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Document C2009/018/09

    Convocatoria de propuestas — Programa común armonizado de encuestas de coyuntura de la Unión Europea

    DO C 18 de 24.1.2009, p. 22–30 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    24.1.2009   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 18/22


    Convocatoria de propuestas — Programa común armonizado de encuestas de coyuntura de la Unión Europea

    (2009/C 18/09)

    1.   CONTEXTO

    La Comisión Europea organiza una convocatoria de propuestas (ref. ECFIN/2008/A3-042) para la realización de encuestas en Irlanda, en el marco del Programa común armonizado de encuestas de coyuntura de la UE (aprobado por la Comisión el 12 de julio de 2006, COM(2006) 379). Esta cooperación adoptará la forma de un acuerdo marco de asociación entre la Comisión y los organismos especializados durante un periodo de dos años.

    El objetivo del Programa es recopilar información sobre la situación de las economías de los Estados miembros de la UE y de los países candidatos que permita comparar sus ciclos económicos para facilitar la gestión de la Unión Económica y Monetaria (UEM). El Programa se ha convertido en una herramienta indispensable para el proceso de supervisión económica dentro la UEM así como para la política económica.

    2.   OBJETIVO Y ESPECIFICACIONES DE LA ACCIÓN

    2.1.   Objetivos

    La aplicación del Programa común armonizado implica la realización de encuestas de opinión por organismos o centros especializados en régimen de cofinanciación. La Comisión se propone celebrar convenios con organismos o centros que dispongan de las competencias necesarias para realizar una o varias de las siguientes encuestas durante los dos próximos años:

    encuesta sobre inversiones,

    encuesta en el sector de la construcción,

    encuesta en el sector del comercio minorista,

    encuesta en el sector de servicios,

    encuesta en el sector industrial,

    encuesta entre los consumidores.

    Por otra parte, además de las encuestas mensuales se realizan encuestas específicas sobre problemas económicos actuales, utilizando las mismas muestras establecidas de las encuestas mensuales, para obtener información sobre problemas político-económicos específicos. Dichas encuestas específicas son más esporádicas por definición.

    Las encuestas se dirigen a los dirigentes empresariales en los sectores de industria, inversión, construcción, comercio minorista y servicios, así como a los consumidores.

    2.2.   Especificaciones técnicas

    2.2.1.   Calendario de los trabajos y transmisión de los resultados

    En el siguiente cuadro se presenta un esquema de las encuestas solicitadas en el marco de la presente convocatoria de propuestas:

    Ámbito de la encuesta

    Número de actividades/Clases de tamaño

    Número de agregados

    Preguntas formuladas cada mes

    Preguntas formuladas cada trimestre

    Industria

    40/—

    16

    7

    9

    Inversión

    6/6

    2

    2 preguntas en marzo-abril

    4 preguntas en octubre-noviembre

    Construcción

    3/—

    2

    5

    1

    Comercio minorista

    7/—

    2

    6

    Servicios

    18/—

    1

    6

    1

    Consumidores

    24 desgloses

    1

    14 (incluidas 2 preguntas facultativas)

    3

    las encuestas mensuales deberán realizarse durante las dos o tres primeras semanas de cada mes y los resultados deberán transmitirse por correo electrónico a la Comisión a más tardar 5-7 días laborables antes de que finalice el mes, conforme al calendario que se incluya en el convenio de subvención específico,

    las encuestas trimestrales deberán realizarse durante las dos o tres primeras semanas del primer mes de cada trimestre (enero, abril, julio y octubre) y los resultados deberán transmitirse por correo electrónico a la Comisión a más tardar 5-7 días laborables antes de que finalicen enero, abril, julio y octubre, respectivamente, conforme al calendario que se incluya en el convenio de subvención específico,

    las encuestas semestrales sobre inversiones deberán efectuarse durante los meses de marzo/abril y de octubre/noviembre y los resultados deberán transmitirse por correo electrónico a la Comisión a más tardar 5-7 días laborables antes de que finalicen abril y noviembre, respectivamente, y de acuerdo con el calendario que se incluya en el convenio de subvención,

    por lo que se refiere a las encuestas específicas, el beneficiario debe comprometerse a cumplir el calendario establecido para cada encuesta.

