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Document 52001AR0345

    Dictamen del Comité de las Regiones sobre el "Libro Verde — Fomentar un marco europeo para la responsabilidad social de las empresas"

    DO C 192 de 12.8.2002, p. 1–5 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    52001AR0345

    Dictamen del Comité de las Regiones sobre el "Libro Verde — Fomentar un marco europeo para la responsabilidad social de las empresas"

    Diario Oficial n° C 192 de 12/08/2002 p. 0001 - 0005


    Dictamen del Comité de las Regiones sobre el "Libro Verde - Fomentar un marco europeo para la responsabilidad social de las empresas"

    (2002/C 192/01)

    EL COMITÉ DE LAS REGIONES,

    visto el Libro Verde presentado por la Comisión "Fomentar un marco europeo para la responsabilidad social de las empresas" (COM(2001) 366 final);

    vista la decisión de la Comisión, de 25 de julio de 2001, de consultar al Comité sobre este asunto, de conformidad con el primer párrafo del artículo 265 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea;

    vista la decisión de su Mesa, de 13 de junio de 2000, de encargar a la Comisión de Política Social, Salud Pública, Protección de los Consumidores, Investigación y Turismo (Comisión 5) la preparación de los trabajos del Comité sobre este asunto;

    vistas las conclusiones de los Consejos Europeos de Lisboa y Niza en las que se hace hincapié en la función de la responsabilidad social de las empresas en materia de empleo y de adaptación de las condiciones de trabajo a la nueva economía basada en el conocimiento, y en su contribución al objetivo de construir una economía dinámica, competitiva y cohesionada;

    visto el proyecto de Dictamen (CDR 345/2001) aprobado por la Comisión 5 (ponentes: Sra. Hanniffy (IRL/PPE), Miembro del Consejo de Offaly, Consejera del Ente Regional Midlands y Sra. Buron(1) (F/PSE), Concejal, Ayuntamiento de Châteaubriant);

    considerando que el concepto de responsabilidad social de las empresas ha sido desarrollado hasta la fecha por grandes compañías y que existe un gran potencial para que todas las empresas, incluyendo las PYME y las del sector público, y con éstas los entes regionales y locales, desarrollen prácticas de mayor nivel de responsabilidad social;

    considerando que ser socialmente responsable significa algo más que sólo cumplir con la normativa legal,

    en su 43o Pleno celebrado los días 13 y 14 de marzo de 2002 (sesión del 14 de marzo), ha aprobado por unanimidad el presente Dictamen.

    1. Observaciones generales del Comité de las Regiones

    1.1. El Comité de las Regiones acoge con satisfacción el Libro Verde, al que considera un paso importante hacia una Europa integrada, competitiva y socialmente responsable, y también un paso hacia la puesta en marcha de un debate sobre cómo la Unión Europea puede promover la responsabilidad social de las empresas, fomentar su aceptación y aprovechar la experiencia acumulada.

    1.2. El Comité es consciente de que este Libro Verde reúne los resultados de un buen número de reflexiones y debates sobre cómo incitar a las empresas a que contribuyan a una mejor sociedad, y también de que el citado Libro Verde se publica en un momento en que las estructuras de gobernanza se hallan ante el reto de hacer frente a la economía global, lo que suscita la necesidad de una nueva concepción en las relaciones entre la actividad empresarial y la sociedad.

    1.3. El Comité acepta que el principio de asociación social entre las empresas, los gobiernos, las ONG, los particulares y la sociedad civil es la base del principio de responsabilidad social de las empresas, y reconoce que las autoridades locales y regionales pueden desempeñar un papel significativo, contribuyendo al desarrollo de las prácticas la responsabilidad social de las empresas.

    1.4. El Comité hace hincapié en que se establezca una distinción clara entre una actividad empresarial que responda a criterios de responsabilidad y una actividad filantrópico-caritativo-patrocinadora, y manifiesta que la primera constituye el sostén de esta iniciativa.

    1.5. El Comité destaca que esta propuesta se basa exclusivamente en el carácter voluntario de la responsabilidad social de las empresas, a la vez que reitera su acuerdo con la afirmación de la Comisión de que dicha responsabilidad no debe considerarse sustitutoria de la normativa o de la legislación relativa a los derechos sociales o las normas medioambientales, incluyendo la elaboración de una nueva legislación adecuada.

