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Document C2006/131/33

    Asunto C-455/04: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 23 de febrero de 2006 — Comisión de las Comunidades Europeas/Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (Incumplimiento de Estado — Directiva 2001/55/CE — Política de asilo — Afluencia masiva de personas desplazadas — Protección temporal — Normas mínimas — No adaptación del Derecho interno en el plazo señalado)

    DO C 131 de 3.6.2006, p. 19–19 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    3.6.2006   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 131/19


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 23 de febrero de 2006 — Comisión de las Comunidades Europeas/Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

    (Asunto C-455/04) (1)

    (Incumplimiento de Estado - Directiva 2001/55/CE - Política de asilo - Afluencia masiva de personas desplazadas - Protección temporal - Normas mínimas - No adaptación del Derecho interno en el plazo señalado)

    (2006/C 131/33)

    Lengua de procedimiento: inglés

    Partes

    Demandante: Comisión de las Comunidades Europeas (representante: C. O'Reilly, agente)

    Demandada: Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (representante: C. White)

    Objeto

    Incumplimiento de Estado — No adaptación del Derecho interno, dentro del plazo establecido a tal efecto, a la Directiva 2001/55/CE del Consejo, de 20 de julio de 2001, relativa a las normas mínimas para la concesión de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas y a medidas de fomento de un esfuerzo equitativo entre los Estados miembros para acoger a dichas personas y asumir las consecuencias de su acogida (DO L 212, p. 12)

    Fallo

    1)

    Declarar que el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2001/55/CE del Consejo, de 20 de julio de 2001, relativa a las normas mínimas para la concesión de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas y a medidas de fomento de un esfuerzo equitativo entre los Estados miembros para acoger a dichas personas y asumir las consecuencias de su acogida, al no haber adoptado en el plazo señalado las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en dicha Directiva.

    2)

    Condenar en costas al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.


    (1)  DO C 6 de 8.1.2005.


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