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Document C2007/283/19
Case C-394/07: Reference for a preliminary ruling from the Corte d'Appello di Milano (Italy) lodged on 22 August 2007 — Marco Gambazzi v Daimler Chrysler Canada Inc and CIBC Mellon Trust Company
Asunto C-394/07: Petición de decisión prejudicial planteada por la Corte d'appello di Milano (Italia) el 22 de agosto de 2007 — Marco Gambazzi/DaimlerChrysler Canada Ind., CIBC Mellon Trust Company
Asunto C-394/07: Petición de decisión prejudicial planteada por la Corte d'appello di Milano (Italia) el 22 de agosto de 2007 — Marco Gambazzi/DaimlerChrysler Canada Ind., CIBC Mellon Trust Company
DO C 283 de 24.11.2007, p. 11–11
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
24.11.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 283/11 |
Petición de decisión prejudicial planteada por la Corte d'appello di Milano (Italia) el 22 de agosto de 2007 — Marco Gambazzi/DaimlerChrysler Canada Ind., CIBC Mellon Trust Company
(Asunto C-394/07)
(2007/C 283/19)
Lengua de procedimiento: italiano
Órgano jurisdiccional remitente
Corte d'appello di Milano
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Marco Gambazzi
Demandada: DaimlerChrysler Canada Ind., CIBC Mellon Trust Company
Cuestiones prejudiciales
1) |
Si, sobre la base de la cláusula del orden público establecida en el artículo 27, apartado 1, del Convenio de Bruselas, el juez del Estado en que se solicita el otorgamiento de la ejecución puede tener en cuenta el hecho de que el juez del Estado en el que se adoptó la resolución ha negado a la parte que ha perdido el proceso, que había comparecido en juicio, la posibilidad de desarrollar cualquier actividad en su defensa tras adoptar la decisión de excluirla del proceso (debarment) en los términos antes expuestos, |
2) |
o bien si la interpretación de dicha disposición, unida a los principios que cabe inferir de los artículos 26 y ss. del Convenio de Bruselas, relativos al reconocimiento y ejecución recíprocos de las resoluciones judiciales en el ámbito comunitario, impide que el juez nacional pueda considerar contrario al orden público, en el sentido del artículo 27, apartado 1, el desarrollo de un proceso civil en el que se impide a una parte el ejercicio del derecho de defensa, en virtud de una decisión de exclusión del proceso adoptada por el juez a raíz del incumplimiento de una orden suya. |