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Document 52009TA1215(06)
Report on the annual accounts of the European Medicines Agency for the financial year 2008, together with the Agency’s replies
Informe sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Medicamentos correspondientes al ejercicio 2008, acompañado de las respuestas de la Agencia
Informe sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Medicamentos correspondientes al ejercicio 2008, acompañado de las respuestas de la Agencia
DO C 304 de 15.12.2009, p. 27–32
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
15.12.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 304/27 |
INFORME
sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Medicamentos correspondientes al ejercicio 2008, acompañado de las respuestas de la Agencia
2009/C 304/06
ÍNDICE
|
Apartados |
Página |
INTRODUCCIÓN… |
1-2 |
28 |
DECLARACIÓN DE FIABILIDAD… |
3-12 |
28 |
COMENTARIOS SOBRE LA GESTIÓN PRESUPUESTARIA Y FINANCIERA… |
13-15 |
29 |
Cuadro… |
30 |
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Respuestas de la Agencia… |
32 |
INTRODUCCIÓN
1. |
La Agencia Europea de Medicamentos (en lo sucesivo denominada «la Agencia»), con sede en Londres, se creó en virtud del Reglamento (CEE) no 2309/93 del Consejo, de 22 de julio de 1993, que fue sustituido por el Reglamento (CE) no 726/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004 (1). La Agencia funciona en red y coordina los recursos científicos puestos a su disposición por las autoridades nacionales con el fin de garantizar la evaluación y supervisión de los medicamentos de uso humano o veterinario (2). |
2. |
El presupuesto de 2008 de la Agencia se elevó a 182,9 millones de euros frente a los 163,1 millones de euros del ejercicio anterior. El número de personas empleadas por la Agencia al término del ejercicio ascendía a 587 frente a las 518 del ejercicio anterior. |
DECLARACIÓN DE FIABILIDAD
3. |
De conformidad con el artículo 248 del Tratado, el Tribunal ha fiscalizado las cuentas anuales (3) de la Agencia que comprenden los «estados financieros» (4) y los «estados sobre la ejecución presupuestaria» (5) correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2008, así como la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas. |
4. |
La presente declaración de fiabilidad está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, al amparo de lo dispuesto en el artículo 185, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (6). |
Funciones del director
5. |
El director tiene atribuida, en su calidad de ordenador, la ejecución de los ingresos y gastos del presupuesto, ateniéndose a la normativa financiera de la Agencia, bajo su propia responsabilidad y ajustándose a los créditos asignados (7), y es responsable asimismo de la implantación (8) de la estructura organizativa y de los sistemas y procedimientos de gestión y control internos necesarios para que las cuentas definitivas (9) estén libres de incorrecciones significativas, ya sea por fraude o error, y para garantizar que las operaciones subyacentes a dichas cuentas sean legales y regulares. |
Funciones del Tribunal
6. |
El Tribunal debe emitir, sobre la base de la fiscalización realizada, una opinión acerca de la fiabilidad de las cuentas anuales de la Agencia y una opinión sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas. |
7. |
El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con las normas internacionales de auditoría y los códigos deontológicos de la IFAC y las ISSAI (10). Estas normas exigen que el Tribunal cumpla con las exigencias deontológicas y que planifique y lleve a cabo la auditoría para obtener garantías razonables de que las cuentas estén libres de incorrecciones significativas y las operaciones subyacentes sean legales y regulares. |
