Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document C2005/143/20

    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta), de 28 de abril de 2005, en el asunto C-376/04: Comisión de las Comunidades Europeas contra Reino de Bélgica («Incumplimiento de Estado — Directiva 2002/58/CE — Comunicaciones electrónicas — Tratamiento de los datos personales — Protección de la intimidad — Protección de las personas físicas — No adaptación del Derecho interno en el plazo señalado»)

    DO C 143 de 11.6.2005, p. 14–14 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    11.6.2005   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 143/14


    SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA

    (Sala Sexta)

    de 28 de abril de 2005

    en el asunto C-376/04: Comisión de las Comunidades Europeas contra Reino de Bélgica (1)

    («Incumplimiento de Estado - Directiva 2002/58/CE - Comunicaciones electrónicas - Tratamiento de los datos personales - Protección de la intimidad - Protección de las personas físicas - No adaptación del Derecho interno en el plazo señalado»)

    (2005/C 143/20)

    Lengua de procedimiento: francés

    En el asunto C-376/04, que tiene por objeto un recurso por incumplimiento interpuesto, con arreglo al artículo 226 CE, el 2 de septiembre de 2004, Comisión de las Comunidades Europeas (agente: Sr. M. Shotter) contra Reino de Bélgica (agente: Sra. E. Dominkovits), el Tribunal de Justicia (Sala Sexta), integrado por el Sr. A. Borg Barthet, Presidente de Sala, y los Sres. U. Lõhmus (Ponente) y A. Ó Caoimh, Jueces; Abogado General: Sra. C. Stix-Hackl; Secretario: Sr. R. Grass, ha dictado el 28 de abril de 2005 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

    1)

    Declarar que el Reino de Bélgica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2002/58/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2002, relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas (Directiva sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas), al no haber adoptado dentro del plazo señalado las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la citada Directiva.

    2)

    Condenar en costas al Reino de Bélgica.


    (1)  DO C 262, de 23.10.2004.


    Top