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Document C2006/131/06

    Asunto C-253/03: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 23 de febrero de 2006 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesfinanzhof) — CLT-UFA SA/Finanzamt Köln-West (Libertad de establecimiento — Legislación tributaria — Impuestos sobre los beneficios de las sociedades)

    DO C 131 de 3.6.2006, p. 4–4 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    3.6.2006   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 131/4


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 23 de febrero de 2006 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesfinanzhof) — CLT-UFA SA/Finanzamt Köln-West

    (Asunto C-253/03) (1)

    (Libertad de establecimiento - Legislación tributaria - Impuestos sobre los beneficios de las sociedades)

    (2006/C 131/06)

    Lengua de procedimiento: alemán

    Órgano jurisdiccional remitente

    Bundesfinanzhof

    Partes en el procedimiento principal

    Demandante: CLT UFA SA

    Demandada: Finanzamt Köln-West

    Objeto

    Prejudicial — Bundesfinanzhof — Interpretación del art. 52 del Tratado CE (actualmente artículo 43 CE, tras su modificación) y 58 del Tratado CE (actualmente artículo 48 CE) — Legislación nacional en materia de impuestos sobre los beneficios de las sociedades — Impuesto sobre los establecimientos permanentes — Tipo impositivo de los beneficios realizados por las sucursales de sociedades anónimas extranjeras superior al tipo impositivo de los beneficios realizados por las filiales y distribuidos a las sociedades matrices extranjeras

    Fallo

    1)

    Los artículos 52 del Tratado CE (actualmente artículo 43 CE, tras su modificación) y 58 del Tratado CE (actualmente artículo 48 CE) se oponen a una normativa nacional, como la controvertida en el litigio principal, que prevé, para las sucursales de sociedades domiciliadas en otros Estados miembros, un tipo impositivo sobre los beneficios superior al aplicable a los beneficios de las filiales de sociedades de esta índole en caso de distribución íntegra de estos últimos a la sociedad matriz.

    2)

    Corresponde al órgano jurisdiccional nacional determinar el tipo impositivo que debe aplicarse a los beneficios de una sucursal como la que es objeto del litigio principal, en función del tipo impositivo total que hubiera sido aplicable en caso de distribución de los beneficios de una filial a su sociedad matriz.


    (1)  DO C 200, de 23.8.2003.


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