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Document 52004AR0337

Dictamen del Comité de las Regiones sobre la «Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Estudio sobre los vínculos entre la migración legal e ilegal»

DO C 231 de 20.9.2005, p. 50–55 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

20.9.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 231/50


Dictamen del Comité de las Regiones sobre la «Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Estudio sobre los vínculos entre la migración legal e ilegal»

(2005/C 231/06)

EL COMITÉ DE LAS REGIONES,

Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones «Estudio sobre los vínculos entre la migración legal e ilegal» (COM(2004) 412 final);

Vista la decisión de la Comisión Europea, de 4 de junio de 2004, de consultarle sobre este asunto, conforme al primer párrafo del artículo 265 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea;

Vista la decisión de su Presidente, de 5 de abril de 2004, de solicitar a la Comisión de Relaciones Exteriores la elaboración de un dictamen sobre este asunto;

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, en particular su artículo 63, apartado 2, letra b);

Vistas las conclusiones de la Presidencia sobre el Programa de La Haya: Consolidación de la libertad, la seguridad y la justicia en la Unión Europea y, en particular, Orientaciones específicas sobre la política de asilo, migración y fronteras (punto 1.2) y la dimensión exterior del asilo y la migración (punto 1.6);

Visto su Dictamen sobre la Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones sobre inmigración, integración y empleo (COM(2003) 336 final — CDR 223/2003 fin (1));

Visto su Dictamen sobre la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo relativa a la presentación de una propuesta de Directiva y de dos propuestas de Recomendación destinadas a facilitar la admisión en la Comunidad Europea de nacionales de terceros países a efectos de investigación científica (COM(2004) 178 final — 2004/0061 (CNS) — 2004/0062 (CNS) — 2004/0063 (CNS)), aprobada el 17 de noviembre de 2004 (CDR 168/2004 fin);

Vistos sus demás dictámenes dedicados específicamente a la política de refugiados (CDR 90/2001 fin (2)), CDR 214/2001 fin (3), CDR 93/2002 fin (4), CDR 249/2003 (5));

Visto su proyecto de Dictamen (CDR 337/2004 rev.1) aprobado el 7 de febrero de 2005 por la Comisión de Relaciones Exteriores (ponente: Sr. Brown, Miembro del Consejo de Clackmannanshire (UK/UEN-AE));

1)

Considerando que el estudio llega a la conclusión de que «existe un vínculo entre la migración legal e ilegal, pero la relación es compleja y ciertamente no es directa»;

2)

Considerando que el estudio esboza una serie de iniciativas políticas para la creación de una política común de inmigración;

3)

Considerando que el estudio hace hincapié en la necesidad de disponer de estadísticas más fiables y comparables en el ámbito de la UE;

4)

Considerando que el envejecimiento de la población y la reducción de la población en edad de trabajar se traducirán en una carencia de trabajadores cualificados en el mercado laboral de la UE y harán necesario un continuo flujo de inmigración en la UE;

5)

Considerando que el Programa de La Haya decidido por el Consejo Europeo en noviembre de 2004 esboza un programa de trabajo para la creación de una política común de inmigración;

ha aprobado, en su 59o Pleno celebrado los días 13 y 14 de abril de 2005 (sesión del 13 de abril), el presente Dictamen.

1.   Observaciones del Comité de las Regiones

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

a)   Período de apreciación

1.1

Acoge con satisfacción el estudio de la Comisión Europea sobre los vínculos entre la migración legal e ilegal y considera que constituye una valiosa contribución con vistas a desarrollar una política de inmigración de la UE y, en especial, a esbozar las iniciativas políticas contempladas en dicho estudio.

1.2

Muestra un gran interés en este estudio habida cuenta del papel fundamental que desempeñan los entes locales y regionales en la acogida, establecimiento e integración de los inmigrantes. Los entes locales y regionales desempeñan un papel primordial en la prestación de servicios públicos a los inmigrantes, incluidos los relacionados con la vivienda, la educación, la salud y el empleo.

