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Document C2005/243/03

    Asunto C-197/05 P: Recurso de casación interpuesto el 4 de mayo de 2005 por Energy Technologies ET SA contra el auto dictado el 28 de febrero de 2005 por la Sala Cuarta del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas en el asunto T-445/04, Energy Technologies ET SA contra Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos) (OAMI), y en el que la otra parte en el procedimiento seguido ante la Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos) es Aparellaje eléctrico, SL

    DO C 243 de 1.10.2005, p. 2–2 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    1.10.2005   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 243/2


    Recurso de casación interpuesto el 4 de mayo de 2005 por Energy Technologies ET SA contra el auto dictado el 28 de febrero de 2005 por la Sala Cuarta del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas en el asunto T-445/04, Energy Technologies ET SA contra Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos) (OAMI), y en el que la otra parte en el procedimiento seguido ante la Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos) es Aparellaje eléctrico, SL

    (Asunto C-197/05 P)

    (2005/C 243/03)

    Lengua de procedimiento: inglés

    En el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 4 de mayo de 2005 un recurso de casación formulado por Energy Technologies ET SA, con domicilio social en Friburgo (Suiza), representada por la Sra. A. Boman, contra el auto dictado el 28 de febrero de 2005 por la Sala Cuarta del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas en el asunto T-445/04, (1) Energy Technologies ET SA contra Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos) (OAMI) y en el que la otra parte en el procedimiento seguido ante la Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos) es Aparellaje eléctrico, SL.

    La parte recurrente solicita al Tribunal de Justicia que:

    1)

    Anule la resolución recurrida y devuelva el asunto al Tribunal de Primera Instancia para que se pronuncie en relación con el problema relativo a la marca.

    2)

    Suspenda por otros seis meses el curso del procedimiento con el fin de poder valorar la necesidad de ulterior fundamentación de este recurso de casación y, en su caso, para la presentación de un dictamen pericial.

    Motivos y principales alegaciones

    En el auto recurrido el Tribunal de Primera Instancia inadmitió el recurso por considerar que Energy Technologies ET SA no estaba representada por un abogado con arreglo al artículo 19 del Estatuto del Tribunal de Justicia.

    La recurrente alega que el Tribunal de Primera Instancia interpretó indebidamente el artículo 19 del Estatuto del Tribunal de Justicia y que es incorrecta su apreciación de que la recurrente no estaba representada por un abogado, con arreglo a dicho artículo.


    (1)  DO C 182, de 23.7.2005, p. 36.


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