    Puede obtenerse una descripción detallada de la acción (anexo I del convenio de subvención específico) en la siguiente dirección de Internet:

    http://ec.europa.eu/economy_finance/procurements_grants/grants7989_en.htm

    2.2.2.   Metodología y cuestionarios

    Detalles relativos a la metodología, los cuestionarios y las directrices internacionales para la realización de las encuestas de coyuntura pueden encontrarse en la Guía del usuario del Programa común armonizado de encuestas de coyuntura de la UE, en la siguiente dirección electrónica:

    http://ec.europa.eu/economy_finance/indicators/business_consumer_surveys/userguide_en.pdf

    3.   DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS Y DURACIÓN

    3.1.   Disposiciones administrativas

    La selección del organismo o centro se efectuará por un periodo máximo de dos años. La Comisión desea establecer una cooperación a largo plazo con los candidatos seleccionados. Con este fin, las partes celebrarán un acuerdo marco de asociación de dos años. Conforme a este acuerdo marco de asociación, que especificará los objetivos comunes y la naturaleza de las acciones previstas, podrán celebrarse dos convenios de subvención específicos anuales entre las partes. El primero de estos convenios de subvención específicos se referirá al período que va de mayo de 2009 a abril de 2010.

    3.2.   Duración

    Las encuestas se realizarán desde el 1 de mayo hasta el 30 de abril. La duración de la acción no podrá exceder de 12 meses.

    4.   MARCO FINANCIERO

    4.1.   Fuentes de financiación comunitaria

    Las operaciones seleccionadas se financiarán con cargo a la línea presupuestaria 01.02.02 — Coordinación y vigilancia de la unión económica y monetaria.

    4.2.   Presupuesto comunitario total estimado para esta convocatoria de propuestas

    El presupuesto anual total disponible para estas encuestas en el periodo comprendido entre mayo de 2009 y abril de 2010 asciende a 75 000,00 EUR.

    A condición de que se cuente con los recursos presupuestarios necesarios, los importes para el año siguiente podrían incrementarse en aproximadamente el 2 %.

    4.3.   Porcentaje de cofinanciación comunitaria

    La participación de la Comisión en la cofinanciación de las encuestas no podrá superar el 50 % de los gastos subvencionables contraídos por el beneficiario en cada encuesta. La Comisión determina el porcentaje de cofinanciación caso por caso.

    4.4.   Financiación de la acción por el beneficiario y gastos subvencionables contraídos

    Se exigirá al beneficiario que presente un presupuesto detallado para el año 1, expresado en euros, que incluya una estimación de los costes y de la financiación de la acción. A petición de la Comisión, deberá presentarse un presupuesto detallado para el año 2 de conformidad con el acuerdo marco de asociación.

    El importe presupuestado de subvención que se solicita a la Comisión deberá redondearse a la decena más próxima. El presupuesto se incorporará como anexo al convenio de subvención específico. La Comisión podrá utilizar posteriormente estas cifras a efectos de auditoría.

    Los gastos subvencionables sólo podrán contraerse tras la firma del convenio de subvención específico por todas las partes, salvo en circunstancias excepcionales, y en ningún caso antes de la presentación de la solicitud de subvención. No se considerarán gastos subvencionables las contribuciones en especie.

    4.5.   Modalidades de pago

    En el mes de septiembre, el beneficiario podrá presentar una solicitud de prefinanciación equivalente al 40 % del importe máximo de subvención. En el plazo de dos meses a partir de la fecha de finalización de la acción deberá presentarse una solicitud para el cobro de la cantidad restante, así como un estado financiero definitivo y una lista detallada de los costes (en los artículos 5 y 6 del convenio de subvención específico figuran todos los detalles).

    Tanto la solicitud de prefinanciación como la solicitud de cobro del importe restante deberán estar precedidas por la comunicación oportuna de los datos resultantes de las encuestas de coyuntura.