1.3

Desea enmarcar este estudio en el desarrollo de una política comunitaria de asilo y migración, con especial hincapié en las tareas establecidas en el Consejo Europeo de Tampere en octubre de 1999 y en la aprobación del Programa de La Haya por parte del Consejo Europeo de noviembre de 2004, en el que se destaca la importancia que reviste la política de migración.

1.4

Muestra su preocupación por la lentitud con la que el Consejo Europeo está desarrollando la política de migración de la UE sobre la base de las conclusiones acordadas en el Consejo de Tampere.

1.5

Señala que el estudio llega a la conclusión de que «existe un vínculo entre la migración legal e ilegal, pero la relación es compleja y ciertamente no es directa, puesto que hay que tener en cuenta diversos factores». No obstante, destaca que la inmigración ilegal constituye una grave preocupación en la UE, ya que puede menoscabar las políticas que se han ideado para fomentar la inmigración regular y ser un foco de hostilidad en las comunidades de acogida. Por este motivo, una prevención eficaz de la inmigración ilegal resulta esencial para la seguridad en el interior de la UE. Además, los inmigrantes ilegales pueden correr peligro en sus personas y ser víctimas de la explotación. Teniendo presentes estas circunstancias, es fundamental establecer una política equilibrada que contemple tanto acciones que garanticen unos niveles equitativos de inmigración regular como medidas para disuadir a los inmigrantes ilegales.

1.6

Subraya su preocupación por el uso del término «inmigración ilegal», especialmente cuando muchos inmigrantes de esta categoría no están sujetos a un procedimiento criminal, por lo que preferiríamos utilizar el término «inmigración irregular» cuando proceda.

1.7

Indica que el estudio expone un importante número de deficiencias en el ámbito de la investigación y solicita a la Comisión Europea que elabore un programa de investigación para colmar estas lagunas y, de esta manera, influir en la toma de decisiones políticas.

1.8

Apunta que este estudio incluye referencias a otras políticas comunitarias que también afectan a los inmigrantes como son la política de desarrollo y la Estrategia Europea de Empleo. Además, es consciente de que existe un amplio abanico de políticas comunitarias que influyen en la política de migración, especialmente en ámbitos de la política social y de empleo, y solicita que se constituya en la Comisión Europea un grupo a nivel de dirección general para coordinar aquellas actividades que afecten a los inmigrantes.

b.   Refuerzo de las consultas y la información en la UE

1.9

Coincide con las conclusiones del estudio en que «existe una falta de datos fiables y comparables en la UE» y considera que el plan de acción de la Comisión para la recogida y el análisis de estadísticas comunitarias en el ámbito de la migración (COM(2003) 179 final) y el primer informe anual sobre la migración y la integración (COM(2004) 508 final) constituyen un primer paso para abordar esta cuestión.

1.10

Hace hincapié en el importante papel que desempeñan los entes locales y regionales en la recogida de datos y estadísticas, y solicita la plena participación de dichos entes en las consultas encaminadas a la introducción de datos fiables y comparables en toda la UE una vez que se haya recopilado la información comparable.

1.11

Respalda el llamamiento que se hace en el estudio para llevar a cabo «un uso más intensivo y específico del intercambio de consultas e información» y valora positivamente la constitución de un grupo de expertos –conocido como el «Comité sobre inmigración y asilo»– y de una red de puntos de contacto nacionales para la integración.

1.12

Se muestra de acuerdo con la creación de una Red Europea de Migración y un Observatorio, y considera que los entes locales y regionales han de desempeñar un importante papel en esta red ya que pueden contribuir con su experiencia concreta y directa y con sus mejores prácticas.