    1.6. El Comité considera que hay un mayor potencial de integración de los principios de responsabilidad social de las empresas en otras políticas y programas actuales de la UE, y que algunos de estos programas podrían utilizarse para mejorar las políticas de investigación, promoción y evaluación comparativa.

    1.7. El Comité reconoce que las cuestiones tratadas en el Libro Verde se refieren tanto a órganos públicos como privados, y recomienda que el memorando o Libro Blanco propuesto tenga más específicamente en cuenta el papel desempeñado por las autoridades públicas, incluidas las locales y regionales, en la adopción y aplicación de los principios de responsabilidad social de las empresas.

    2. Recomendaciones del Comité de las Regiones

    2.1. El papel de la Unión Europea y la necesidad de un marco

    2.1.1. El Comité reconoce que mientras que la responsabilidad social de las empresas se basa en la participación empresarial voluntaria, la Unión Europea tiene una función que cumplir proporcionando un marco de conocimiento, promoviendo los principios de la responsabilidad social de las empresas, y ayudando a la actividad empresarial y a los poderes públicos a incorporar las prácticas de responsabilidad social empresarial y resaltando las mejores prácticas.

    2.1.2. La Unión podía también promover una investigación más adecuada del impacto de las prácticas de responsabilidad social de las empresas en el rendimiento empresarial y también del impacto de la responsabilidad social de las empresas en determinados grupos destinatarios y sectores sociales.

    2.1.3. El Comité recomienda a la Comisión que elabore un estudio con objeto de adoptar comportamientos y prácticas coherentes con la responsabilidad económica de las empresas en los presupuestos europeos.

    2.1.4. El Comité recomienda que, si se considera oportuno, se adapten y pongan en práctica sin demora los indicadores definidos por el Business Impact Task Force (Grupo operativo sobre el impacto en las empresas).

    2.2. Promoción de la responsabilidad social de las empresas

    2.2.1. El CDR considera que si se entiende la responsabilidad social de las empresas como una inversión y no como un coste será preciso convencer a las empresas y hacerlas conscientes de la conveniencia que para ellas tiene desarrollar un planteamiento de responsabilidad social empresarial. Para ello, el Comité cree que es preciso realizar una encuesta sobre las actitudes de los consumidores a escala de la UE, a fin de determinar el grado de apoyo de los mismos a los productos y servicios de las empresas comprometidas con la responsabilidad social y para evaluar el beneficio comercial que para las empresas tiene la inversión en responsabilidad social.

    2.2.2. El CDR recomienda también que se realice un estudio de las empresas comprometidas en una política de responsabilidad social empresarial, a fin de evaluar el impacto de la responsabilidad social de las empresas en el rendimiento empresarial.

    2.2.3. El CDR considera que la Comisión debería desarrollar y proporcionar una "caja de herramientas" destinada a las empresas y los entes públicos que ya están convencidos de la necesidad y del beneficio que aporta la responsabilidad social de las empresas, y que desean poner en marcha los principios de la citada responsabilidad social, utilizando para ello las mejores prácticas disponibles.

    2.2.4. El CDR estima necesario examinar la necesidad y la utilidad real de la introducción de una etiqueta de responsabilidad social de las empresas para bienes y servicios. Si bien la existencia de una etiqueta podría ayudar a desarrollar el conocimiento de los consumidores, el Comité es igualmente consciente de los potenciales abusos ligados a estas etiquetas. Por lo tanto, en el caso de que se decidiera su creación, bien pública o privada, considera que sería razonable supervisar las normas de uso de dichas etiquetas, desarrollar criterios objetivos mínimos y vigilar su aplicación, con el fin de mantener la credibilidad del proceso de responsabilidad social de las empresas y proteger al consumidor.

    2.2.5. Es preciso oír la voz de los marginados sociales en la actual evolución de la responsabilidad social de las empresas. Debería asignarse un presupuesto modesto destinado a potenciar dichos grupos, a fin de facilitar el desarrollo de un planteamiento asociativo.

    El CDR recomienda que la responsabilidad social de las empresas y los vínculos entre las empresas y los marginados se deberían desarrollar, reorientando ligeramente la focalización, en caso necesario, de las actuales fuentes de financiación.

