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Document 92003E001748

    PREGUNTA ESCRITA E-1748/03 de Proinsias De Rossa (PSE) a la Comisión. Inspección técnica obligatoria de los vehículos automóviles.

    DO C 33E de 6.2.2004, p. 164–165 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    European Parliament's website

    6.2.2004   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    CE 33/164


    (2004/C 33 E/162)

    PREGUNTA ESCRITA E-1748/03

    de Proinsias De Rossa (PSE) a la Comisión

    (26 de mayo de 2003)

    Asunto:   Inspección técnica obligatoria de los vehículos automóviles

    ¿Podría indicar la Comisión la situación actual en cada Estado miembro con respecto a la aplicación de la Directiva 96/96/CE (1) del Consejo sobre la inspección técnica obligatoria cada dos años de los vehículos a motor de más de cuatro años? ¿Tiene la Comisión la intención de revisar la Directiva?

    Respuesta de la Sra. de Palacio en nombre de la Comisión

    (27 de junio de 2003)

    La inspección técnica de los vehículos en la Unión está regulada por la Directiva 96/96/CE del Consejo, de 20 de diciembre de 1996 sobre la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas a la inspección técnica de los vehículos a motor y de sus remolques, que incluye en su ámbito de aplicación a los automóviles de turismo y a las camionetas ligeras y también establece requisitos específicos por lo que se refiere a la inspección de los frenos y el control de las emisiones de los tubos de escape.

    En la actualidad todos los Estados miembros y los países de la próxima ampliación han transpuesto y aplicado la Directiva y, por lo tanto, incluyen a los vehículos de turismo en sus programas nacionales de inspección técnica de acuerdo con lo dispuesto en la Directiva 96/96/CE modificada (2). Dado que la Directiva especifica las normas mínimas, algunos Estados miembros también han introducido requisitos de inspección más exigentes y requieren inspecciones más frecuentes o incluyen más tipos de vehículos, como las motocicletas.

    A lo largo de la pasada década se han registrado avances significativos en las normas de construcción de vehículos, especialmente en lo que se refiere a los sistemas de control electrónico y la Comisión está estudiando la evolución futura de la inspección técnica. Para disponer de datos de análisis, la Comisión prevé lanzar en breve un estudio sobe la evaluación de las posibles opciones de inspección de vehículos para el futuro teniendo en cuenta la complejidad de los sistemas de control de la seguridad y de los efectos sobre el medio ambiente en vigor y la evolución prevista de los mismos, y otros factores como el «reconocimiento mutuo» y la posibilidad de introducir planes de garantía de la calidad en algunas circunstancias.

    A la luz de los resultados del estudio, cuya conclusión llevará probablemente dos años, la Comisión decidirá si es necesario modificar la Directiva sobre la inspección técnica de los vehículos.


    (1)  DO L 46 de 17.2.1997, p. 1.

    (2)  DO L 48 de 17.2.2001.


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