1.13

Estima que se deben brindar más oportunidades para intercambiar experiencias y buenas prácticas, y otras actividades como la revisión de grupo inter pares en el ámbito de la política de inmigración, señala que esto es posible mediante la aprobación del método abierto de coordinación a la hora de crear una política de inmigración de la UE y pide al Consejo Europeo que apruebe las propuestas de la Comisión Europea al respecto.

c.   Desarrollo de nuevas iniciativas políticas en el marco de la política común de inmigración de la UE

Migración legal

1.14

Respalda el punto de vista de la Comisión Europea cuando afirma que, debido al efecto del declive demográfico y del envejecimiento de la población, es probable que continúe y aumente en la UE la contratación de nacionales de terceros países y la inmigración. Esta cuestión también se menciona en el informe Kok en el sentido de que el envejecimiento incrementará las exigencias en materia de pensiones y asistencia sanitaria a la vez que reducirá el número de personas en edad laboral capaces de producir la riqueza necesaria (6). Además, Kok recuerda las estimaciones de la Comisión Europea, de acuerdo con las cuales el mero impacto del envejecimiento demográfico reducirá los índices de crecimiento potencial de la UE desde la tasa actual, que oscila entre un 2 y un 2,25 %, hasta alrededor del 1,2 % en 2040 (7). Convendría destacar, además, otras externalidades positivas de carácter económico y social en el contexto de la migración como, por ejemplo, el nuevo capital humano, la especialización y el enriquecimiento humano.

1.15

Hace hincapié en que la dimensión regional reviste un carácter fundamental en las políticas de inmigración e integración de la UE, y considera que se trata de un tema de debate de gran importancia. La dimensión regional es fundamental ya que, mientras algunas regiones de la UE pierden población y sufren una grave carencia de trabajadores cualificados, otras registran un rápido crecimiento demográfico, con la consiguiente presión que ello supone para los servicios locales y el precio de la vivienda. Estima que aún queda mucho por hacer para desarrollar la dimensión local y regional de la inmigración, en particular en el ámbito de la integración. En la actualidad, este trabajo se lleva a cabo bajo el Programa INTI. En 2004, a este programa se le asignaron 6 millones de euros, pero se recibieron 158 solicitudes de becas cuya suma total ascendía a 42,58 millones de euros. Solicita un incremento sustancial de la financiación de este programa para el periodo 2007–2013.

1.16

Valora positivamente la intención de la Comisión Europea de emprender un amplio proceso de consultas sobre la admisión de los migrantes laborales. El Libro Verde «El planteamiento de la UE sobre la gestión de la inmigración económica» (COM(2004) 811 final) se publicó en 2005. Considera que su participación será muy importante habida cuenta de los posibles efectos que tiene la migración en los mercados laborales regionales y en los servicios que prestan los entes regionales y locales.

1.17

Coincide con el estudio cuando afirma que «el refuerzo de la integración de los nacionales de terceros países que residen legalmente en los Estados miembros es un objetivo esencial para la política de inmigración de la UE», lo que se alcanza mediante la integración en el mercado laboral, las facilidades para la movilidad de los nacionales de terceros países en la UE y el reconocimiento de las cualificaciones de nacionales de terceros países.

1.18

Acoge con satisfacción el principio de movilidad establecido en la Directiva sobre la situación de los residentes a largo plazo (noviembre de 2003). En esta Directiva se introducen derechos para la movilidad de quienes hayan residido en la UE más de cinco años, y se facilita la movilidad de los nacionales de terceros países mediante una ampliación del Reglamento 1408/71. Se muestra de acuerdo con la concesión de un cierto grado de movilidad en las propuestas de la Comisión relativas a la admisión de estudiantes e investigadores extranjeros.

1.19

Recalca la necesidad de contratar a un mayor número de investigadores en la UE para poder cumplir los objetivos de Lisboa. El Comité considera que este ámbito de contratación constituirá un test importante de cara al desarrollo de una política de migración de la UE y de su capacidad para resolver la carencia de trabajadores cualificados. En su Comunicación al Consejo y al Parlamento Europeo relativa a la admisión de nacionales de terceros países a efectos de investigación científica (COM(2004) 178 final), la Comisión Europea calculaba que se necesitarán 700 000 investigadores más antes de 2010 si la UE pretende cumplir sus objetivos de Lisboa.

1.20

Señala que el Consejo de Justicia e Interior decidió en noviembre de 2004 aplicar un enfoque global a esta Directiva. Si bien este enfoque incluye el reconocimiento de las cualificaciones y las condiciones laborales y fiscales, no parece contemplar una mitigación de las condiciones de admisión para las familias de los investigadores con contratos de duración limitada. El Comité considera que se trata de un factor clave para atraer a los investigadores, y situaría a los Estados miembros de la UE al mismo nivel de otros países, como Estados Unidos y Canadá.

