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Document 62011CN0145

    Asunto C-145/11: Recurso interpuesto el 25 de marzo de 2011 — Comisión Europea/República Francesa

    DO C 160 de 28.5.2011, p. 12–12 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    28.5.2011   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 160/12


    Recurso interpuesto el 25 de marzo de 2011 — Comisión Europea/República Francesa

    (Asunto C-145/11)

    2011/C 160/14

    Lengua de procedimiento: francés

    Partes

    Demandante: Comisión Europea (representantes: M. Šimerdová y A. Marghelis, agentes)

    Demandada: República Francesa

    Pretensiones de la parte demandante

    Que se declare que la República Francesa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 32 y 33 de la Directiva 2001/82/CE, por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos veterinarios (1) al negarse a validar dos solicitudes de autorización de comercialización de los medicamentos veterinarios CT-Line 15 % Premix y CT-Line 15 % Oral Powder en el marco del procedimiento descentralizado establecido por dicha Directiva.

    Que se condene en costas a la República Francesa.

    Motivos y principales alegaciones

    Mediante el presente recurso, la Comisión sostiene que la Directiva 2001/82/CE antes citada no permite a un Estado miembro, en el marco del procedimiento descentralizado, llevar a cabo una evaluación jurídica y científica de una solicitud de autorización. A su juicio, la fase de validación sirve únicamente para verificar si el expediente presentado es idéntico en todos los Estados miembros, si está completo y si incluye la lista de los Estados miembros afectados, conforme a los requisitos establecidos por el artículo 32, apartado 1, de la Directiva. Así, la demandante reprocha a la demandada haber denegado solicitudes de autorización invocando, en particular, motivos relativos a la composición del medicamento y a su forma farmacéutica, a su supuesta falta de conformidad con el Derecho nacional y a posibles riesgos para la salud pública.

    La Comisión afirma, igualmente, que en el momento de la validación los Estados miembros a que se refiere una solicitud de autorización tienen la obligación de aprobar el informe de evaluación presentado por el Estado miembro de referencia, a menos que invoquen un riesgo potencialmente grave para la salud humana o animal o para el medio ambiente, con arreglo al artículo 33 de la Directiva. Pues bien, a su parecer, las autoridades francesas no siguieron el procedimiento establecido por dicho artículo.


    (1)  Directiva 2001/82/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de noviembre de 2001, por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos veterinarios (DO L 311, p. 1).


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