Cuentas Europeo.

4.   Aprobación de la gestión

Parlamento previa recomendación del Consejo.

Medios a disposición de la Agencia en 2010 (2009)

Presupuesto administrativo

33,6 (21,6) millones de euros. La Agencia ejecuta el presupuesto administrativo de forma autónoma.

La Agencia ejecuta en virtud de una decisión de delegación adoptada por la Comisión un total de 962,6 (811,2) millones de euros de créditos de compromiso y 709 (679) millones de euros de créditos de pago.

Total de efectivos a 31 de diciembre

Agentes temporales: 106 (88) puestos previstos en el organigrama, de los cuales 99 (72) cubiertos.

Agentes contractuales: 318 (261) puestos previstos de los que se habían cubierto 309 (238) a 31 de diciembre de 2010.

Total de efectivos: 408 (310) agentes encargados de tareas:

de gestión del programa: 254 (171)

de apoyo del VII PM: 81 (73)

administrativas y de gestión: 73 (66)

Productos y servicios facilitados en 2010 (2009)

Dentro del programa «Personas», en 2010 se terminaron 9 convocatorias y 9 evaluaciones, se celebraron 1 670 nuevos convenios de subvención y se efectuaron 1 732 pagos (sin contar los pagos a los expertos encargados de las evaluaciones). La Agencia gestiona en este momento un total de 4 125 (2 495) proyectos pertenecientes a este programa.

Dentro de las acciones de las PYME correspondientes al programa «Capacidades», se terminó una convocatoria y una evaluación, se celebraron 163 nuevos convenios de subvención y se efectuaron 243 pagos (sin contar los pagos a los expertos encargados de las evaluaciones). La Agencia gestiona en este momento un total de 408 (247) proyectos pertenecientes a este programa.

Dentro de los ámbitos de Espacio y Seguridad del programa «Cooperación», se terminaron 2 convocatorias y 2 evaluaciones, se celebraron 86 nuevos convenios de subvención y se efectuaron 133 pagos (sin contar los pagos a los expertos encargados de las evaluaciones). La Agencia gestiona en este momento un total de 153 (78) proyectos pertenecientes a estos ámbitos.

Por lo que se refiere a los servicios de apoyo al VII PM los resultados obtenidos en 2010 fueron (las cifras de 2009 se refieren al período 15.6.2009–31.12.2009):

asistencia a la publicación de 88 (64) convocatorias,

recepción de 21 766 (13 822) propuestas mediante la herramienta electrónica de transmisión,

contratación de 3 847 (3 067) expertos evaluadores y realización de 2 615 (912) pagos a los mismos (solo para programas gestionados por la Agencia),

realización de 5 896 (2 795) validaciones de participantes,

envío de 7 171 (3 772) respuestas a las preguntas dirigidas al Research Enquiry Service.

Fuente: Información comunicada por la Agencia.


RESPUESTA DE LA AGENCIA

1.

La Agencia toma nota del Informe del Tribunal.


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