1.21

Hace hincapié en la importante función que desempeñan la Estrategia Europea de Empleo y el Fondo Social Europeo a la hora de proporcionar unas competencias en materia de formación y empleo que resultan cruciales para integrar a los inmigrantes más recientes. La integración en el mercado laboral de los grupos desfavorecidos ha sido un tema central de la Estrategia Europea de Empleo al objeto de mantener la oferta de mano de obra, maximizar la adaptabilidad y responder a la escasez de mano de obra de carácter sectorial y regional. El objetivo de las nuevas directrices de empleo de la UE estriba en reducir las diferencias existentes a este respecto entre los nacionales de la UE y los nacionales de terceros países, que se cifraban en un 11,7 % en 2002. En el estudio no se hace ninguna mención de las actividades del Fondo Social Europeo encaminadas a fomentar la integración de los inmigrantes en el mercado de trabajo y la labor innovadora que llevan a cabo los entes locales y regionales en este ámbito.

1.22

Toma nota de las conclusiones que arroja el estudio sobre la eficacia de las medidas de regularización, tanto desde el punto de vista de los inmigrantes como del de los Estados miembros, y considera que las medidas de regularización a gran escala no suelen ser el medio más apropiado para resolver los problemas de la inmigración irregular. Ahora bien, la regularización individual caso por caso puede ser un instrumento útil cuando se tengan que abordar muchos ejemplos de inmigración irregular.

1.23

Está de acuerdo con las conclusiones del estudio al declarar que se «justifica que las regularizaciones no deberían considerarse una manera de gestionar los flujos de migración, puesto que, en realidad, a menudo parecen la consecuencia negativa de la política de migración», pero, una vez que los inmigrantes han arraigado en las comunidades locales, la regularización podría ser necesaria –previo examen individual de cada caso– para sacar a estas personas de la economía sumergida, incrementar los ingresos fiscales y promover la cohesión social. A este respecto revisten gran interés las observaciones recogidas en un informe de la Cámara de los Lores (8).

1.24

Coincide con el informe de la Cámara de los Lores cuando afirma que es inevitable algún tipo de regularización a largo plazo de los inmigrantes ilegales si se desea evitar la aparición de una subclase, cada vez mayor, de personas en situación irregular y vulnerables a la explotación. El informe de la Cámara de los Lores hace hincapié en la necesidad de reducir al mínimo los factores «de presión» que implica una regularización y sugiere que, en cierta medida, esto es posible llevando a cabo un examen individualizado de cada caso en lugar de recurrir a un indulto a gran escala. Por último, la Cámara de los Lores opina que los indultos pueden «ofrecer una oportunidad poco común para obtener datos fiables sobre las dimensiones y las particularidades de la población inmigrante ilegal» (9).

Inmigración ilegal

1.25

Constata las numerosas modalidades de inmigración ilegal y las dificultades que plantea la elaboración de estudios en este ámbito. No obstante, considera que es necesario investigar más los distintos perfiles del inmigrante ilegal para permitir una formulación más eficaz de las políticas. A este respecto, es importante hacer una distinción entre:

las personas que han entrado de manera legal pero se han quedado más de lo permitido;

las personas con permiso para permanecer en el país, pero que infringen las condiciones de admisión;

las personas a las que se les ha rechazado su solicitud de asilo, y

aquellos que han entrado de manera irregular y no se les ha concedido permiso de admisión porque entraron por lugares no autorizados para permitir la entrada y sin los papeles necesarios.

1.26

Coincide con el estudio en que el desarrollo de una política comunitaria de repatriación, el establecimiento de importantes acuerdos de cooperación con los países de origen y la transformación del trabajo no declarado en empleo regular constituyen cuestiones fundamentales en la lucha contra la inmigración irregular.

