EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 52003TA1230(01)

Informe sobre los estados financieros de la Agencia Europea de Reconstrucción correspondientes al ejercicio 2002, acompañado de las respuestas de la Agencia

DO C 319 de 30.12.2003, p. 1–7 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

52003TA1230(01)

Informe sobre los estados financieros de la Agencia Europea de Reconstrucción correspondientes al ejercicio 2002, acompañado de las respuestas de la Agencia

Diario Oficial n° C 319 de 30/12/2003 p. 0001 - 0007


Informe

sobre los estados financieros de la Agencia Europea de Reconstrucción correspondientes al ejercicio 2002, acompañado de las respuestas de la Agencia

(2003/C 319/01)

ÍNDICE

>SITIO PARA UN CUADRO>

OPINIÓN DEL TRIBUNAL

1. El presente Informe está dirigido al Parlamento Europeo y al Consejo, de conformidad con el apartado 2 del artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) n° 1605/2002 del Consejo(1).

2. El Tribunal ha examinado los estados financieros de la Agencia Europea de Reconstrucción (en adelante denominada "la Agencia") correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2002. Según el artículo 8 del Reglamento (CE) n° 2667/2000 del Consejo, la ejecución presupuestaria es competencia del Director. Dicha competencia incluye la elaboración y presentación de los estados financieros(2), de conformidad con las disposiciones financieras que se establecen en el artículo 9 del mencionado Reglamento. El Tribunal tiene la obligación de examinar dichas cuentas en virtud del artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

3. El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas de auditoría, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría generalmente aceptadas para reflejar las características específicas del ámbito comunitario. El Tribunal examinó los documentos contables y aplicó los procedimientos de control que estimó necesarios con arreglo a las circunstancias. Mediante esta fiscalización, obtuvo una base razonable para formular la opinión que sigue.

4. El examen ha permitido al Tribunal obtener garantías suficientes de que las cuentas anuales correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2002 son fiables y de que las operaciones subyacentes son, en su conjunto, legales y regulares.

5. Sin cuestionar la opinión de fiscalización reflejada en el apartado 4, el Tribunal quisiera no obstante poner en conocimiento de la autoridad encargada de la aprobación de la gestión presupuestaria las situaciones que se describen en los apartados 13 a 15 del presente Informe.

OBSERVACIONES

Introducción

6. La Agencia Europea de Reconstrucción fue instituida en virtud del Reglamento (CE) n° 2454/1999 del Consejo, de 15 de noviembre de 1999(3). Su labor consiste en gestionar los programas de ayuda de la Unión en Kosovo y en Serbia y Montenegro, así como en la Antigua República Yugoslava de Macedonia. La sede de la Agencia se encuentra en Salónica y dispone de centros operativos en Pristina, Belgrado, Podgorica y Skopie. Los programas gestionados por la Agencia tienen como objetivo promover el fortalecimiento de las instituciones y su buena administración, apoyar el desarrollo de la economía de mercado y de las infraestructuras vitales y reforzar la sociedad civil.

Ejecución presupuestaria

7. En el cuadro 1 se presenta la ejecución de los créditos del ejercicio 2002 y de los créditos prorrogados del ejercicio anterior.

8. A finales de 2002, la Agencia se percató de que había efectuado pagos por valor de 2,7 millones de euros que no estaban cubiertos por compromisos presupuestarios. Dichos pagos correspondían a la realización de proyectos transferidos de la Comisión a la Agencia a lo largo del ejercicio.

9. Sería aconsejable que se prestara especial atención a las previsiones presupuestarias relativas al título II (gastos de funcionamiento), con el objeto de evitar que las anulaciones y las prórrogas representen una parte excesiva de la dotación presupuestaria (en 2002 constituían el 50 %).

Estados financieros

10. La cuenta de gestión y el balance publicados por la Agencia en su informe de actividad correspondiente al ejercicio 2002 se presentan de forma resumida en los cuadros 2 y 3. Cabría señalar que, en 2002, el sistema de control interno de la Agencia se vio fortalecido a raíz de la introducción del sistema de contabilidad presupuestaria SI2.

11. Pese a las anteriores observaciones formuladas por el Tribunal(4), en 2002 la contabilidad general continuaba llevándose mediante una hoja de cálculo. Convendría prestar especial atención a la puesta en funcionamiento de una herramienta fiable de contabilidad general en el conjunto de los centros.

12. La Agencia pone a disposición de organismos especializados fondos destinados a la financiación de programas de concesión de créditos en ámbitos concretos (desarrollo de PYME, de empresas agroindustriales, etc.). Tales fondos, bien siguen siendo propiedad de la Agencia y se depositan en cuentas bancarias abiertas a su nombre, bien, si la Agencia tiene la intención de transferir dichos fondos a las autoridades competentes para la ejecución del programa, se abonan en concepto de subvenciones y se registran como gastos de la Agencia.

