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Document 52006XC1004(03)

    Comunicación del Gobierno francés relativa a la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 1994 , sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos (Anuncio relativo a la solicitud de permiso exclusivo de investigación de hidrocarburos líquidos o gaseosos denominado Permis de Ferrières ) (Texto pertinente a efectos del EEE)

    DO C 239 de 4.10.2006, p. 14–15 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    4.10.2006   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 239/14


    Comunicación del Gobierno francés relativa a la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 1994, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos (1)

    (Anuncio relativo a la solicitud de permiso exclusivo de investigación de hidrocarburos líquidos o gaseosos denominado «Permis de Ferrières»)

    (2006/C 239/04)

    (Texto pertinente a efectos del EEE)

    Mediante solicitud de 16 de agosto de 2006, la empresa Essence de Paris, con sede social en el 26 bis, rue du Cornouille, F-780 Verneuil-sur-Seine, solicitó un permiso exclusivo, denominado «Permis de Montargis», para la investigación de hidrocarburos líquidos o gaseosos en una superficie de aproximadamente 538 kilómetros cuadrados, situada en parte del territorio del departemento de Loiret. Esta solicitud inicial fue objeto de un anuncio de licitación publicado en el DO C 27 de 3 de febrero de 2006.

    Mediante solicitud de 28 de febrero de 2006, la empresa Lundin International, con sede social en MacLaunay, F–51210 Montmirail, compitió con Montargis al solicitar un permiso exclusivo de tres años, denominado «Permis de Ferrières», para la investigación de hidrocarburos líquidos o gaseosos en una superficie de aproximadamente de 403 kilómetros cuadrados, situada en parte del territorio de los departamentos de Loiret y de Seine-et-Marne. El perímetro solicitado está constituido por los arcos que forman los meridianos y paralelos que enlazan sucesivamente los vértices definidos a continuación por sus coordenadas geográficas, siendo el meridiano de origen el de París.

    Vértices

    Longitud

    Latitud

    A

    0,30 gr E

    53,50 gr N

    B

    0,60 gr E

    53,50 gr N

    C

    0,60 gr E

    53,30 gr N

    D

    0,30 gr E

    53,30 gr N

    Esta solicitud presenta una parte común con la solicitud de Montargis, cuyo plazo de licitación ya ha expirado, y una parte exterior. Su perímetro está constituido por los arcos que forman los meridianos y paralelos que enlazan sucesivamente los vértices definidos a continuación por sus coordenadas geográficas, siendo el meridiano de origen el de París.

    Vértices

    Longitud

    Latitud

    A

    0,30 gr E

    53,50 gr N

    B

    0,60 gr E

    53,50 gr N

    C

    0,60 gr E

    53,40 gr N

    D

    0,30 gr E

    53,40 gr N

    Presentación de solicitudes

    Los titulares de la solicitud inicial y de las que compitan con ésta deberán justificar que cumplen las condiciones necesarias para la concesión del título, definidas en los artículos 3, 4 y 5 del Decreto 95-427 de 19 de abril de 1995 modificado relativo a los títulos mineros, mantenidos en vigor por el artículo 63 del Decreto 2006-648 de 2 de junio de 2006 relativo a los títulos mineros y a los títulos de almacenamiento subterráneo.

    Las empresas interesadas podrán presentar una solicitud, en el plazo de noventa días a partir de la fecha de publicación del presente anuncio, de conformidad con el procedimiento resumido en el «Anuncio para la obtención de títulos mineros de hidrocarburos en Francia», publicado en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 374 de 30 de diciembre de 1994, página 11, y establecido mediante el Decreto 95-427 citado.

    Las solicitudes se remitirán al ministro responsable de minas, cuya dirección se indica más adelante. Las decisiones sobre la solicitud inicial y sobre las solicitudes que compitan con ésta se adoptarán en un plazo de dos años a partir de la fecha de recepción por las autoridades francesas de la solicitud inicial, esto es, a más tardar el 16 de agosto de 2007.

    Condiciones y requisitos sobre el ejercicio de la actividad y su cese

    Se invita a los solicitantes a remitirse a los artículos 79 y 79.1 del código minero y al Decreto no 95-696 de 9 de mayo de 1995 modificado («décret no 95-696 du 9 mai 1995 modifié, relatif à l'ouverture des travaux miniers et à la police des mines»), publicado en el Journal officiel de la République française de 11 de mayo de 1995.

    Para cualquier información complementaria pueden dirigirse al «Ministère de l'économie, des finances et de l'industrie» (direction générale de l'énergie et des matières premières, direction des ressources énergétiques et minérales, bureau de la législation minière), 61, boulevard Vincent Auriol, Télédoc 133, F-75703 Paris Cedex 13 [teléfono: (33) 144 97 23 02, fax: (33) 144 97 05 70].

    Las disposiciones legales y reglamentarias anteriormente mencionadas pueden consultarse en el sitio Légifrance:

    http://www.legifrance.gouv.fr


    (1)  DO L 164 de 30.6.1994, p. 3.


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