1.27

Valora positivamente las propuestas recogidas en el estudio por lo que respecta al desarrollo de una política comunitaria de repatriación. El Consejo Europeo llegó a un acuerdo en noviembre de 2002 sobre una propuesta de Programa de Acción sobre el Retorno, por lo que es necesario acelerar los esfuerzos encaminados a su aplicación.

1.28

Se muestra de acuerdo con el estudio cuando afirma que «la cooperación de los terceros países es vital para reducir los flujos de migración ilegal» y coincide con las recientes conclusiones de los Consejos Europeos en las que se ha subrayado «la necesidad de un enfoque global de la migración, abordando los derechos humanos y las cuestiones políticas y de desarrollo en los países de origen y tránsito».

1.29

Apoya el efecto sinérgico que, como se señala en el estudio, existe entre la migración y las políticas de desarrollo, y considera que la política de desarrollo puede mejorar las condiciones económicas y sociales en los terceros países, con lo que se reducirían los factores «de presión» que llevan a emigrar a la UE.

1.30

Hace hincapié en la necesidad de que la Unión Europea promueva activamente iniciativas conjuntas con los países vecinos mediante programas como el nuevo instrumento de vecindad, TACIS, MEDA, ENCAS e Interreg. Es importante crear un «círculo de amistades» para llevar la paz y la solidaridad a los nuevos países fronterizos de la UE tras la reciente ampliación. La Unión Europea debe trabajar conjuntamente con estos países para mejorar su situación económica y social y reducir factores «de presión» como un elevado índice de desempleo, un bajo nivel salarial, la falta de democracia o la delincuencia organizada. Uno de los ámbitos prioritarios de cooperación será la gestión de la migración. Algunos países vecinos han desarrollado planes de acción dirigidos específicamente a la migración irregular, y la UE se muestra dispuesta a apoyar su aplicación, así como las acciones contra la inmigración irregular de aquellos países que preparen tales planes.

1.31

Resalta el papel fundamental que desempeñan los entes locales y regionales en programas como TACIS, MEDA, ENCAS e Interreg, y recuerda a la Comisión y a los Estados miembros que estos mismos entes también deberán desempeñar un papel crucial en el desarrollo de los programas sucesivos.

1.32

Valora muy positivamente las propuestas relativas al nuevo instrumento de vecindad, aunque le produce decepción el hecho de que este instrumento (que es objeto de un dictamen específico del Comité de las Regiones) no contemple un papel más importante de los gobiernos locales y regionales, sobre todo si se tiene en cuenta que muchos de los ámbitos políticos incluidos en dicho instrumento se corresponden con competencias asumidas por los entes locales y regionales.

1.33

Se muestra de acuerdo con el estudio cuando resalta la necesidad de atajar el mercado laboral no regulado y la economía sumergida, señalando que «en la UE, se calcula que a la economía sumergida corresponde entre el 7 y el 16 % del PIB de la UE, aunque esta cifra no se debe en su totalidad a los migrantes ilegales». Es necesario transformar el trabajo no declarado en empleo regular, objetivo que se ha incluido entre las diez prioridades de las directrices de empleo de 2003. Algunos Estados miembros han esbozado medidas especiales para los trabajadores extranjeros y los migrantes en situación irrregular en sus planes de acción nacionales en materia de empleo para 2003, y el Comité acoge positivamente que el Programa de La Haya inste a los Estados miembros a cumplir los objetivos de reducción del mercado ilegal de trabajo establecidos en la Estrategia Europea de Empleo.

1.34

Destaca la necesidad de ayudar más a las regiones fronterizas ya que en comparación con las demás regiones, se ven afectadas en mayor medida por la entrada irregular y apoya la creación de un cuerpo europeo de fronteras y de un sistema de detección precoz, con vistas al logro de una gestión común eficaz de las fronteras exteriores de la Unión; señala, además, que deberían promoverse en mayor medida la cooperación judicial y la cooperación entre los cuerpos de policía tanto a nivel central como a nivel regional y local.

