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Document 62008TN0440

    Asunto T-440/08: Recurso interpuesto el 1 de octubre de 2008 — 1-2-3.TV/OAMI — Zweites Deutsches Fernsehen y Televersal Film- und Fernseh-Produktion (1-2-3.TV)

    DO C 327 de 20.12.2008, p. 34–35 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    20.12.2008   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 327/34


    Recurso interpuesto el 1 de octubre de 2008 — 1-2-3.TV/OAMI — Zweites Deutsches Fernsehen y Televersal Film- und Fernseh-Produktion (1-2-3.TV)

    (Asunto T-440/08)

    (2008/C 327/62)

    Lengua en la que ha sido redactado el recurso: alemán

    Partes

    Demandante: 1-2-3.TV GmbH (Unterföhring, Alemania) (representantes: V. von Bomhard, A. Renck, T. Dolde y E. Nicolás Gómez, abogados)

    Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

    Otras partes en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Zweites Deutsches Fernsehen (Maguncia, Alemania) y Televersal Film- und Fernseh-Produktion GmbH (Hamburgo, Alemania)

    Pretensiones de la parte demandante

    Que se anule la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 30 de junio de 2008 en el asunto no R 1076/2007-1.

    Que se condene en costas a la demandada.

    Motivos y principales alegaciones

    Solicitante de la marca comunitaria: la demandante

    Marca comunitaria solicitada: la marca denominativa «1-2-3.TV» para servicios comprendidos en las clases 35, 38 y 41 — Solicitud no 3.763.133

    Titulares de la marca o del signo invocados en oposición: Zweites Deutsches Fernsehen y Televersal Film- und Fernseh-Produktion GmbH

    Marca o signo invocados en oposición: La marca figurativa nacional «1, 2 ODER 3 ZDF-ORF-SFDRS» para productos y servicios comprendidos en las clases 3, 5, 9, 12, 14, 16, 18, 21, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 32, 35, 38, 41 y 42

    Resolución de la División de Oposición: Estimación parcial de la oposición

    Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso

    Motivos invocados: Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 40/94 del Consejo, dado que no existe riesgo de confusión alguno entre las marcas en conflicto debido a la distinta impresión de conjunto que producen las marcas.


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