    Sólo se considerarán costes subvencionables aquellos costes que puedan localizarse o identificarse en el sistema de contabilidad de costes del beneficiario.

    4.6.   Subcontratación

    Cuando en una propuesta el importe correspondiente a los servicios prestados por un subcontratista sea igual o superior al 50 % del importe total, el subcontratista deberá proporcionar todos los documentos necesarios que permitan la evaluación de la propuesta del solicitante de forma global en relación con los criterios de exclusión, selección y adjudicación (véanse los apartados 5, 6 y 7). Esto implica que el subcontratista deberá demostrar que no le afectan los criterios de exclusión, y que cumple los criterios de selección y adjudicación en relación con la parte de las actividades que realizará.

    El solicitante de la subvención habrá de adjudicar contratos a los licitadores que ofrezcan la mejor relación calidad-precio, evitando al mismo tiempo cualquier posible conflicto de intereses. En caso de que el importe correspondiente a la subcontratación exceda de 60 000 EUR, el solicitante, una vez seleccionado, deberá documentar que el subcontratista ha sido seleccionado aplicando el criterio de la mejor relación calidad-precio.

    4.7.   Propuestas comunes

    Siempre que se presenten propuestas comunes deben determinarse claramente las tareas y contribuciones financieras de todos los miembros participantes en la propuesta. Cada miembro debe proporcionar todos los documentos necesarios que permitan una evaluación global de la propuesta en relación con los criterios de exclusión, selección y adjudicación correspondientes a las tareas que se le hayan asignado (véanse los apartados 5, 6 y 7).

    Uno de los miembros participantes asumirá la función de coordinador y deberá:

    asumir la responsabilidad global de la asociación frente a la Comisión,

    realizar un seguimiento de las actividades de los restantes miembros participantes,

    garantizar la coherencia global y la presentación a su debido tiempo de los resultados de la encuesta,

    centralizar la firma del contrato y transmitir a la Comisión el contrato debidamente firmado por todos los participantes (se admite la delegación de funciones),

    centralizar la contribución financiera de la Comisión y realizar los pagos correspondientes a los participantes,

    recoger los documentos justificantes de los gastos realizados por cada participante y presentarlos conjuntamente en una sola entrega.

    5.   CRITERIOS DE SUBVENCIONABILIDAD

    5.1.   Estatuto jurídico de los candidatos

    La convocatoria de propuestas está abierta a todos los organismos y centros (personas jurídicas) legalmente establecidos en alguno de los Estados miembros de la UE, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia o Turquía. Los interesados deberán demostrar que poseen entidad jurídica y proporcionar la documentación requerida para acreditar esa circunstancia (ficha tipo de entidad jurídica).

    5.2.   Criterios de exclusión

    Se desestimarán las solicitudes de subvención de los candidatos (1):

    a)

    que estén incursos en un procedimiento de quiebra, liquidación, intervención judicial o concurso de acreedores, cese de actividad o en cualquier otra situación similar resultante de un procedimiento de la misma naturaleza vigente en las legislaciones y normativas nacionales;

    b)

    que hayan sido condenados mediante sentencia firme, con fuerza de cosa juzgada, por cualquier delito que afecte a su ética profesional;

    c)

    que hayan cometido una falta profesional grave, debidamente constatada por el órgano de contratación por cualquier medio a su alcance;

    d)

    que no estén al corriente en el pago de las cuotas de la seguridad social o en el pago de impuestos de acuerdo con las disposiciones legales del país en que estén establecidos, del país del órgano de contratación o del país donde deba ejecutarse el contrato;

    e)

    que hayan sido condenados en sentencia firme por fraude, corrupción, asociación de malhechores o cualquier otra actividad ilegal en perjuicio de los intereses económicos de las Comunidades;

    f)

    que, a raíz del procedimiento de adjudicación de otro contrato o del procedimiento de concesión de una subvención financiados con cargo al presupuesto comunitario, hayan sido declarados culpables de falta grave de ejecución por incumplimiento de sus obligaciones contractuales;

    g)

    que se hallen en una situación de conflicto de intereses; o

    h)

    que hayan presentado declaraciones falsas en relación con la información exigida o no hayan aportado esa información.

