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Document C2007/199/10
Case C-327/05: Judgment of the Court (First Chamber) of 5 July 2007 — Commission of the European Communities v Kingdom of Denmark (Failure of a Member State to fulfil obligations — Directive 85/374/EEC — Liability for defective products — Liability of the supplier for a defective product)
Asunto C-327/05: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 5 de julio de 2007 — Comisión de las Comunidades Europeas/Reino de Dinamarca (Incumplimiento de Estado — Directiva 85/374/CEE — Responsabilidad por los daños causados por los productos defectuosos — Responsabilidad del proveedor de un producto defectuoso)
Asunto C-327/05: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 5 de julio de 2007 — Comisión de las Comunidades Europeas/Reino de Dinamarca (Incumplimiento de Estado — Directiva 85/374/CEE — Responsabilidad por los daños causados por los productos defectuosos — Responsabilidad del proveedor de un producto defectuoso)
DO C 199 de 25.8.2007, p. 7–7
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
25.8.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 199/7 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 5 de julio de 2007 — Comisión de las Comunidades Europeas/Reino de Dinamarca
(Asunto C-327/05) (1)
(Incumplimiento de Estado - Directiva 85/374/CEE - Responsabilidad por los daños causados por los productos defectuosos - Responsabilidad del proveedor de un producto defectuoso)
(2007/C 199/10)
Lengua de procedimiento: danés
Partes
Demandante: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: N. Rasmussen, A. Caeiros y H. Stølbæk, agentes)
Demandada: Reino de Dinamarca (representante: J. Molde, agente)
Objeto
Incumplimiento de Estado — Adaptación incorrecta del ordenamiento jurídico interno a la Directiva 85/374/CEE, de 25 de julio de 1985, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de responsabilidad por los daños causados por productos defectuosos (DO L 210, p. 29) — Legislación nacional que prevé la responsabilidad del distribuidor de un producto defectuoso en las mismas condiciones que la del productor.
Fallo
1) |
Declarar que el Reino de Dinamarca ha incumplido las obligaciones que le incumben para dar pleno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3, apartado 3, de la Directiva 85/374/CEE, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de responsabilidad por los daños causados por productos defectuosos, al haber adoptado y mantenido en vigor normas con arreglo a las cuales los distribuidores son responsables en la cadena comercial en las mismas condiciones que los productores. |
2) |
Condenar en costas al Reino de Dinamarca. |