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Document 52004AR0338

    Dictamen del Comité de las Regiones sobre la «Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre la entrada organizada en la UE de personas necesitadas de protección internacional y el incremento de la capacidad de protección de las regiones de origen — Mejora del acceso a soluciones durables»

    DO C 231 de 20.9.2005, p. 55-57 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    20.9.2005   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 231/55


    Dictamen del Comité de las Regiones sobre la «Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre la entrada organizada en la UE de personas necesitadas de protección internacional y el incremento de la capacidad de protección de las regiones de origen — Mejora del acceso a soluciones durables»

    (2005/C 231/07)

    EL COMITÉ DE LAS REGIONES,

    vista la «Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre la entrada organizada en la UE de personas necesitadas de protección internacional y el incremento de la capacidad de protección de las regiones de origen — Mejora del acceso a soluciones durables» (COM(2004) 410 final),

    vista la decisión de la Comisión, de 25 de agosto de 2004, de consultarle sobre este asunto, conforme al primer párrafo del artículo 265 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    vista la decisión de su Presidente, de 5 de abril de 2004, de solicitar a la Comisión de Relaciones Exteriores la elaboración de un dictamen sobre este asunto,

    visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, en particular su artículo 62, apartado 2, letra b),

    visto el Tratado por el que se establece una Constitución para Europa, en particular los artículos II-61, II-78, II-79 y III-266, III-267 y III-268,

    vista la Convención de Ginebra sobre el estatuto de los refugiados de 28 de julio de 1951, complementada con el Protocolo de Nueva York de 31 de enero de 1967,

    vistas las Conclusiones de la Presidencia sobre el Programa de La Haya: consolidación de la libertad, la seguridad y la justicia en la Unión Europea y, en particular, de las orientaciones particulares en materia de asilo, inmigración y política transfronteriza (punto 1.2) y de la dimensión externa del asilo y la inmigración (punto 1.6),

    visto su Dictamen sobre la «Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones sobre inmigración, integración y empleo» (COM(2003) 336 final — CDR 223/2003 fin (1)),

    vistos sus dictámenes dedicados específicamente a la política de refugiados (CDR 90/2001 fin (2)), CDR 214/2001 fin (3), CDR 93/2002 fin (4), CDR 249/2003 (5)),

    visto su proyecto de Dictamen (CDR 338/2004 rev.1) aprobado el 7 de febrero de 2005 por la Comisión de Relaciones Exteriores (ponente: Sr. SÉRTŐ-RADICS, Alcalde de Uszka (HU-ELDR)),

    1)

    considerando que, para encontrar soluciones duraderas, se debe mejorar el reparto de competencias entre los Estados miembros en materia de entrada organizada en la UE de personas necesitadas de protección internacional e incrementar la capacidad de protección de los países de origen con vistas a definir y aplicar en todos los Estados miembros una política común en materia de refugiados,

    2)

    considerando que, para alcanzar dicho objetivo, los Estados miembros y las regiones concernidas –incluidos los países o regiones de origen y de tránsito– deben recibir los fondos necesarios, teniendo especialmente en cuenta la ampliación de la UE y las necesidades que experimentan los nuevos Estados miembros,

    ha aprobado en su 59o Pleno celebrado los días 13 y 14 de abril de 2005 (sesión del 14 de abril) el presente dictamen.

    1.   Opinión del Comité de las Regiones

    EL COMITÉ DE LAS REGIONES

    1.1

    respalda la propuesta de la Comisión Europea sobre la entrada organizada en la UE de personas necesitadas de protección internacional y el incremento de la capacidad de protección de las regiones de origenMejora del acceso a soluciones durables y, en particular, los programas comunitarios de protección regional, que mejoran la capacidad de protección de los países de las regiones de origen (países vecinos y de tránsito),

    1.2

    señala la necesidad de seguir las recomendaciones del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados en cuanto a la persecución por motivo de género como una de las causas para el reconocimiento de la condición de refugiado,

    1.3

    acoge favorablemente la intención de la Comisión Europea de hacer que los países de tránsito participen en su enfoque de acercamiento a las personas necesitadas de protección internacional, pero considera que se debe prestar más atención a dichos países de tránsito en lo que se refiere al cometido de las regiones y a la prestación de la asistencia que necesitan,

    1.4

    insiste en que los efectos de la acogida de personas necesitadas de protección internacional resultan más evidentes en el ámbito local, concretamente en las comunidades a las que llegan. En consecuencia, resulta esencial que los entes locales y regionales participen en la toma de decisiones relativas a la acogida e integración de los solicitantes de asilo y refugiados,

