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Document 52010XG1204(01)

Conclusiones del Consejo, de 19 de noviembre de 2010 , sobre la educación para el desarrollo sostenible

DO C 327 de 4.12.2010, p. 11–14 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

4.12.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 327/11


Conclusiones del Consejo de 19 de noviembre de 2010 sobre la educación para el desarrollo sostenible

2010/C 327/05

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

VISTOS:

La Estrategia de la Unión Europea para un Desarrollo Sostenible, adoptada en Gotemburgo en 2001 (1) y modificada posteriormente en 2006 y 2009 (2), que proporciona el marco de una visión a largo plazo de la sostenibilidad en la cual el crecimiento económico, la cohesión social y la protección del medio ambiente van de la mano, y que destaca el papel fundamental de la educación como condición previa de la consecución de cambios de comportamiento y dota a todos los ciudadanos de las competencias clave necesarias para lograr el desarrollo sostenible.

El Decenio de las Naciones Unidas de la Educación para el Desarrollo Sostenible (2005-2014), que tiene por objeto integrar los principios, valores y prácticas del desarrollo sostenible en todos los aspectos de la educación y el aprendizaje (3), y la Conferencia Mundial de la UNESCO sobre la Educación para el Desarrollo Sostenible celebrada en 2009 en Bonn, en cuya declaración final se conviene en que invertir en la educación para el desarrollo sostenible es invertir en el futuro y puede ser en algunos casos una medida capaz de salvar vidas (4).

La Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente (5), que insta a los Estados miembros a que proporcionen a cada ciudadano las competencias para adaptarse de modo flexible a un mundo cambiante y con múltiples interconexiones. Las ocho competencias clave esbozadas se apoyan unas en otras y se sustentan en competencias como el espíritu crítico, la capacidad resolutiva, la creatividad, la iniciativa y la toma de decisiones, todas ellas esenciales para lograr los objetivos del desarrollo sostenible. Son especialmente pertinentes en este contexto las competencias básicas en ciencias y tecnología, así como las competencias sociales y cívicas.

El marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación («ET 2020») (6), que pone de relieve que la educación y la formación han de desempeñar un papel crucial al abordar los numerosos desafíos socioeconómicos, demográficos, medioambientales y tecnológicos a los que han de enfrentarse Europa y sus ciudadanos ahora y en los próximos años.

La Estrategia Europa 2020 para el empleo y el crecimiento (7), que trata de hacer de la UE una economía inteligente, sostenible e integradora que disfrute de altos niveles de empleo, de productividad y de cohesión social, y que destaca la importante contribución que deben aportar la educación y la formación.

RECONOCE QUE:

1.

A comienzos del siglo XXI, la Unión Europea hace frente a un número considerable de retos interrelacionados, entre ellos las consecuencias económicas y sociales de la crisis financiera mundial, el cambio climático, la disminución de los recursos hídricos y energéticos, la pérdida de biodiversidad, las amenazas a la seguridad alimenticia y los riesgos sanitarios.

2.

En un mundo en cambio permanente, todos los ciudadanos europeos deben poseer el conocimiento, las competencias y las actitudes necesarias para entender los cambios y la complejidad de la vida cotidiana moderna, sin perder de vista las consecuencias medioambientales, sociales, culturales y económicas, y deben asumir sus responsabilidades a escala mundial.

3.

El informe de 2010 titulado Skills for Green Jobs  (8) destaca que en el futuro todos los empleos deberán contribuir a la mejora continua del aprovechamiento eficiente de los recursos, y que el desarrollo de una economía basada en un bajo nivel de emisiones de carbono dependerá en mayor medida de la mejora de las competencias actuales y de la integración del interés del medio ambiente en las áreas de conocimiento actuales, que del hecho de favorecer «competencias verdes» especializadas.

4.

La educación para el desarrollo sostenible, en una perspectiva de educación permanente, es esencial para la consecución de una sociedad sostenible y es, por ello, deseable tanto en todos los niveles de la educación y la formación formales como en el aprendizaje no formal e informal.

PONE DE RELIEVE QUE:

1.

