Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 52008IP0238

    Sudán y la Corte Penal Internacional Resolución del Parlamento Europeo, de 22 de mayo de 2008 , sobre Sudán y la Corte Penal Internacional (CPI)

    DO C 279E de 19.11.2009, p. 109–113 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    19.11.2009   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    CE 279/109


    Sudán y la Corte Penal Internacional

    P6_TA(2008)0238

    Resolución del Parlamento Europeo, de 22 de mayo de 2008, sobre Sudán y la Corte Penal Internacional (CPI)

    (2009/C 279 E/23)

    El Parlamento Europeo,

    Vistas sus anteriores resoluciones sobre Sudán,

    Vistos el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI) y su entrada en vigor el 1 de julio de 2002,

    Vista la adopción, el 31 de marzo de 2005, de la Resolución 1593 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas,

    Vistas las Conclusiones del Consejo relativas a Sudán/Chad de 11 de diciembre de 2007 y de 30 de enero de 2008,

    Vista la Declaración de la Presidencia en nombre de la Unión Europea en el aniversario de la remisión de la situación en Darfur y Sudán a la CPI, adoptada el 31 de marzo de 2008,

    Vista la concesión del Premio Sájarov 2007 a Salih Mahmoud Osman, un abogado sudanés defensor de los derechos humanos que trabaja en la región sudanesa de Darfur, por su esfuerzo por tratar de obtener justicia para las víctimas de la guerra civil en Darfur,

    Vista la campaña «Justicia para Darfur», que fue lanzada por un amplio grupo de organizaciones no gubernamentales con el objetivo de presionar a Sudán para que coopere con la CPI y cumpla con las órdenes de detención de la Corte,

    Visto el apartado 5 del artículo 115 de su Reglamento,

    A.

    Considerando que la situación en Darfur por lo que respecta a la seguridad sigue siendo extremadamente inestable, y que se han producido importantes enfrentamientos entre los movimientos rebeldes y las fuerzas gubernamentales, que afectan a las operaciones humanitarias,

    B.

    Profundamente consternado por el sufrimiento de los cientos de miles de hombres, mujeres y niños que han sido golpeados, asesinados, violados, desplazados o injustamente tratados en el conflicto de Darfur, y señalando que la situación ha ido empeorado vertiginosamente desde 2003 y que los ataques aéreos indiscriminados contra civiles continúan,

    C.

    Considerando que la doctrina de la «responsabilidad de proteger» de las Naciones Unidas establece que, cuando las autoridades nacionales sean manifiestamente incapaces de proteger a su población, otros tienen la responsabilidad de prestar la protección necesaria,

    D.

    Considerando que el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas remitió la situación en Darfur a la CPI en marzo de 2005, tras lo cual se inició una investigación,

    E.

    Considerando que Sudán ha firmado el Estatuto de Roma, por el que se creó la Corte Penal Internacional en 2002, pero no lo ha ratificado,

    F.

    Considerando que el Gobierno de Sudán, en tanto que miembro de las Naciones Unidas, está obligado a cooperar con la CPI en virtud de la Resolución no 1593(2005), que fue aprobada por el Consejo de Seguridad con arreglo a las competencias que le confiere el Capítulo 7,

    G.

    Profundamente consternado por el hecho de que, desde que se dictaron las órdenes de detención, el Gobierno de Sudán se ha negado repetidamente a cooperar con la CPI y, de hecho, ha multiplicado los actos de desafío hacia la CPI y la comunidad internacional,

    H.

    Considerando que en abril de 2007 la CPI dictó dos órdenes de detención contra el ex Ministro sudanés del Interior, Ahmad Harun, y el ex líder de la milicia Janjaweed Ali Muhammad Ali Abd-Al-Rahman, también conocido como «Ali Kushayb», contra los que pesan 51 acusaciones por presuntos crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad,

    I.

