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Document 62007TN0192

Asunto T-192/07: Recurso interpuesto el 4 de junio de 2007 — Comité de défense de la viticulture charentaise/Comisión

DO C 170 de 21.7.2007, p. 36–36 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

21.7.2007   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 170/36


Recurso interpuesto el 4 de junio de 2007 — Comité de défense de la viticulture charentaise/Comisión

(Asunto T-192/07)

(2007/C 170/69)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Comité de défense de la viticulture charentaise (Sainte-Sévère, Francia) (representante: C.-E. Gudin, abogado)

Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas

Pretensiones de la parte demandante

Que se anule la Decisión no SG-Greffe (2007) D/202076 de la Comisión, de 3 de abril de 2007, dirigida al representante de la demandante y, en consecuencia, que se declare la nulidad del acto impugnado mediante el presente recurso.

Que se anule en su totalidad la Decisión de la Comisión por la que ésta desestima la reclamación de la demandante.

Motivos y principales alegaciones

Mediante Decisión de 3 de abril de 2007, la Comisión decidió no dar curso a la reclamación de la demandante relativa a la supuesta infracción del artículo 81 CE por parte del Institut National des Appellations d'Origine (INAO) de Francia y la supuesta infracción de los artículos 81 y 82 CE por parte de las grandes casas de comerciantes de aguardiente de coñac (Asunto COMP/38863/B2-MODEF). Mediante el presente recurso, la demandante solicita la anulación de dicha Decisión.

En apoyo de su recurso, la demandante invoca tres motivos.

El primer motivo se basa en la supuesta incompetencia del miembro de la Comisión que suscribió el acto impugnado, cuando firmó dicho acto «en nombre de la Comisión».

En segundo lugar, la demandante alega que la Decisión no estaba suficientemente motivada en la medida en que, en el escrito por el que desestimó la reclamación, la Comisión no respondió a todos los elementos presentados por la demandante.

Mediante su tercer motivo, la demandante afirma que la Comisión no examinó la reclamación con suficiente seriedad.


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