    Los candidatos deberán certificar que no se hallan incursos en ninguna de las situaciones enumeradas en este apartado 5.2 mediante la declaración tipo de admisibilidad.

    5.3.   Sanciones administrativas y financieras

    1.

    Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en el contrato, los candidatos o licitadores y los contratistas que hayan sido declarados culpables de declaraciones falsas o de haber cometido una falta grave de ejecución por no haber respetado sus obligaciones contractuales en un contrato anterior serán excluidos de la concesión de contratos y subvenciones financiados por el presupuesto comunitario por un periodo máximo de dos años a partir de la constatación de la infracción, confirmada tras un procedimiento contradictorio con el contratista. La exclusión podrá ampliarse a tres años en caso de reincidencia en los cinco años siguientes a la primera infracción.

    A los licitadores o candidatos que sean declarados culpables de declaraciones falsas se les impondrán, además, sanciones financieras de un importe comprendido entre el 2 % y el 10 % de la cuantía total del contrato objeto de adjudicación.

    A los contratistas que hayan incumplido gravemente sus obligaciones contractuales se les impondrán sanciones financieras de un importe comprendido entre el 2 % y el 10 % de la cuantía total del contrato de que se trate. La sanción podrá elevarse a un importe comprendido entre el 4 % y el 20 % en caso de reincidencia en los cinco años siguientes a la primera infracción.

    2.

    En los supuestos recogidos en el apartado 5.2, letras a), c) y d), los licitadores o candidatos quedarán excluidos de la concesión de todo contrato o subvención por un periodo máximo de dos años a partir de la constatación de la infracción, confirmada tras un intercambio contradictorio con el contratista.

    En los supuestos recogidos en el apartado 5.2, letras b) y e), los licitadores o candidatos quedarán excluidos de la concesión de todo contrato o subvención por un periodo mínimo de un año y máximo de cuatro a partir de la notificación de la sentencia.

    La exclusión podrá ampliarse a cinco años en caso de reincidencia en los cinco años siguientes a la primera infracción o a la primera sentencia.

    3.

    Los supuestos recogidos en el apartado 5.2, letra e), son los siguientes:

    a)

    los casos de fraude mencionados en el artículo 1 del Acto del Consejo, de 26 de julio de 1995, por el que se establece el Convenio relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas;

    b)

    los casos de corrupción mencionados en el artículo 3 del Acto del Consejo, de 26 de mayo de 1997, por el que se establece el Convenio relativo a la lucha contra los actos de corrupción en los que estén implicados funcionarios de las Comunidades Europeas o de los Estados miembros de la Unión Europea;

    c)

    los casos de participación en una organización delictiva definidos en el artículo 2, apartado 1, de la Acción común 98/733/JAI del Consejo;

    d)

    los casos de blanqueo de capitales definidos en el artículo 1 de la Directiva 91/308/CEE del Consejo.

    6.   CRITERIOS DE SELECCIÓN

    Los candidatos deberán disponer de fuentes de financiación suficientes y estables para mantener su actividad a lo largo del período durante el cual se ejecute la acción. Deberán tener las competencias y cualificaciones profesionales necesarias para llevar a buen término la acción o el programa de trabajo propuestos.

    6.1.   Capacidad financiera de los candidatos

    Los candidatos deberán tener la capacidad financiera necesaria para realizar la acción propuesta y deberán proporcionar sus balances y cuentas de resultados de los dos últimos ejercicios cerrados. Esta disposición no se aplicará a los organismos públicos ni a las organizaciones internacionales.

    6.2.   Capacidad operativa de los candidatos

    Los candidatos deberán tener la capacidad operativa necesaria para llevar a buen término la acción propuesta y deberán proporcionar los justificantes oportunos.