    Considerando que Ahmad Harun es ahora Ministro de Asuntos Humanitarios, y en consecuencia responsable del bienestar de las propias víctimas de sus presuntos crímenes, así como responsable de la coordinación con la fuerza internacional de mantenimiento de la paz Misión de las Naciones Unidas y de la Unión Europea en Darfur (Unamid), y que fue también ascendido a presidente de una comisión gubernamental encargada de esclarecer las quejas sobre derechos humanos; considerando asimismo que Ali Kushayb —que se encontraba detenido en Sudán por otros cargos en el momento en que se dictaron las órdenes de detención— fue puesto en libertad en octubre de 2007, a pesar de ser buscado por la CPI,

    J.

    Considerando que en junio de 2007, y nuevamente en diciembre de 2007, la Oficina del Fiscal informó al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas de que el Gobierno sudanés no muestra voluntad de cooperar, y de hecho no coopera, con la CPI y señaló que no se habían tomado medidas para detener y entregar a la CPI a Ahmad Harun y a Ali Kushayb,

    K.

    Tomando nota de que, el 5 de junio de 2008, el Fiscal jefe de la CPI, Luis Moreno Ocampo, presentará por séptima vez al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas un informe sobre la marcha de sus investigaciones en Darfur y sobre la cooperación ofrecida por las autoridades sudanesas,

    L.

    Decidido a respaldar a la CPI en esta fase crucial de su labor, y plenamente convencido de que un componente esencial de la solución del conflicto en Darfur es que se ponga fin a la impunidad de quienes planificaron y perpetraron los horrendos crímenes cometidos en Darfur,

    M.

    Considerando que los días 10 y 11 de mayo de 2008, los rebeldes del Movimiento para la Justicia y la Igualdad (JEM) organizaron un ataque a Omdurmán, cerca de Jartum, que provocó al menos 200 víctimas,

    N.

    Considerando que el 20 de mayo de 2008, tras una primera oleada de enfrentamientos la semana precedente, estallaron intensos combates en Abyei, una ciudad rica en petróleo que se disputan tanto el norte como el sur, entre el ejército sudanés y el Ejército Popular para la Liberación de Sudán (EPLS), que provocó entre 30 000 y 50 000 personas desplazadas en el interior (PDI), según las Naciones Unidas, y un número aún por determinar de víctimas mortales,

    O.

    Considerando que, el 4 de mayo de 2008, aviones del ejército sudanés bombardearon objetivos civiles en el norte de Darfur, provocando la muerte de doce civiles,

    P.

    Considerando que, hasta la fecha, el conflicto en Sudán se ha cobrado unas 300 000 víctimas (según estimaciones recientes de las Naciones Unidas) y provocado 2,5 millones de PDI y refugiados, y que la inseguridad en la región de Darfur va en aumento,

    Q.

    Considerando que la operación híbrida de la Unamid sólo cuenta con unos 7 500 efectivos y menos de 2 000 agentes de policía sobre el terreno, de los 26 000 que han sido autorizados,

    1.

    Condena enérgicamente la persistente falta de cooperación de Sudán con la CPI, así como el hecho de que no haya detenido y entregado a la CPI a Ahmad Harun y a Ali Kushayb y que no cumpla con sus obligaciones con arreglo al Derecho internacional humanitario, lo que demuestra una flagrante falta de respeto por los cientos de miles de víctimas y sus familias, y los millones de personas que se han visto obligadas a abandonar sus hogares desde el inicio del conflicto;

    2.

    Insta al Gobierno sudanés a ratificar el Estatuto de la CPI, a dar cumplimiento a la Resolución no 1593(2005) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, a cooperar de forma incondicional con la CPI y a llevar a cabo una investigación exhaustiva y eficaz y el enjuiciamiento de los crímenes de guerra y de los crímenes contra la humanidad cometidos en la región de Darfur;

    3.

    Insta a las autoridades de Jartum a detener y entregar sin demora a los dos sospechosos de la CPI, así como a poner fin de inmediato al ciclo de impunidad en Darfur y a cooperar con futuras investigaciones de la CPI en Darfur;

    4.