2.   Recomendaciones del Comité de las Regiones

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

2.1

Recuerda a las instituciones de la UE la importante función que desempeñan los entes locales y regionales en la integración de los inmigrantes y, habida cuenta de esta circunstancia, resalta el papel fundamental que desempeñan dichos entes en algunas de las iniciativas incluidas en el estudio. Entre estas iniciativas cabe mencionar el intercambio de experiencias sobre medidas relacionadas con la integración, el desarrollo de programas como el nuevo instrumento de vecindad y los programas que sucedan, entre otros, a TACIS e Interreg, por lo que recomienda la plena participación de los entes locales y regionales en estos programas.

2.2

Estima que se debe brindar más oportunidades para intercambiar experiencias y buenas prácticas e impulsar otras actividades como la revisión del grupo inter pares en el ámbito de la política de inmigración, señala que esto es posible mediante la aprobación del método abierto de coordinación en el desarrollo de una política de inmigración de la UE y pide al Consejo Europeo que apruebe las propuestas de la Comisión Europea al respecto.

2.3

Solicita a la Comisión Europea que instituya un grupo compuesto por personal de aquellas direcciones generales cuyas políticas y acciones afecten a los nacionales de terceros países para permitir una integración y coordinación efectivas de las actividades ya existentes.

2.4

Pide que se publique un programa de investigación de la Comisión Europea para colmar las lagunas que se señalan en el estudio por lo que respecta a la investigación.

2.5

Solicita un incremento sustancial de los recursos del programa INTI, de modo que los entes locales y regionales puedan participar en un mayor número de proyectos transnacionales relacionados con la integración de los inmigrantes y financiados por la UE.

2.6

Hace hincapié en el importante papel que reviste la inmigración con vistas a solventar la carencia de trabajadores cualificados y solicita al Consejo Europeo que desarrolle iniciativas políticas eficaces a este respecto, incluida la contratación de nacionales de terceros países a efectos de investigación científica.

2.7

Subraya la posibilidad de fomentar adecuadas políticas de desarrollo en terceros países, y considera importante que los estudios sobre migraciones tengan en cuenta las nuevas características de los flujos migratorios, como su feminización, siendo de gran importancia para la formulación y aplicación de políticas en materia de inmigración.

2.8

Solicita la plena participación de los entes locales y regionales en el desarrollo de unos datos fiables y comparables en la UE.

2.9

Acoge con satisfacción la intención de la Comisión Europea de emprender un amplio proceso de consultas sobre el Libro Verde «El planteamiento de la UE sobre la gestión de la inmigración económica» (COM(2004) 811 final) y recuerda a la Comisión que todo el proceso deberá someterse a consulta del CDR y de los entes locales y regionales.

2.10

Considera que es necesario emprender urgentemente medidas para un mayor desarrollo de la Red Europea de Inmigración y el Observatorio, contando, también en este caso, con la plena participación de los entes locales y regionales.

2.11

Muestra su preocupación por la lentitud que muestra el Consejo Europeo en la creación de una política de la UE en materia de inmigración y en la aplicación de las acciones derivadas del Consejo Europeo de Tampere de 1999. Habida cuenta de estas inquietudes, recalca la necesidad de adoptar rápidamente una decisión sobre las diversas cuestiones recogidas en el Programa de la Haya

Bruselas, 13 de abril de 2005.

El Presidente

del Comité de las Regiones

Peter STRAUB


(1)  DO C 109 de 30.4.2004, pp. 46-49.

(2)  DO C 19 de 22.1.2002, pp. 20-22.

(3)  DO C 107 de 3.5.2002, pp. 85-88.

(4)  DO C 278 de 14.11.2002, pp. 44-48.

(5)  DO C 23 de 27.1.2004, pp. 30-32.

(6)  «Facing the challenge – The Lisbon Strategy for growth and employment» — Informe del Grupo de alto nivel presidido por el Sr. Kok, página 13 (noviembre de 2004).

(7)  Kok: p. 13.

(8)  Comité Especial de la Cámara de los Lores ante la Unión Europea: «A Community Policy on Illegal Immigration» (Una política comunitaria sobre la inmigración ilegal); sesión 2001-2002: 37o Informe.

(9)  Informe de la Cámara de los Lores; punto 112.


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