8. |
La fiscalización del Tribunal implica la aplicación de procedimientos destinados a obtener pruebas de auditoría acerca de los importes y la información presentados en las cuentas y de la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes. La selección de estos procedimientos depende de su criterio profesional, que comprende la valoración de los riesgos de que se produzcan incorrecciones significativas u operaciones ilegales o irregulares, ya sea por fraude o error. Al efectuar esta valoración de los riesgos, se tiene en cuenta el control interno que incide en la preparación y presentación de las cuentas por la entidad con el fin de concebir los procedimientos de auditoría que resulten apropiados según las circunstancias. Al realizar su fiscalización, el Tribunal evaluará asimismo la idoneidad de las políticas contables utilizadas y el carácter razonable de las estimaciones contables efectuadas por la dirección, así como la presentación general de las cuentas. |
9. |
El Tribunal considera que las pruebas de auditoría obtenidas son suficientes y adecuadas para emitir las opiniones que se exponen a continuación. |
Opinión sobre la fiabilidad de las cuentas
10. |
En opinión del Tribunal, las cuentas anuales de la Agencia (11) presentan fielmente, en todos los aspectos significativos, su situación financiera a 31 de diciembre de 2008 y los resultados de sus operaciones y flujos de tesorería para el ejercicio finalizado, conforme a lo dispuesto en su reglamento financiero. |
Opinión sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes a las cuentas
11. |
En opinión del Tribunal, las operaciones subyacentes a las cuentas anuales de la Agencia correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2008 son, en todos los aspectos significativos, legales y regulares. |
12. |
Los comentarios que se exponen a continuación no cuestionan la declaración emitida por el Tribunal. |
COMENTARIOS SOBRE LA GESTIÓN PRESUPUESTARIA Y FINANCIERA
13. |
De los créditos presupuestarios, 36 millones de euros fueron prorrogados y 9,7 millones de euros fueron anulados. Al igual que en ejercicios anteriores, el elevado nivel de prórrogas en relación con los gastos de funcionamiento, por un importe de 21,4 millones de euros, se debió principalmente a los gastos informáticos de un programa para la regulación de los medicamentos (12). Esta situación se prolonga desde hace varios años y contraviene el principio de anualidad. La Agencia debería tomar las disposiciones necesarias para corregir esta disfunción. |
14. |
La Agencia aplica desde hace tiempo una política consistente en concluir contratos a término de divisas para el ejercicio siguiente con el fin de proteger parte (el 50 %) de su presupuesto administrativo contra las fluctuaciones desfavorables del tipo de cambio de la libra esterlina (13). Como el tipo de cambio de cierre de 2008 utilizado en la elaboración de los estados financieros era muy superior al tipo de cambio previsto en el momento de celebrarse el contrato (final de agosto de 2008), la Agencia anotó un valor razonable negativo de 8,7 millones de euros en su cuenta de capital. A la vista de los riesgos incurridos, la Agencia debería reconsiderar su política. |
15. |
Al igual que en el ejercicio anterior (14), la fiscalización de los procedimientos de licitación reveló debilidades: métodos inadecuados para evaluar los criterios de precios (15), insuficiente justificación de los procedimientos seleccionados (16) y otras disfunciones de los procedimientos (17). La Agencia tendría que poner empeño en mejorar la calidad de sus procedimientos de adjudicación de contratos públicos, a efectos de corregir las dificultades mencionadas. |
El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo, en su reunión del día 8 de octubre de 2009.