    Invita al Consejo de Asuntos Generales y Relaciones Exteriores que se celebrará los días 16 y 17 de junio de 2008 y al Consejo Europeo de los días 19 y 20 de junio de 2008 a debatir el informe del Fiscal de la CPI y tomar medidas de cara a la adopción de medidas punitivas de la UE dirigidas contra un grupo claramente identificado de dirigentes sudaneses que son responsables de la falta de cooperación de Sudán con la CPI, incluyendo:

    la congelación e incautación de los activos de los individuos acusados de obstaculizar la cooperación con la CPI, así como la identificación y vigilancia de los activos que las empresas afiliadas al Partido del Congreso Nacional (el partido mayoritario en el Gobierno) tengan en el extranjero, y que son un importante conducto para la financiación de las milicias en Darfur;

    medidas por las que se deniegue el acceso a los bancos de la UE para cualquier transacción financiera o pago realizado por dichas personas o en nombre de las mismas;

    medidas para prevenir las relaciones empresariales y otras relaciones económicas o comerciales entre esos individuos, o cualquier persona jurídica o compañía controlada por ellos, y las empresas europeas, centrándose especialmente en el flujo de ingresos del sector petrolífero;

    5.

    Insta a los Estados miembros y a los países candidatos que ocupan un escaño en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas —es decir, Bélgica, Francia, Italia, el Reino Unido y Croacia— a que adopten una posición de principios en la sesión informativa del Fiscal del 5 de junio de 2008, de conformidad con la Posición Común de la UE sobre la CPI, y a que respondan de manera adecuada a los resultados del Fiscal pidiendo a Sudán que cumpla inmediatamente la Resolución no 1593(2005) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y las solicitudes de la CPI;

    6.

    Pide a todos los Estados representados en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas que apoyen cualquier solicitud de cooperación que presente el Fiscal de la CPI en nombre de la Corte y pide, en particular, a China, Rusia, Sudáfrica y Libia que sean coherentes con sus propias declaraciones en el marco de la Resolución no 1593(2005) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y no obstaculicen la intervención del Consejo de Seguridad el 5 de junio de 2008;

    7.

    Insta a los Estados miembros y al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas a que presionen en favor de una mención específica de la impunidad y de la inclusión de las órdenes de detención de la CPI en el mandato oficial para la próxima visita del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas a Jartum a finales de mayo de 2008;

    8.

    Pide a la Comisión y a los Estados miembros que garanticen que su importante ayuda al desarrollo destinada a Sudán no se entrega a través de Ahmad Harun, Ministro de Asuntos Humanitarios, y pide a los donantes que ejerzan presiones oficiales sobre el Gobierno de Sudán para que destituya a Ahmad Harun;

    9.

    Pide a la UE que ejerza presiones sobre China para que se una a los esfuerzos internacionales destinados a poner fin al conflicto y utilice su considerable influencia sobre el Gobierno de Sudán, basada en su papel como principal proveedor de ingresos procedentes de las ventas de petróleo del Gobierno de Sudán; pide a China que deje de entregar armas a Sudán;

    10.

    Pide a la Unión Africana y a la Liga de Estados Árabes que se comprometan activamente en Darfur, presionando al Gobierno de Sudán para que coopere con la Oficina del Fiscal de la CPI en las investigaciones actuales y futuras, y pide a la Presidencia de la UE que inscriba la cooperación de Sudán con la CPI en la agenda de diálogos políticos y cumbres con socios clave como China, los Estados Unidos, la Unión Africana y la Liga de Estados Árabes;

    11.

    Pide al Consejo y a la Comisión que informen periódicamente al Parlamento Europeo de sus esfuerzos actuales y futuros para presionar al Gobierno de Sudán con el fin de que coopere con la CPI, y se compromete a seguir informado sobre esta cuestión y a aprovechar todas las ocasiones que se le presenten para plantear la cuestión tanto a los funcionarios sudaneses como a las otras partes;

    12.

    Condena los ataques de los rebeldes del JEM a Omdurmán los días 10 y 11 de mayo de 2008, así como el bombardeo aéreo del 4 de mayo en el norte de Darfur, en el que murieron 12 personas, resultaron heridas otras 30 y quedaron destruidas una escuela, una instalación de agua y un mercado;

    13.

