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Document 52010XC0414(06)

Información comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) n o  1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) n o  70/2001

DO C 94 de 14.4.2010, p. 14–16 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

14.4.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 94/14


Información comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001

2010/C 94/10

Ayuda no: XA 285/09

Estado miembro: Francia

Región: Auvergne

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Assistance technique dans le cadre de la reprise des exploitations (région Auvergne)

Base jurídica: Délibération du Conseil régional no 09 — 21 89 des 22 et 23 juin 2009

Articles L1511-2, L3231-2 et 3232-1 du Code général des collectivités territoriales

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: 500 000 EUR

Sujeto a la adopción de las dotaciones presupuestarias anuales

Intensidad máxima de la ayuda: 40 %

La ayuda incluye:

La realización de diagnósticos y la prestación de asesoramiento para determinar la naturaleza del proyecto previamente a la instalación. De esta forma, se obtendrá una visión general de los criterios económicos del proyecto, sus credenciales medioambientales y su viabilidad en términos de organización del trabajo, vínculo con la comunidad local, autonomía de la explotación y adecuación a los objetivos.

La ayuda se elevará al 40 % del gasto, con un importe máximo de 800 EUR.

Seguimiento anual, por un período de tres años, de los aspectos técnicos, jurídicos, financieros o económicos. En este caso, la ayuda será del 25 % del gasto, hasta un máximo de 450 EUR.

Estos servicios serán prestados por las estructuras que recibirán la ayuda pública. Los ejecutores del proyecto recibirán la ayuda únicamente en especie.

Fecha de ejecución: A partir del 1 de enero de 2010, previa recepción del acuse de recibo en el que conste el número de identificación de la medida y la publicación del resumen de la misma en el sitio web de la Comisión.

Duración del régimen o de la ayuda individual: Hasta el 31 de diciembre de 2013

Objetivo de la ayuda: La ayuda en forma de asistencia técnica se concederá de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (CE) no 1857/2006 y permitirá acompañar y promover el traspaso de explotaciones en la región, facilitando a los interesados apoyo y asesoramiento adaptados a su proyecto.

Con estas ayudas regionales, las personas que se hagan cargo de la explotación tendrán acceso a asesoramiento cualificado y de calidad y a una serie de medidas de acompañamiento para ayudarles a elaborar, estructurar y calcular las cifras relativas a su proyecto, además de ofrecerles un seguimiento durante los tres años siguientes a su instalación que les garantiza las mejores posibilidades de éxito para ellos y para la comunidad local.

Sector o sectores beneficiarios: Todo el sector agrícola primario (PYME)

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Monsieur le Président du Conseil régional Auvergne

Direction de l’économie et de l’innovation

Service Agriculture

13-15 avenue de Fontmaure

B.P. 60

63402 Chamalières Cedex

FRANCE

Dirección web: http://www.auvergne.org/public/upload/files/aides2010/agriculture/install-conseil.pdf

Otros datos: —

Ayuda no: XA 286/09

Estado miembro: Lituania

Región: —

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Techninės paramos teikimas žemės ūkio sektoriuje

Base jurídica: Žemės ūkio šviečiamųjų renginių, žemės ūkio parodų, mugių, konkursų organizavimo finansavimo taisyklių projektas.

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: 5 000 000 LTL, es decir, 1 448 100 EUR según el cambio oficial

Intensidad máxima de la ayuda:

1.

Hasta un 90 % de los gastos subvencionables relativos a la formación de los agricultores (manifestaciones educativas a nivel regional y nacional, manifestaciones educativas internacionales, publicación de material informativo):

Remuneraciones y cotizaciones a la seguridad social de los conferenciantes, organizadores de manifestaciones y documentalistas, cánones por los derechos de autor e impuestos correspondientes.

Servicios de comunicación (teléfono, correo, Internet).

Transporte.

Pago de los gastos de misión.

Alquiler de equipo y locales.

Equipamiento del lugar de la manifestación.

Traducciones.

Recopilación y/o adquisición de material de información y de referencia.

Preparación, maquetación y publicación de información (mencionando la tirada, el plan de distribución, el número de páginas impresas, el tipo de papel).

Difusión de información (gastos vinculados a la publicación de los documentos de las manifestaciones y las comunicaciones, de los anuncios en la prensa, de las emisiones de radio y televisión).

Costes de organización (bienes y servicios) directamente relacionados con la formación de los agricultores.

2.

