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Dokument C2007/199/102
Case F-62/07: Action brought on 20 June 2007 — De Fays v Commission
Asunto F-62/07: Recurso interpuesto el 20 de junio de 2007 — De Fays/Comisión
Asunto F-62/07: Recurso interpuesto el 20 de junio de 2007 — De Fays/Comisión
DO C 199 de 25.8.2007, p. 53–53
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
25.8.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 199/53 |
Recurso interpuesto el 20 de junio de 2007 — De Fays/Comisión
(Asunto F-62/07)
(2007/C 199/102)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: Chantal de Fays (Bruselas, Bélgica) (representantes: P.-P. Gehuchten y Ph. Reyniers, abogados)
Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas
Pretensiones de la parte demandante
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Que se anule la Decisión de la Comisión de 16 de marzo de 2007 por la que se desestima el recurso administrativo relativo a una indemnización interpuesto por la demandante. |
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Que se condene a la Comisión a abonarle la cantidad de 25 000 euros. |
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Que se condene en costas a la Comisión. |
Motivos y principales alegaciones
La demandante presentó una reclamación contra la decisión de 15 de septiembre de 2006 de la Autoridad Facultada para Proceder a los Nombramientos (AFPN) por la que se le concedía una indemnización limitada a 500 euros como reparación por el daño moral sufrido por la elaboración de sus informes de evolución de carrera (IEC) referidos a los años 2003, 2004 y 2005. Mediante la decisión impugnada, la AFPN desestimó dicha reclamación.
En apoyo de su recurso, la demandante alega que los procedimientos de elaboración de los IEC litigiosos son extemporáneos y generan un estado de incertidumbre respecto de la evolución de su carrera. Además, la reiteración de contenidos supuestamente ofensivos e inapropiados en cada uno de los IEC engendra, en su opinión, un daño moral. La Comisión, a su juicio, ha incumplido las obligaciones que le incumben con arreglo a los principios de protección de la dignidad de la persona, de buena administración y de asistencia y, por analogía, según las disposiciones comunitarias aplicables al acoso laboral (1).
(1) Directiva 2006/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación (refundición) (DO L 204, p. 23); Directiva del Consejo 2004/113/CE, de 13 de diciembre de 2004, por la que se aplica el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres al acceso a bienes y servicios y su suministro (DO L 373, p. 37); Directiva 2002/73/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2002, que modifica la Directiva 76/207/CEE del Consejo relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación y a la promoción profesionales, y a las condiciones de trabajo (DO L 269, p. 15).