13. En un caso en el que se abrió una cuenta a nombre de la Agencia, el contable no fue informado de la existencia de dicha cuenta, cuyo saldo se elevaba, a finales del ejercicio, a 205000 euros. Desde la creación de la Agencia, se han asignado a este tipo de proyectos fondos por un total de 13,3 millones de euros. A 31 de diciembre de 2002, el total acumulado de los saldos de tales cuentas bancarias (incluido el saldo de 205000 euros acerca del cual no se informó al contable) ascendía a 3,7 millones de euros. Dicho importe se ha incluido en la partida "Bancos" del balance.

14. En el caso de unos fondos destinados al desarrollo de las PYME en Serbia, que debían transferirse en concepto de subvención (5 millones de euros) a un banco público, las disposiciones del contrato estipulaban que los fondos abonados seguían siendo propiedad de la Agencia. El Tribunal considera aconsejable que la Agencia encontrara una formula adecuada a fin de reflejar, en su balance o en sus anexos, la información relativa a dichos fondos(5).

Legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes

15. A finales del ejercicio 2002, el Director había otorgado más de 67 delegaciones para la ejecución del presupuesto(6), situación que, incluso habida cuenta de la dispersión de los centros de la Agencia, podría debilitar su sistema de control interno. Así, se han constatado varios casos de compromisos y de pagos suscritos por agentes que no estaban debidamente habilitados a tal efecto.

16. Cada centro dispone de una caja menor/administración de anticipos cuyos importes a veces resultan elevados(7). El Director debería adoptar una decisión relativa a las modalidades de aquéllas con arreglo a las disposiciones del Reglamento financiero.

El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo en su reunión de los días 15 y 16 de octubre de 2003.

Por el Tribunal de Cuentas

Juan Manuel Fabra Vallés

Presidente

(1) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

(2) Según lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento (CE) n° 2667/2000, el 29 de septiembre de 2003 se elaboraron las cuentas de todos los ingresos y gastos de la Agencia correspondientes al ejercicio 2002 y, a continuación, se remitieron al Tribunal de Cuentas, que las recibió el 29 de septiembre de 2003. En los cuadros anexos al presente Informe se hallará un resumen de dichos estados financieros.

(3) DO L 299 de 20.11.1999, p. 1.

(4) Véase el apartado 12 del Informe correspondiente al ejercicio 2001 (DO C 326 de 27.12.2002, p. 3).

(5) Desde la creación de la Agencia, el importe total de los fondos comprometidos que se han destinado a tales subvenciones asciende a 17,1 millones de euros, de los cuales 12,5 millones fueron efectivamente pagados y registrados como gastos.

(6) Las delegaciones se han otorgado a 45 agentes, esto es, a casi la mitad de los agentes de categoría A.

(7) 50000 euros.

Cuadro 1

Agencia Europea de Reconstrucción - Ejecución presupuestaria del ejercicio 2002N.B.:

Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo.

Fuente:

Datos de la Agencia - Los cuadros presentan de forma resumida los datos publicados por la Agencia en sus estados financieros.

>SITIO PARA UN CUADRO>

>SITIO PARA UN CUADRO>

Cuadro 2

Agencia Europea de Reconstrucción - Cuenta de gestión de los ejercicios 2002 y 2001

>SITIO PARA UN CUADRO>

N.B.:

Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo.

Fuente:

Datos de la Agencia.

Cuadro 3

Agencia Europea de Reconstrucción - Balance a 31 de diciembre de 2002 y a 31 de diciembre de 2001N.B.:

Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo.

Fuente:

Datos de la Agencia.

>SITIO PARA UN CUADRO>

>SITIO PARA UN CUADRO>

Respuestas de la Agencia

Ejecución presupuestaria

8. Estos pagos se efectuaron sobre la base de las cifras indicadas en una decisión formal de la Comisión. La Comisión comprometió estos fondos con cierto retraso pero se prevé regularizar esta situación durante el año 2003.

9. La no utilización de los fondos del título II en 2002 se debe, sobre todo, a la puesta en marcha de la Agencia en la Antigua República Yugoslava de Macedonia y a las dificultades a la hora de calcular eficazmente los costes de apertura de un nuevo centro.

Determinación de las cuentas financieras

11. La Agencia tiene previsto cerrar el ejercicio contable de 2003 utilizando un paquete informático que ya ha sido instalado.

13. Este caso se debió a un malentendido entre el contable de la sede, y un contable adjunto de un centro operativo.

Legalidad y regularidad de las operaciones

15. La Agencia se encuentra físicamente en cinco emplazamientos y administra un presupuesto que se divide en tres títulos distintos. En lo que respecta a los programas de ayuda, hay entre seis y ocho sectores de actividad diferentes en cada uno de los cuatro centros operativos. Sin embargo, cada centro cuenta con el número mínimo de miembros del personal con delegación de firma para cada sector. La Agencia emprendió una actualización de sus procedimientos con el fin de impedir cualquier omisión de la delegación de firma en el futuro.

16. Tras la misión del Tribunal, la AER llevó a cabo una reducción de la caja para gastos menores de Belgrado para los pagos en especie, de 50000 a 20000 euros. Todos los demás pagos se efectuan por medio de cheques o transferencias bancarias. La formalización de esta caja para gastos menores se realizará con arreglo a las recomendaciones del Tribunal.

Top