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Document C2004/094/160

    Recurso interpuesto el 13 de febrero de 2004 contra Comisión de las Comunidades Europeas por Sonja Hosman-Chevalier

    DO C 94 de 17.4.2004, p. 64–64 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    17.4.2004   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 94/64


    Recurso interpuesto el 13 de febrero de 2004 contra Comisión de las Comunidades Europeas por Sonja Hosman-Chevalier

    ((Asunto T-72/04))

    (2004/C 94/160)

    Lengua de procedimiento: francés

    En el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 13 de febrero de 2004 un recurso interpuesto contra la Comisión de las Comunidades Europeas por Sonja Hosman-Chevalier, con domicilio en Bruselas, representada por el Sr. Ramón García-Gallardo Gil-Fournier y la Sra. Ellen Wouters, abogados.

    La parte demandante solicita al Tribunal de Primera Instancia que:

    Anule la decisión denegatoria de la Comisión.

    Condene en costas a la Comisión.

    Motivos y principales alegaciones

    La demandante impugna la decisión de la Comisión por la que se le denegó la concesión de la indemnización por expatriación con arreglo al artículo 4 del anexo VII del Estatuto, debido a que sus actividades profesionales en Bruselas no podían considerarse como servicios prestados a un Estado miembro.

    En apoyo de su recurso, la demandante alega que la Comisión cometió un error en la apreciación de los hechos y de su situación fáctica. La demandante afirma que su residencia habitual y su centro de intereses estaban en Austria.

    Por otra parte, la demandante señala que la Comisión incurrió en un error de Derecho al considerar que la demandante trabajaba en interés y al servicio de la Verbindungsstelle der Bundesländer y de la Secretaría del Österreichischer Gewerkschaftsbund y que no prestaba servicios a un Estado miembro. Según la demandante, esta afirmación pone de manifiesto el desconocimiento de la estructura del Estado austriaco.

    Por último, invoca la violación del principio de igualdad de trato en la medida en que a otros funcionarios en situaciones idénticas se les concedió la indemnización por expatriación.


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