    La capacidad de los candidatos se evaluará atendiendo a los siguientes criterios:

    una experiencia demostrada de como mínimo tres años en la preparación y realización de encuestas,

    una experiencia demostrada en la evaluación de resultados de encuestas y en el tratamiento de cuestiones metodológicas (muestras, cuestionarios y calendario),

    capacidad para aplicar la metodología del Programa común armonizado de encuestas de coyuntura de la UE y cumplir las directrices internacionales relativas a la realización de encuestas de coyuntura elaboradas conjuntamente por la Comisión Europea y la OCDE (véase el apartado 2.2.2), así como con las instrucciones de la Comisión, a saber: cumplir los plazos mensuales de notificación y mejorar y adaptar el programa de encuesta según las exigencias de los servicios de la Comisión, con arreglo a los acuerdos alcanzados en las reuniones de coordinación con los representantes de los organismos o centros colaboradores.

    7.   CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN

    El acuerdo se adjudicará a los candidatos seleccionados aplicando los criterios siguientes:

    el nivel de conocimientos y experiencia en los ámbitos mencionados en el apartado 6.2,

    el nivel de conocimientos y experiencia en la elaboración de indicadores basados en los resultados de encuestas y en la utilización de esos resultados para el estudio y el análisis de aspectos cíclicos y económicos, con la inclusión de análisis sectoriales,

    la eficacia de la metodología de encuesta propuesta, incluidos el método de muestreo, el tamaño de la muestra, el índice de cobertura y la tasa de respuesta,

    el nivel de competencia y conocimiento por lo que respecta a las características especiales del sector y del país en que esté previsto realizar la(s) encuesta(s),

    la eficiencia de la organización del trabajo, en términos de flexibilidad, infraestructura, personal cualificado e instalaciones, para la ejecución de las tareas, notificación de los resultados, participación en los preparativos de las encuestas en el marco del Programa común armonizado y conexión con los servicios de la Comisión.

    8.   PROCEDIMIENTOS PRÁCTICOS

    8.1.   Elaboración y presentación de las propuestas

    Las propuestas deberán incluir el formulario tipo de solicitud de subvención, firmado y cumplimentado, así como todos los justificantes mencionados en dicho formulario. Los candidatos podrán presentar propuestas en relación con una o varias encuestas.

    Cada propuesta deberá incluir:

    una propuesta administrativa,

    una propuesta técnica,

    una propuesta financiera.

    En caso de presentación de propuestas en relación con varias encuestas, será suficiente incluir en la solicitud una sola propuesta administrativa y, cuando corresponda, una sola propuesta técnica, o una parte común de la misma.

    Pueden obtenerse de la Comisión los documentos siguientes:

    formulario de solicitud de subvención,

    modelo de declaración presupuestaria que debe utilizarse para proporcionar la estimación de los costes de la encuesta y el plan de financiación,

    ficha tipo de identificación financiera,

    ficha tipo de entidad jurídica,

    declaración tipo de admisibilidad,

    formulario de declaración tipo en el que se debe indicar la disposición a firmar el acuerdo marco de asociación y el convenio de subvención específico,

    formulario tipo relativo a la subcontratación,

    formulario tipo para la descripción de la metodología de la encuesta,

    así como documentación relativa a los aspectos financieros de la subvención:

    memorándum para la elaboración de estimaciones financieras y estados financieros,

    modelo del acuerdo marco de asociación,

    modelo del convenio de subvención específico anual.

    a)

    descargándolos de la siguiente dirección de Internet:

    http://ec.europa.eu/economy_finance/procurements_grants/grants7989_en.htm

    b)

    En caso de que la opción anterior no sea posible, escribiendo a la Comisión a la siguiente dirección:

    Comisión Europea

    Dirección General de Asuntos Económicos y Financieros

    Unidad ECFIN-A3 (Encuestas de coyuntura)

    Convocatoria de propuestas — ECFIN/2008/A3-042

    BU-1 3/146

    B-1049 Bruselas

    Fax (32-2) 296 36 50

    E-mail: ecfin-bcs-mail@ec.europa.eu

    Se ruega indicar «Call for proposals — ECFIN/2008/A3-042»

    La Comisión se reserva la posibilidad de modificar esos documentos tipo en función de las necesidades del Programa común armonizado de la UE o de las exigencias de gestión de los recursos presupuestarios.