    2.3. Aprovechar al máximo las actuales experiencias

    2.3.1. El Comité opina que es preciso hacer el mejor uso posible de las actuales experiencias y proceder a la identificación de buenas prácticas como instrumentos esenciales para la participación voluntaria del sector empresarial.

    2.3.2. El Comité recomienda también que se incluyan en este proceso estudios de casos de los países que no forman parte de la Unión Europea, toda vez que presentan nuevas perspectivas potenciales sobre cómo llevar a cabo la actividad empresarial paralelamente al desarrollo de la sociedad, conduciendo por tanto a una Europa más competitiva.

    2.3.3. El Comité considera que la responsabilidad social de las empresas debe integrarse en las estructuras educativas formales e informales y que debe realizarse un esfuerzo concertado para incluir este tema en los currículos académicos de tercer nivel, en particular en las especialidades de ciencias empresariales y administración.

    2.3.4. El Comité desea hacer hincapié en la responsabilidad de las empresas para comprometerse decididamente con sus empleados en relación con la formación y el desarrollo permanentes de éstos. Es preciso hacer evidentes las ventajas que encierra para las empresas una mayor propiedad de los empleados, el aumento de las cualificaciones de éstos y una adaptación más rápida a condiciones cambiantes, aspectos derivados de la adaptación a una estrategia de formación continua a lo largo de toda la vida.

    2.3.5. El Comité pone de relieve que los avances en los aspectos ambiental, social, cultural y económico no suceden de forma aislada. Todos están conectados entre sí y el progreso en cualquiera de ellos genera un cambio positivo en alguno o en todos los otros.

    2.3.6. El Comité recomienda que se haga una mención específica del desarrollo cultural en el Libro Verde. Es conocida la relación entre la actividad empresarial y el desarrollo cultural, y su potencial para favorecer el cambio social y potenciar la actividad económica.

    2.3.7. El CDR reconoce el vínculo existente entre la responsabilidad social de las empresas y el capital social y pide que se haga una referencia al mismo. "El capital social hace referencia a determinadas características de la organización social, tales como redes, normas y confianza social que facilitan la coordinación y la cooperación en beneficio mutuo". (Putnam, 1995).

    Los conceptos clave son:

    - participación en redes sociales;

    - participación en estructuras democráticas;

    - reducción de las desigualdades sociales;

    - construcción de confianza y de cooperación mutua.

    El desarrollo del capital social conduce a la potenciación del trabajo en red, a una confianza y participación cada vez mayores, y en definitiva a una sociedad más cohesionada socialmente.

    2.3.8. El Comité pone de relieve el papel que debe desempeñar la tecnología de las comunicaciones en la responsabilidad social de las empresas, particularmente su eficiencia en la aceleración de los flujos de información en materia de buenas prácticas y su capacidad para permitir la comunicación empresarial con empleados y comunidades de manera abierta y transparente.

    2.3.9. El Comité recomienda que se haga hincapié en los efectos positivos de un planteamiento dinámico en materia de salud y seguridad por parte de las empresas. El absentismo motivado por enfermedades y lesiones constituye un drenaje de recursos de las empresas y una amenaza para la competitividad. Las estrategias preventivas dirigidas a la eliminación de las causas de la mala salud forman parte de la responsabilidad social de las empresas.

    2.3.10. Gran parte del trabajo se realiza en la actualidad mediante subcontratación. Las empresas deberían incitar a los subcontratistas a adoptar un planteamiento dinámico y preventivo, como el descrito anteriormente.

    2.3.11. Las políticas empresariales de gestión de recursos humanos deben tener en cuenta la responsabilidad social de las empresas y las necesidades de formación que ésta provoca. Se debería incitar a las empresas a integrar la responsabilidad social de las empresas en los programas de formación de su personal.

    2.3.12. El CDR resalta el papel clave que deben desempeñar las PYME. Si bien admite que pueden ser las grandes empresas las primeras que desarrollen actividades de responsabilidad social empresarial, el Comité estima que las PYME ocupan un lugar privilegiado para actuar en interrelación con sus comunidades locales y desarrollar así una cultura de empresa. La vinculación de la mano de obra a su medio ambiente inmediato es un factor importante en la facilitación del diálogo dinámico entre las PYME y la sociedad civil. Las PYME necesitarán un apoyo estructurado a partir de los flujos de financiación existentes puesto que es menos probable que adopten a corto plazo las prácticas de la responsabilidad social de las empresas.

