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Document 52006AE1568

    Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento xxx/2006 sobre medicamentos pediátricos y por el que se modifican el Reglamento (CEE) n o 1768/92, la Directiva 2001/20/CE, la Directiva 2001/83/CE y el Reglamento (CE) n o 726/2004 COM(2006) 640 final — 2006-0207 (COD)

    DO C 325 de 30.12.2006, p. 1–1 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    30.12.2006   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 325/1


    Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento xxx/2006 sobre medicamentos pediátricos y por el que se modifican el Reglamento (CEE) no 1768/92, la Directiva 2001/20/CE, la Directiva 2001/83/CE y el Reglamento (CE) no 726/2004»

    COM(2006) 640 final — 2006-0207 (COD)

    (2006/C 325/01)

    El 9 de noviembre de 2006, de conformidad con el artículo 95 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el Consejo decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la propuesta mencionada.

    La Mesa del Comité Económico y Social Europeo encargó a la Sección Especializada de Mercado Único, Producción y Consumo la preparación de los trabajos en este asunto.

    Dada la urgencia de los trabajos, en su 431o Pleno de los días 13 y 14 de diciembre de 2006 (sesión del 13 de diciembre de 2006), el Comité Económico y Social Europeo ha nombrado ponente general a la Sra. HEINISCH y ha aprobado por 125 votos a favor y 1 abstención el presente Dictamen.

    1.   Conclusiones

    1.1

    La Decisión 2006/512/CE del Consejo, aprobada 17 de julio de 2006 y por la que se modifica la Decisión 1999/468/CE del Consejo, se basa en el artículo 202 del Tratado. La Decisión 2006/512/CE ha introducido un nuevo tipo de modalidad de ejercicio de competencias de ejecución: el procedimiento de reglamentación con control.

    1.2

    Todos los instrumentos jurídicos en proceso de elaboración que, después de la entrada en vigor de la Decisión de comitología 2006/512/CE, hagan referencia a un procedimiento de reglamentación de un acto jurídico de base que haya sido aprobado de conformidad con el procedimiento de codecisión del artículo 251 del Tratado, pero que todavía no haya sido publicado, deberán ser consecuentemente modificados. El reglamento xxx/2006 sobre medicamentos pediátricos fue aprobado oficialmente el 23 de octubre de 2006, pero todavía no ha sido publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, por lo que aún no ha entrado en vigor.

    1.3

    La propuesta de la Comisión examinada modifica el Reglamento xxx/2006 sobre medicamentos pediátricos en previsión de la adopción de esas dos competencias de ejecución, es decir, el apartado 2 del artículo 20 y el apartado 3 del artículo 49 en el marco del nuevo procedimiento de reglamentación con control, ya que están encaminadas a completar el reglamento con la incorporación de elementos no esenciales:

    en el artículo 20, apartado 2, para definir con más precisión el fundamento de la concesión de un aplazamiento, y

    en el artículo 49, apartado 3, en lo que respecta a los importes máximos y a las condiciones y los métodos de cobro de las sanciones financieras.

    2.   Recomendación

    2.1

    La propuesta de la Comisión examinada es plenamente conforme con los procedimientos que confieren competencias de ejecución a la Comisión y con las disposiciones de esos procedimientos. El CESE suscribe sin reserva la propuesta de la Comisión.

    Bruselas, 13 de diciembre de 2006.

    El Presidente

    del Comité Económico y Social Europeo

    Dimitris DIMITRIADIS


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