    Las propuestas se presentarán en una de las lenguas oficiales de la Comunidad Europea, acompañadas, en su caso, de una versión en inglés, francés o alemán.

    Los candidatos deberán proporcionar un ejemplar original firmado de la propuesta y tres copias, preferentemente sin grapar. Ello facilitará el trabajo administrativo de preparación de los documentos y copias necesarios al comité o los comités de selección.

    Las propuestas se remitirán en una plica dentro de sobre cerrado.

    El sobre exterior deberá llevar la dirección indicada en el apartado 8.3.

    El sobre interior cerrado contendrá la propuesta y llevará la indicación «Call for proposals — ECFIN/2008/A3-042 — not to be opened by the internal mail department».

    La Comisión comunicará a los candidatos la recepción de sus propuestas mediante el acuse de recibo presentado con la propuesta.

    8.2.   Contenido de las propuestas

    8.2.1.   Propuesta administrativa

    La propuesta administrativa deberá incluir:

    un formulario de solicitud de subvención, debidamente firmado,

    una ficha tipo de entidad jurídica debidamente rellenada y firmada, junto con los documentos exigidos que acrediten la personalidad jurídica del organismo o centro,

    una ficha tipo de identificación financiera debidamente rellenada y firmada,

    una declaración tipo de la idoneidad del candidato debidamente firmada,

    un formulario tipo de declaración de la disposición a firmar el acuerdo marco de asociación y el convenio de subvención específico, en caso de selección, debidamente firmado,

    el organigrama del organismo o centro, con los nombres y cargos del personal directivo y de los miembros del servicio operativo responsable de realizar las encuestas,

    la prueba de una situación financiera saneada: deberán adjuntarse los balances y las cuentas de pérdidas y ganancias de los dos últimos ejercicios cerrados, esto es 2007 y 2006.

    8.2.2.   Propuesta técnica

    La propuesta técnica deberá incluir:

    una descripción de las actividades del organismo o centro que permita valorar sus competencias y la amplitud y duración de su experiencia en los ámbitos a que se refiere el apartado 6.2. A tal efecto deberán mencionarse los estudios, contratos de servicios, actividades de asesoría, encuestas, publicaciones y otros trabajos efectuados anteriormente, indicándose el nombre del cliente y precisándose, en su caso, los realizados por cuenta de la Comisión Europea. Además, deberán adjuntarse los estudios o resultados más relevantes,

    una descripción detallada de la organización operativa de que se dispone para llevar a cabo las encuestas. Deberá adjuntarse la documentación pertinente relativa a la infraestructura, las instalaciones, los recursos y el personal cualificado (currículos sucintos del personal con mayor participación en la realización de la encuesta o encuestas) que están a la disposición del candidato,

    un formulario o formularios tipo, debidamente rellenados, que proporcionen una descripción detallada de la metodología de la encuesta: método de muestreo, error de muestreo, tamaño previsto de la muestra, índice de cobertura, tasa prevista de respuesta, etc.,

    un formulario tipo, debidamente cumplimentado, sobre los subcontratistas que vayan a participar en la acción, incluida una descripción detallada de las actividades que vayan a subcontratarse.

    8.2.3.   Propuesta financiera

    La propuesta financiera deberá incluir:

    respecto a cada encuesta, una declaración presupuestaria tipo debidamente rellenada y detallada (en euros) para un período de 12 meses, que contenga un plan de financiación de la acción y un desglose detallado de los gastos subvencionables totales y unitarios de realización de la encuesta, incluidos los costes de subcontratación,

    en su caso, un certificado de exención del pago del IVA,

    en su caso, un documento que certifique la contribución financiera de otras organizaciones (cofinanciación).

    8.3.   Dirección y fecha límite para el envío de las propuestas

    Los candidatos interesados en esta convocatoria deberán remitir sus solicitudes a la Comisión Europea.