    Manifiesta su gran preocupación por la reanudación de los combates entre el ejército sudanés y el EPLS en Abyei, que incrementa las necesidades humanitarias y obstaculiza las operaciones humanitarias, y podría poner en riesgo el acuerdo de paz de 2005;

    14.

    Condena toda violación de los acuerdos de paz y de alto el fuego perpetradas por cualquiera de las partes y, en particular, la violencia dirigida contra la población civil y contra los que se ocupan de la ayuda humanitaria;

    15.

    Pide a las autoridades sudanesas, en particular al Gobierno de Unidad Nacional, que presten todo su apoyo al establecimiento efectivo de la Unamid, y que apoyen todos los esfuerzos destinados a generar estabilidad y crear un entorno seguro;

    16.

    Hace hincapié una vez más en que no puede haber paz duradera sin justicia para los delitos graves; pide a los observadores de la UE que insistan en las conversaciones de paz en la importancia de poner fin a la impunidad para construir un respeto sostenible del Estado de Derecho y los derechos humanos en Sudán;

    17.

    Pide al Gobierno de Sudán y a todos los grupos armados que respeten los derechos humanos y el Derecho humanitario internacional, absteniéndose de ataques indiscriminados contra los civiles, incluida la violencia sexual contra las mujeres;

    18.

    Pide a todas las partes implicadas en el conflicto que se abstengan de reclutar y utilizar a niños soldados menores de 18 años, y pide a las autoridades sudanesas que protejan a los niños desplazados, especialmente a los menores no acompañados de adultos, tal como se establece en los convenios pertinentes;

    19.

    Pide también a todas las partes que pongan fin a la exportación de armas a todas las partes implicadas en el conflicto en la región y que defiendan el respeto de los derechos humanos y de la paz y la seguridad internacionales en sus relaciones con Sudán;

    20.

    Manifiesta su preocupación por las informaciones sobre detenciones masivas en Jartum tras el ataque rebelde; recuerda al Gobierno de Sudán sus obligaciones con arreglo a la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, según la cual, entre otras cosas, nadie puede ser detenido o arrestado arbitrariamente y todos tienen derecho a ser defendidos y a ser juzgados en un plazo de tiempo razonable;

    21.

    Pide al Representante Especial de la UE para Sudán, Pekka Haavisto, que, de conformidad con su mandato y con la Posición Común de la UE sobre la ICC, desempeñe un papel proactivo y aproveche todas las oportunidades que se presenten para plantear a los interlocutores sudaneses y a otros socios la necesidad de detener y entregar inmediatamente a Ahmad Harun y a Ali Kushayb y de cooperar con la CPI, y le pide asimismo que informe periódicamente a las otras instituciones de la UE sobre los progresos realizados en este sentido;

    22.

    Manifiesta su profunda preocupación por las graves carencias de recursos de la Unamid, y pide a los Estados miembros de la Unión Africana y a la comunidad internacional que aumenten sus contribuciones para hacer posible el despliegue urgente de más tropas y material en Darfur;

    23.

    Pide al Gobierno de Sudán que respete su compromiso de autorizar una moratoria a las restricciones y obstáculos a todos los trabajadores humanitarios; subraya que la escalada de la violencia de los últimos meses también ha repercutido en las operaciones humanitarias, ya que el bandolerismo y los secuestros han provocado la pérdida de suministros de ayuda, obligando recientemente a las agencias alimentarias a reducir en un 50 % las raciones que reciben tres millones de personas necesitadas en Darfur;

    24.

    Pide a la UE y a otros actores internacionales que apliquen medidas adecuadas dirigidas a todos los responsables de actos violentos que violen el alto el fuego o ataquen a civiles, a las fuerzas de mantenimiento de la paz o a quienes trabajen en operaciones humanitarias, y que tomen todas las medidas necesarias para contribuir a poner fin a la impunidad;

    25.

    Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Representante Especial de la UE para Sudán, al Gobierno de Sudán, a los Gobiernos de los Estados miembros y de los miembros del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, a las instituciones de la Unidad Africana, a las instituciones de la Liga Árabe y al Fiscal de la CPI.


    Top