La educación para el desarrollo sostenible aporta una importante contribución a la aplicación con éxito tanto de la Estrategia de la Unión Europea para un Desarrollo Sostenible como de la nueva Estrategia Europa 2020.

2.

El papel más importante de la educación para el desarrollo sostenible es dotar a las personas de los conocimientos, destrezas y actitudes que necesitan para tomar decisiones conscientes con objeto de conseguir y conservar un mundo que tanto ellas como las generaciones venideras consideren apto para vivir y trabajar en él. Tanto las instituciones educativas como las comunidades locales, la sociedad civil y los patronos son actores clave del desarrollo y la promoción de estas competencias.

3.

La educación para el desarrollo sostenible incide de manera fundamental en la forma en que concebimos este mundo complejo y el modo en que nos comportamos. Fomenta unos valores, principios y prácticas que ayudan a las personas a responder con eficacia y confianza a los retos actuales y a los nuevos desafíos. Por ello tiene implicaciones sobre la educación y la formación a todos los niveles, implicaciones que pueden ir más allá de la inclusión pura y simple del desarrollo sostenible como un tema más de los planes de estudio.

4.

La sostenibilidad puede desempeñar un papel importante en las estrategias nacionales de aprendizaje permanente, y puede usarse como herramienta para mejorar la calidad en todos los niveles de la educación y la formación.

CONSIDERA QUE:

1.

La educación y la formación son indispensables para lograr una Europa y un mundo más sostenibles. La educación para el desarrollo sostenible debe considerarse crucial en el proceso de la educación permanente e integrarse, siempre que proceda, en todos los niveles y aspectos de la educación y la formación, con objeto de reforzar la capacidad de los ciudadanos de hacer frente a problemas imprevisibles e inminentes y hallar soluciones duraderas a los mismos en diversas situaciones a lo largo de la vida.

2.

Los tres pilares fundamentales del desarrollo sostenibles - el económico, el social y el medioambiental - deben abordarse de manera equilibrada e integrada.

3.

En numerosos Estados miembros, algunos aspectos de la educación para el desarrollo sostenible ya forman parte de la educación medioambiental, global, sanitaria, para la paz, sobre ciudadanía, sobre derechos humanos, para los consumidores, financiera y para el desarrollo, y constituyen puntos de entrada para la integración del desarrollo sostenible en un contexto de aprendizaje permanente.

4.

Resulta indispensable mejorar la sensibilización y la comprensión de la opinión pública en el ámbito del desarrollo sostenible y de la educación para el desarrollo sostenible.

5.

La educación para el desarrollo sostenible debe edificarse sobre un aprendizaje fundamentado en valores e interdisciplinario, que fomente el pensamiento y la enseñanza sistemáticos, y que impulse nuevos conocimientos, destrezas y actitudes. Debería insistir en el espíritu creativo, la innovación y la perspectiva a largo plazo, y en particular en nuestra responsabilidad con respecto a las generaciones futuras. La educación para el desarrollo sostenible no es un proyecto aislado, sino más bien un conjunto de principios y valores subyacentes -como los de justicia, equidad, tolerancia, suficiencia y responsabilidad (9) - que deben comunicarse de modo más transversal. La educación para el desarrollo sostenible puede desempeñar también un papel en la mejora de las competencias necesarias para potenciar la aptitud para el empleo. Puesto que la mejor manera de adquirir las competencias relativas al desarrollo sostenible es la experiencia personal, el proceso de aprendizaje debe orientarse en la medida de lo posible hacia el aprendizaje incluyente, la acción y la motivación.

6.

Habida cuenta de su carácter complejo y general, la educación para el desarrollo sostenible puede ser de especial utilidad para el desarrollo de las competencias transversales clave de los educandos […].

7.