    Las solicitudes deberán presentarse:

    a)

    bien por correo certificado (o servicio privado de mensajería) cuyo matasellos no podrá indicar una fecha posterior al 20 de febrero de 2009. De la fecha de envío dará fe el matasellos de Correos o el resguardo de depósito del servicio privado de mensajería en la siguiente dirección:

    Por correo certificado:

    Comisión Europea

    Dirección General de Asuntos Económicos y Financieros

    A la atención de Johan VERHAEVEN

    Convocatoria de propuestas ref. ECFIN/2008/A3-042

    Unidad R2, Despacho BU24-4/11

    B-1049 Bruselas

    Por servicio privado de mensajería:

    Comisión Europea

    Dirección General de Asuntos Económicos y Financieros

    A la atención de Johan VERHAEVEN

    Convocatoria de propuestas ref. ECFIN/2008/A3-042

    Unidad R2, Despacho BU24-4/11

    Avenue du Bourget, 1-3

    B-1140 Bruselas (Evere);

    b)

    o bien mediante entrega en el Servicio Central de Correos de la Comisión Europea (en persona o a través de un representante autorizado por el candidato, incluidos los servicios privados de mensajería) en la siguiente dirección:

    Comisión Europea

    Dirección General de Asuntos Económicos y Financieros

    A la atención de Johan VERHAEVEN

    Convocatoria de propuestas ref. ECFIN/2008/A3-042

    Unidad R2, Despacho BU24-4/11

    Avenue du Bourget, 1-3

    B-1140 Bruselas (Evere)

    a más tardar el 20 de febrero de 2009 a las 16.00 horas (hora de Bruselas). En este caso, dará fe de la presentación de la oferta el recibo fechado y firmado por el funcionario del citado Servicio al que se haya hecho entrega de la propuesta.

    9.   CURSO DADO A LAS SOLICITUDES RECIBIDAS

    Se evaluarán todas las solicitudes para verificar si cumplen los criterios formales de admisibilidad.

    Las propuestas que se consideren admisibles serán evaluadas conforme a los criterios de adjudicación especificados anteriormente.

    El proceso de selección de las propuestas tendrá lugar durante los meses de febrero y marzo de 2009. A tal efecto, se creará un Comité de selección bajo la autoridad del Director General de Asuntos Económicos y Financieros. Dicho Comité estará compuesto por al menos tres personas que representarán como mínimo a dos diferentes unidades especializadas sin vinculación jerárquica entre sí, y tendrá su propia secretaría, encargada de la comunicación con los candidatos que sean seleccionados. También se informará del resultado del procedimiento a los candidatos que no resulten seleccionados.

    10.   ADVERTENCIA

    La presente convocatoria de propuestas no constituye en modo alguno un compromiso contractual por parte de la Comisión con los organismos o centros que presenten propuestas en respuesta a la convocatoria. Toda la correspondencia relativa a la presente convocatoria deberá efectuarse por escrito.

    Los candidatos deberán tomar buena nota de las disposiciones contractuales obligatorias aplicables en caso de adjudicación.

    Para salvaguardar los intereses financieros de las Comunidades, los datos personales recibidos podrían transferirse a los servicios internos de auditoría, al Tribunal de Cuentas Europeo, a la Instancia especializada en la detección de irregularidades financieras y a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF).

    Los datos de los operadores económicos que se encuentren en alguna de las situaciones contempladas en los artículos 93, 94, 96, apartado 1, letra b), y 96, apartado 2, letra a), del Reglamento financiero podrían incluirse en una base de datos central y comunicarse a las personas que se designen de la Comisión, de las otras instituciones, de las agencias y de las autoridades u organismos mencionados en el artículo 95, apartados 1 y 2, del Reglamento financiero. Esto también se refiere a las personas con facultades de representación, decisión o control respecto de los operadores económicos mencionados. Cualquier persona o entidad cuyos datos se hayan incorporado a la base de datos tiene derecho a ser informada acerca de los datos que le conciernen, debiendo presentar una solicitud al contable de la Comisión para hacerlo efectivo.


    (1)  De conformidad con los artículos 93 y 94 del Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas.


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