Por el Tribunal de Cuentas
Vítor Manuel da SILVA CALDEIRA
Presidente
Cuadro
Agencia Europea de Medicamentos (Londres)
Ámbito de competencias comunitarias según el Tratado |
Competencias de la Agencia conforme al Reglamento (CE) no 726/2004 |
Gobernanza |
Medios puestos a disposición de la Agencia en 2008 (datos de 2007) |
Productos y servicios facilitados en 2008 (datos de 2007) |
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Al definirse y ejecutarse todas las políticas y acciones de la Comunidad se garantizará un alto nivel de protección de la salud humana. La acción de la Comunidad, que complementará las políticas nacionales, se encaminará a mejorar la salud pública, prevenir las enfermedades humanas y evitar las fuentes de peligro para la salud humana. (...) (Artículo 152 del Tratado) |
Objetivos
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Funciones
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Presupuesto 182,9 millones de euros (163,1 millones de euros) Subvención comunitaria (sin la contribución «huérfanos»): 21,9 % (24,3 %) Efectivos a 31 de diciembre de 2008
Total de efectivos: 587 (518) Agentes encargados de:
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Medicamentos de uso humano
Medicamentos de uso veterinario
Medicamentos huérfanos
PYME:
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Fuente: Información comunicada por la Agencia. |
RESPUESTAS DE LA AGENCIA
13. |
La Agencia toma nota de las observaciones del Tribunal de Cuentas. Un conjunto de proyectos plurianuales de carácter paneuropeo en el ámbito de las Tecnologías de la Información se confirma como principal motivo de los créditos prorrogados. La Agencia velará en la medida de lo posible por respetar más estrechamente el principio de anualidad. |
14. |
La Agencia considera que a largo plazo es prudente gestionar el riesgo de exposición de la divisa. Hemos tenido en cuenta la observación del Tribunal y un grupo de gestión interno examinará, conjuntamente con el banco de la Agencia, la estrategia de cobertura que se aplicará en 2010. |
15. |
La Agencia toma nota de las debilidades constatadas y ha emprendido actuaciones para mejorar la aplicación y los controles de acompañamiento de los procedimientos de contratación y de licitación. |
(1) DO L 214 de 24.8.1993, p. 18 y DO L 136 de 30.4.2004, p. 1. En virtud del último Reglamento, la Agencia cambia su nombre inicial de Agencia Europea para la Evaluación de Medicamentos y pasa a denominarse Agencia Europea de Medicamentos.
(2) El cuadro presenta de forma sintética y a título de información las competencias y actividades de la Agencia.
(3) Estas cuentas van acompañadas de un informe sobre la gestión presupuestaria y financiera durante el ejercicio que ofrece información, entre otros extremos, sobre el porcentaje de ejecución de los créditos y una síntesis de las transferencias de créditos efectuadas entre las distintas partidas.
(4) Los estados financieros comprenden el balance y la cuenta de resultado económico, el cuadro de los flujos de tesorería, la variación en la situación de los capitales propios y el anexo a los estados financieros en el que se describen las principales políticas contables y explicaciones complementarias.
(5) Los estados sobre la ejecución presupuestaria comprenden la cuenta de resultado de la ejecución presupuestaria y su anexo.
(6) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
(7) Artículo 33 del Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002 (DO L 357 de 31.12.2002, p. 72).
(8) Artículo 38 del Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002.
(9) Las normas sobre rendición de cuentas y contabilidad de las agencias figuran en el título VII, capítulo 1, del Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002, modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 652/2008 (DO L 181 de 10.7.2008, p. 23), y se han incorporado al reglamento financiero de la Agencia.
(10) Federación Internacional de Contadores (IFAC) y Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI).
(11) Estas cuentas fueron elaboradas el 30 de junio de 2009 y el Tribunal las recibió el 6 de julio de 2009. Las cuentas anuales definitivas, consolidadas con las de la Comisión se publican en el Diario Oficial de la Unión Europea antes del 15 de noviembre del ejercicio siguiente y pueden consultarse en los sitios siguientes: http://eca.europa.eu o http://www.emea.europa.eu/htms/general/manage/ar.htm
(12) En el caso de un contratista de servicios informáticos, al final de 2008 se comprometieron 6,8 millones de euros que en su casi totalidad se prorrogaron para su utilización en el ejercicio siguiente.
(13) Véase la nota 17 a los estados financieros de 2008.
(14) Véase el Informe Anual relativo al ejercicio 2007, apartado 8 (DO C 311 de 5.12.2008, p. 28).
(15) Cuatro casos por un importe, respectivamente de 2 millones de euros, 1,8 millones de euros, 0,6 millones de euros y 0,3 millones de euros.
(16) Un caso por un importe de 6,8 millones de euros.
(17) Cinco casos por un importe, respectivamente, de 2 millones de euros, 6,8 millones de euros, 1,3 millones de euros, 2,4 millones de euros y 0,3 millones de euros.
(18) En 2008 se redefinió la categoría de personal administrativo que comprende ahora los agentes de la auditoría interna y del servicio jurídico.