A la hora de su realización, la educación para el desarrollo sostenible debe adecuarse a los diferentes niveles educativos, atendiendo al contexto concreto. Los centros de enseñanza preescolar pueden empezar fomentando los valores, actitudes y conocimientos básicos entre los niños, que pueden servir entonces de fundamento al aprendizaje posterior de la sostenibilidad. En la educación primaria y en el primer ciclo de la secundaria, la educación para el desarrollo sostenible puede centrarse en la elevación de la concienciación y en el desarrollo de competencias clave, y adaptarse atendiendo al contexto particular y las etapas educativas sucesivas. En la educación y formación profesionales y en la enseñanza superior debe reforzarse la educación para el desarrollo sostenible y centrarse la atención en el desarrollo de destrezas más específicas y de las competencias necesarias para los diversos oficios, y deben abordarse cuestiones tales como la responsabilización de las personas y las comunidades en la toma de decisiones y la responsabilidad social de las empresas.

8.

Debe atribuirse a la formación en el puesto de trabajo un papel fundamental en la conformación de una perspectiva de la educación para el desarrollo sostenible y en la determinación del modo de aplicar concretamente lo anterior en las escuelas, centros de educación y formación profesional e instituciones de enseñanza superior. Según sus enseñanzas habituales, los profesores y formadores de todos los niveles de educación y formación harán frente a una serie de desafíos pedagógicos particulares a la hora de enseñar un tema transversal como la educación para el desarrollo sostenible, por lo que necesitarán una formación adecuada.

9.

El establecimiento de un planteamiento de «escuela total» en la educación para el desarrollo sostenible puede contribuir a encauzar la motivación y el compromiso de todos los alumnos y estudiantes, fomentar su espíritu crítico y mejorar su aprovechamiento educativo en general. Las propias instituciones educativas, de todos los niveles, deberían esforzarse por ser organizaciones sostenibles y actuar como modelo, integrando los principios del desarrollo sostenible en sus normas y prácticas, es decir, ahorrando energía, construyendo y trabajando con recursos naturales y propiciando unos hábitos de compras y de consumo sostenibles. En un contexto escolar, se precisa para ello la participación activa de todas las partes: los directores de centro, el profesorado, los alumnos, el consejo escolar, el personal de administración y servicios, los padres, las ONG, la comunidad local y la empresa.

EN CONSECUENCIA, INSTA A LOS ESTADOS MIEMBROS:

A adoptar las medidas oportunas en los niveles de responsabilidad correspondientes (local, regional o nacional) para propiciar el ulterior desarrollo y aplicación de la educación para el desarrollo sostenible y su integración en el sistema educativo y de formación en todos los niveles, tanto en la educación no formal e informal como en la educación formal. Entre dichas medidas pueden figurar, en particular, las siguientes:

a)

garantizar que los marcos normativos, reglamentarios, institucionales y operativos apoyen la educación para el desarrollo sostenible, y en particular:

que la educación para el desarrollo sostenible se convierta en una característica de las estrategias de educación permanente nacionales centradas en el desarrollo personal, social y profesional de los ciudadanos;

que la educación para el desarrollo sostenible sea incluida transversalmente, cuando convenga, en los planes de estudio;

que se definan planteamientos interdisciplinarios y comunes y se apliquen en todos los niveles de enseñanza, para hacer frente a los desafíos de la sostenibilidad;

que se promueva y apoye activamente un planteamiento de «escuela total», entre otros modos eliminando los obstáculos que encuentran los centros que hacen uso sostenible de sus recursos.

b)

proporcionar a los profesores, formadores, personal y directores de los centros la conciencia, el conocimiento y las competencias necesarias para promover e incluir los principios subyacentes a la educación para el desarrollo sostenible en sus planteamientos de la enseñanza y la gestión, en particular:

elevando entre los profesores, formadores y directores de centro de todos los niveles de educación y formación la concienciación sobre la importancia de la educación para el desarrollo sostenible y sobre los beneficios de utilizarla como herramienta especialmente útil en el fomento de las competencias clave transversales;

garantizando que los profesores y formadores estén adecuadamente capacitados para enseñar temas complejos ligados a la educación para el desarrollo sostenible, tanto en la educación inicial como en la formación en la empresa, y dotarlos de herramientas y materiales didácticos adecuados y actualizados para la educación para el desarrollo sostenible;

favoreciendo la cooperación multidisciplinar e interdisciplinar entre profesores en un mismo centro, para fomentar la enseñanza y el aprendizaje de las cuestiones transversales relativas a la educación para el desarrollo sostenible;

favoreciendo la creación de redes, incluidas las redes informáticas, entre profesores de distintos centros, a fin de garantizar el desarrollo continuo y el intercambio de nuevas ideas en materia de educación para el desarrollo sostenible;

fomentando la cooperación con los padres, la comunidad local y todos los demás interlocutores pertinentes, y una mayor implicación de todos ellos.