Hasta un 90 % de los gastos subvencionables relativos a exposiciones, ferias, competiciones y concursos agrícolas nacionales e internacionales y a su organización:

Derechos de participación.

Gastos de viaje.

Coste de las publicaciones.

Alquiler de los locales de exposición.

Premios simbólicos concedidos en los concursos, por un valor máximo de 863 LTL por premio y ganador.

Fecha de ejecución: El régimen de ayudas entrará en vigor cuando la Comisión haya enviado un acuse de recibo, con el número de identificación del régimen correspondiente, y haya publicado el resumen en Internet.

Fecha de entrada en vigor provisional: 28 de diciembre de 2009

Duración del régimen o de la ayuda individual: Hasta el 31 de diciembre de 2013

Objetivo de la ayuda: PYME

Asistencia técnica al sector agrario en virtud del artículo 15 del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión

Sector o sectores beneficiarios: Producción primaria de productos agrícolas

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Lietuvos Respublikos žemės ūkio ministerija

Gedimino pr. 19 (Lelevelio g. 6)

LT-01103 Vilnius

LIETUVA/LITHUANIA

Dirección web: http://www.zum.lt/lt/teisine-informacija/isakymai/5256

Otros datos: Cuando entre en vigor, este régimen de ayudas estatales sustituirá al régimen anterior, XA 148/07 — Technines paramos teikimas žemės ūkio sektoriuje (Asistencia técnica al sector agrario).

En virtud de las disposiciones de aplicación de este régimen de ayudas, la ayuda de minimis también se concede de acuerdo con las disposiciones de los Reglamentos (CE) no 1998/2006 y (CE) no 875/2007 (a las personas físicas y jurídicas activas en el sector de transformación y comercialización de productos agrícolas, la producción, transformación y comercialización de productos pesqueros, y actividades distintas de la producción primaria de productos agrícolas).

Ayuda no: XA 308/09

Estado miembro: Austria

Región: Österreich

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Sonderrichtlinie des Bundesministers für Land- und Forstwirtschaft, Umwelt und Wasserwirtschaft zur Förderung der Landwirtschaft aus nationalen Mittel

Punkt 1 Allgemeiner Teil

Punkt 4 — Verarbeitung, Vermarktung und Markterschließung

Base jurídica: Landwirtschaftsgesetz 1992

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: Gasto anual previsto: 3 500 000,00 EUR

Intensidad máxima de la ayuda: Ayuda de un máximo del 80 % de los gastos subvencionables de explotación y de personal en caso de proyectos con arreglo a los puntos 4.2.1, 4.2.3 y 4.2.5 en relación con productos primarios predominantemente agrícolas y servicios de los sectores agrícola y agroalimentario en virtud de los artículos 14 y 15 del Reglamento general de exención por categorías

Fecha de ejecución:

Duración del régimen o de la ayuda individual: Del 1 de febrero de 2010 al 31 de diciembre de 2013

Objetivo de la ayuda: Finalidades de la ayuda

Orientación de la oferta de productos agrícolas y alimentarios en función de las exigencias del mercado

Fomento de la demanda de productos de calidad de los sectores agrícola y agroalimentario de Austria

Reforzamiento de la comercialización directa

Objeto de la ayuda

Exposiciones y ferias, así como medidas publicitarias similares, con inclusión de encuestas y estudios de mercado en los sectores agrícola y agroalimentario

Concesión de premios a productos y otras medidas comerciales en relación con los productos de los sectores agrícola y agroalimentario

Medidas de control de la calidad en la producción, transformación y comercialización

Sector o sectores beneficiarios: Todos los subsectores de la agricultura

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Bundesministerium für Land- und Forstwirtschaft, Umwelt und Wasserwirtschaft

Stubenring 1

1012 Wien

ÖSTERREICH

Dirección web: http://www.landnet.at/article/articleview/78527/1/5125/

Otros datos: La ayuda estará a disposición de todas las personas físicas o jurídicas con derecho a ella (empresas de producción agrícola primaria) en la zona en cuestión, sobre la base de condiciones definidas objetivamente.

Las medidas no llevan aparejados pagos directos a los productores.

La comunicación del punto de la medida «Verarbeitung, Vermarktung und Markterschließung» (Transformación, comercialización y desarrollo de nuevos mercados) se efectuó el 23 de diciembre de 2009, también en relación con las ayudas a las pequeñas y medianas empresas que trabajan fuera del sector de la producción agrícola primaria, según los artículos 15, 26 y 27 del Reglamento (CE) no 800/2008; el número de identificación es el X 965/09.


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