    1.5

    hace especial hincapié en el cometido esencial que desempeñan los entes locales y regionales en el ejercicio de su responsabilidad en materia de acogida de personas necesitadas de protección internacional y de acciones para fomentar la integración. En consecuencia, lamenta que en su propuesta la Comisión Europea no prevea realizar consultas suficientemente amplias a los entes locales y regionales con vistas a planificar la ejecución del programa y a adoptar las decisiones relativas a su financiación. La propuesta no garantiza suficientemente que los interlocutores locales y regionales puedan participar en el desarrollo de buenas prácticas en relación con las acciones comunitarias,

    1.6

    considera importante, en este sentido, garantizar una mayor coherencia e integración entre los objetivos, los instrumentos y los procedimientos de las políticas internas y externas, en particular por lo que respecta a los problemas de carácter transfronterizo;

    1.7

    llama la atención sobre la circunstancia de que la cooperación y la acción conjunta de los entes locales y regionales de que se trate –incluidos los entes locales y regionales de los Estados miembros de acogida, los países de origen y los países de tránsito– pueden contribuir notablemente a respaldar a las personas necesitadas de protección internacional,

    1.8

    considera necesario analizar y estudiar más detenidamente el programa comunitario de reasentamiento a la luz de su posible impacto social en las zonas menos desarrolladas de los Estados miembros o regiones de que se trate y que acusan una alta tasa de desempleo, en particular en lo que respecta a sus mercados laborales,

    1.9

    reconoce la importancia de la política comunitaria de apoyo a las poblaciones de las regiones y los países pobres menos desarrollados, pero, por otra parte, hace hincapié en la importancia de un tratamiento equitativo para todos los ciudadanos de la UE a fin de que las medidas adoptadas en el marco del programa de reasentamiento cuenten con un mayor apoyo por parte de los ciudadanos,

    1.10

    propone que la Comisión Europea, en colaboración con las ONG y otras partes interesadas, emprendan un estudio más detallado sobre las cuestiones jurídicas que ello plantea, con vistas a establecer criterios objetivos y uniformes que permitan determinar los casos de las personas necesitadas de protección internacional para su reasentamiento y, en consecuencia, garantizar la salvaguarda de los derechos humanos y la no discriminación, así como la asistencia jurídica que necesitan los países y regiones de acogida. También considera importante garantizar la integración en el mercado laboral de aquellos refugiados que lleguen a los Estados miembros en el marco de un programa de reasentamiento para que gocen de los mismos derechos que todos los ciudadanos de la UE.

    2.   Recomendaciones del Comité de las Regiones

    EL COMITÉ DE LAS REGIONES

    2.1

    acoge favorablemente la Comunicación de la Comisión como base adecuada para futuras evaluaciones, pero considera que es necesario llevar a cabo análisis y estudios adicionales, en particular por lo que se refiere al programa comunitario de reasentamiento, y, por tanto, recomienda ampliar el plazo para presentar al Consejo la propuesta de programa de reasentamiento con vistas a preparar el documento con mayor detenimiento,

    2.2

    pide una mayor participación de los entes locales y regionales en la elaboración y la puesta en marcha de las políticas de inmigración y de asilo, para lo que deberán contar con el apoyo financiero necesario,

    2.3

    propone que se analice la posibilidad de ampliar la financiación que se concede en el marco de la política de cooperación regional y de la política de nueva vecindad, que corresponde al tercer objetivo de los Fondos Estructurales para el período 2007-2013, de manera que cubra las referidas tareas, y aboga por una coordinación eficaz entre los programas multilaterales conjuntos realizados en el marco de este objetivo y los planes de acción bilaterales que se pondrán en marcha en virtud de la política de vecindad,

    2.4

    dada la relevancia del fenómeno migratorio en la zona mediterránea, se propone que en futuras convocatorias de programas destinados a la regulación de los flujos migratorios, como el Programa AENEAS, se sigan considerando prioritarios los proyectos encaminados a la intervención en esta área,

    2.5

    pide que, a la hora de aplicar el programa comunitario de reasentamiento, se garantice la igualdad de trato entre los refugiados que se reinstalen en los Estados miembros y todos los ciudadanos de la UE,

    2.6

    se muestra a favor de la aplicación de las Conclusiones de la Presidencia sobre el Programa de La Haya y considera oportuno invitar a los entes locales y regionales a participar en el proyectado diálogo intercultural entre todos los miembros de la sociedad mediante foros y actividades comunes destinados a mejorar la comprensión mutua con respecto a todos los ámbitos políticos relacionados con la integración.

    Bruselas, 14 de abril de 2005.

    El Presidente

    del Comité de las Regiones

    Peter STRAUB


    (1)  DO C 109 de 30.4.2004 pp. 46-49.

    (2)  DO C 19 de 22.1.2002 pp. 20-22.

    (3)  DO C 107 de 3.5.2002 pp. 85-88.

    (4)  DO C 278 de 14.11.2002 pp. 44-48.

    (5)  DO C 23 de 27.1.2004 pp. 30-32.


    Sus