INVITA A LOS ESTADOS MIEMBROS Y A LA COMISIÓN A QUE, DENTRO DE SUS RESPECTIVAS COMEPTENCIAS:

Apoyen la educación para el desarrollo sostenible y promuevan las presentes conclusiones del Consejo, por medio de las siguientes medidas:

i)

llevando adelante la educación para el desarrollo sostenible tanto en el marco de la Estrategia de la Unión Europea para un Desarrollo Sostenible como de la Estrategia Europa 2020;

ii)

fomentando la investigación en el ámbito de la educación para el desarrollo sostenible y el conocimiento de ésta, especialmente en ámbitos en los que se disponga de escasa experiencia o en que el marco de referencia es poco sólido, como la FP y la enseñanza superior;

iii)

propiciando la creación de redes entre centros de enseñanza en torno a la cuestión de la educación para el desarrollo sostenible, aprovechando las reces existentes e intensificando la cooperación en materia de educación para el desarrollo sostenible a todos los niveles mediante la creación de asociaciones, entre otras cosas a través del fomento de:

la cooperación nacional y transfronteriza entre centros

las asociaciones entre centros de enseñanza, empresas y ONG

las redes de investigadores en materia de educación para el desarrollo sostenible;

iv)

determinando y registrando las mejores prácticas en un compendio de educación para el desarrollo sostenible, en el sitio de internet del Knowledge System for Lifelong Learning (KSLLL)  (10);

v)

abordando las cuestiones relativas a la educación para el desarrollo sostenible dentro de las prioridades del programa de aprendizaje permanente y otros programas actuales o futuros;

vi)

aprovechando lo mejor posible el Año Europeo del Voluntariado (2011) para hacer hincapié en la educación para el desarrollo sostenible y en asociaciones entre centros de enseñanza, empresas y ONG, así como para aumentar la notoriedad de las buenas prácticas actuales en las actividades voluntarias dentro de este campo;

vii)

estudiando la posibilidad de incluir la educación para el desarrollo sostenible entre los campos prioritarios para el próximo ciclo del marco estratégico ET 2020 en el ámbito de la educación y la formación.

INSTA A LA COMISIÓN:

A contribuir a los esfuerzos de los Estados miembros por apoyar la educación para el desarrollo sostenible y promover las presentes conclusiones del Consejo:

i)

organizando actividades de aprendizaje colegiado sobre aspectos particulares de la educación para el desarrollo sostenible, como la formación del profesorado, el planteamiento de «escuela total» y las asociaciones para la educación para el desarrollo sostenible, con objeto de elaborar un manual de medidas y unas directrices para los centros de enseñanza y los profesores

ii)

reforzando la cooperación con otras instituciones internacionales, en particular la UNESCO y la CEPE/ONU, en el ámbito de la educación para el desarrollo sostenible.


(1)  Conclusiones del Consejo Europeo de 15 y 16 de junio de 2001 (SN 200/1/01 REV1).

(2)  Documentos 10917/06 y 16818/09, respectivamente.

(3)  http://www.unesco.org/es/education-for-sustainable-development/

(4)  http://www.esd-world-conference-2009.org/es/principal.html

(5)  DO L 394 de 30.12.2006.

(6)  DO C 119 de 28.5.2009.

(7)  Conclusiones del Consejo Europeo de 25 y 26 de marzo de 2010 (EUCO 7/1/10 REV1).

(8)  Cedefop: Skills for Green Jobs, Luxemburgo, Oficina de Publicaciones de la Unión Europea, 2010.

(9)  Véase la Declaración de Bonn, apartado 8 (http://www.esd-world-conference-2009.org/fileadmin/download/ESD2009_BonnDeclarationESP.pdf).

(10)  http://www.kslll.net


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