EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document C2006/121/23

Asunto T-307/05: Recurso interpuesto el 8 de agosto de 2005 — Fermont/Comisión

DO C 121 de 20.5.2006, p. 13–13 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

20.5.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 121/13


Recurso interpuesto el 8 de agosto de 2005 — Fermont/Comisión

(Asunto T-307/05)

(2006/C 121/23)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Alain Fermont (Kraainem, Bélgica) (representantes: L. Kakiese, abogado, N. Luzeyemo, abogado)

Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas

Pretensiones de la parte demandante

Que se ordene a la Comisión Europea que ponga fin a las actuaciones gravemente perjudiciales para el demandante de los dos funcionarios denunciados, que violan con ello las normas del Estatuto de los funcionarios.

Que se haga constar que se ha violado el deber de protección de la confianza legítima.

Que se haga constar que el demandante ha sido víctima de acoso moral por parte de los dos funcionarios denunciados.

Que se condene a la Comisión Europea a abonar 5 040 000 euros en concepto de indemnización del perjuicio moral, físico y material, por haberse abstenido de actuar contra las actuaciones gravemente perjudiciales para el demandante de los dos funcionarios.

Motivos y principales alegaciones

El demandante en el presente asunto había celebrado un contrato laboral con el Centro para el desarrollo de las empresas (CDE), organismo dependiente del grupo de Estados ACP. En ejecución de dicho contrato, la misión encomendada al demandante consistía en implantar un sistema de armonización sanitaria y vigilar la pesca en Santo Tomé y Príncipe y en el Golfo de Guinea.

El demandante alega en primer lugar que la parte demandada obstaculizó el ejercicio de sus funciones.

Alega igualmente una infracción del Reglamento (CE) no 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, así como de las disposiciones del Estatuto de los funcionarios que prohíben el acoso moral y consagran el deber de independencia.


Top