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Document 62011TN0470

Asunto T-470/11: Recurso interpuesto el 1 de septiembre de 2011 — Total y Elf Aquitaine/Comisión

DO C 319 de 29.10.2011, p. 23–24 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

29.10.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 319/23


Recurso interpuesto el 1 de septiembre de 2011 — Total y Elf Aquitaine/Comisión

(Asunto T-470/11)

2011/C 319/50

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandantes: Total SA (Courbevoie, Francia) y Elf Aquitaine SA (Courbevoie) (representantes: A. Noël-Baron y É. Morgan de Rivery, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

Las demandantes solicitan al Tribunal General que:

Con carácter principal, declare nulos en su integridad los escritos de la Comisión BUDG/DGA/C4/BM/s746396, de 24 de junio de 2011, y BUDG/DGA/C4/BM/s812886, de 8 de julio de 2011.

Subsidiariamente, reduzca el importe de la cantidad que se reclama a las demandantes en el escrito de la Comisión BUDG/DGA/C4/BM/s812886, de 8 de julio de 2011, o, al menos, anule los intereses de demora por importe de 31 312 114,58 euros impuestos a Elf Aquitaine, de 19 191 296,03 euros, de los cuales responde solidariamente Total.

En todo caso, condene a la Comisión al pago de la totalidad de las costas.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, las demandantes invocan un único motivo basado en que la Comisión incurrió en un error de Derecho e incumplió sus obligaciones al no deducir respecto a ellas las consecuencias derivadas de la sentencia del Tribunal de 7 de junio de 2011, dictada en el asunto T-217/06, Arkema France y otros/Comisión, por la cual se redujo la multa impuesta a las filiales de las demandantes en el asunto COMP/F/38.645 — Metacrilato. Las demandantes alegan, entre otros argumentos, que:

deberían beneficiarse también –como sociedades matrices responsables, en tal condición, de las prácticas colusorias– de la reducción de la multa impuesta a sus filiales y ello aunque su propio recurso contra la misma Decisión haya sido desestimado por el Tribunal mediante la sentencia dictada el 7 de junio de 2011 en el asunto T-206/06, Total y Elf Aquitaine/Comisión;

la Comisión ya ha visto satisfechas todas sus pretensiones, gracias al pago por Arkema SA de la totalidad de la multa impuesta a las demandantes y a sus filiales mediante la Decisión adoptada en el asunto COMP/F/38.645, y, por consiguiente, no puede reclamar nada más a las demandantes.


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