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Document C2005/193/09

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta), de 16 de junio de 2005, en el asunto C-104/04: Comisión de las Comunidades Europeas contra República Francesa («Incumplimiento de Estado — Directiva 97/13/CE — Servicios de telecomunicaciones — Contribución a la investigación y al desarrollo»)

DO C 193 de 6.8.2005, p. 6–6 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

6.8.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 193/6


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA

(Sala Cuarta)

de 16 de junio de 2005

en el asunto C-104/04: Comisión de las Comunidades Europeas contra República Francesa (1)

(«Incumplimiento de Estado - Directiva 97/13/CE - Servicios de telecomunicaciones - Contribución a la investigación y al desarrollo»)

(2005/C 193/09)

Lengua de procedimiento: francés

En el asunto C-104/04, que tiene por objeto un recurso por incumplimiento interpuesto, con arreglo al artículo 226 CE, el 27 de febrero de 2004, Comisión de las Comunidades Europeas (agentes: Sres. J.-F. Pasquier y M. Shotter) contra República Francesa (agentes: Sr. G. de Bergues y Sra. S. Ramet), el Tribunal de Justicia (Sala Cuarta), integrado por el Sr. K. Lenaerts, Presidente de Sala, los Sres. K. Schiemann y E. Levits (Ponente), Jueces; Abogado General: Sr. L.A. Geelhoed; Secretario: Sr. R. Grass, ha dictado el 16 de junio de 2005 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

1)

Declarar que la República Francesa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 97/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de abril de 1997, relativa a un marco común en materia de autorizaciones generales y licencias individuales en el ámbito de los servicios de telecomunicaciones, al no haber adoptado las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 3, apartado 2, y 8, apartado 1, de la citada Directiva, en relación con el anexo.

2)

Condenar en costas a la República Francesa.


(1)  DO C 94, de 17.4.2004.


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