    2.3.13. El Comité sugiere que se haga hincapié en la utilización de la tutoría como ejemplo de responsabilidad social de las empresas. Una interacción activa con las empresas en fase de desarrollo conduce a una sociedad más innovadora y emprendedora que a su vez produce una rentabilidad cada vez mayor para las empresas existentes.

    2.4. El papel de los gobiernos locales y regionales en la promoción de la responsabilidad social de las empresas

    2.4.1. El CDR hace hincapié en que los gobiernos locales y regionales pueden desempeñar -y de hecho ya lo hacen- un papel significativo en muchas de las iniciativas para la promoción de la responsabilidad social de las empresas, con un énfasis particular en los siguientes factores:

    - desarrollo de la cooperación social local, poniendo en contacto a las empresas del sector terciario y los sectores marginales;

    - desarrollo de la asociación entre los sectores público y privado (APP), con un énfasis en el impacto en la comunidad local;

    - galardones locales y evaluaciones comparativas;

    - apoyo a las PYME;

    - desarrollo de iniciativas culturales locales ligadas a la actividad empresarial;

    - definición los grupos marginales locales en los que debe focalizarse la actividad empresarial;

    - aumento del conocimiento de los vínculos entre el desarrollo comunitario y el desarrollo económico;

    - coordinación de la formación y de la educación continua a lo largo de toda la vida;

    - principales avances en materia de tecnología de las comunicaciones (TIC).

    2.4.2. Es preciso destacar el papel de los entes locales y regionales en la planificación económica y social. Dichos entes tienen una responsabilidad concreta en la creación de estructuras permanentes de intercambio de informaciones, de diálogo y de elaboración de proyectos, reuniendo a las empresas (representadas por los interlocutores sociales) y a los restantes sectores sociales, en particular en los ámbitos de la formación profesional, del empleo, de la lucha contra la exclusión y de la protección del medio ambiente. Se debería contar con la participación de representantes del mundo empresarial en la planificación relativa a su territorio; por ejemplo, en la elaboración de las Agendas 21 locales.

    Los Fondos Estructurales -en particular el FSE- podrían utilizarse en apoyo a estas estructuras participativas y contribuir con ello a desarrollar experiencias innovadoras. Las iniciativas comunitarias Urban y Equal podrían también tener en cuenta las acciones locales de promoción de la responsabilidad social de las empresas.

    Debe prestarse una atención especial a las consecuencias derivadas de las reestructuraciones empresariales en los entes locales o regionales. Éstos deben contribuir a crear grupos de "vigilancia estratégica", a la vez para evaluar el impacto de los cambios previsibles en las actividades de las empresas y para crear las condiciones aceptables para todas las partes participantes en el acompañamiento de dichos cambios.

    Asimismo, deberá prestarse una atención especial a las cuestiones de seguridad relacionadas con la situación y la actividad de la empresa.

    2.4.3. El papel de los entes regionales y locales en la planificación económica y social debería destacarse y ponerse un énfasis particular en la creación de un diálogo entre las empresas y la comunidad que permita minimizar futuros conflictos en materia de propuestas de desarrollo empresarial.

    2.4.4. Los entes locales y regionales siguen subcontratando muchas de sus actividades a contratistas exteriores, además de poseer y gestionar las empresas, y, como se ha señalado en numerosas ocasiones, constituyen una de las principales fuentes de puestos de trabajo a nivel local. Además, los entes locales aplican medidas de cooperación descentralizada dirigidas al desarrollo de los entes locales de terceros países. El Comité es partidario de prestar ayuda comunitaria a proyectos piloto para el desarrollo de indicadores que faciliten la aplicación de presupuestos éticos por parte de las autoridades locales y regionales. El CDR estima que los entes locales y regionales pueden dar ejemplo en relación con la promoción de buenas prácticas en el ámbito de la responsabilidad social de las empresas, asegurándose de que sus estrategias de compras y adjudicación de contratos cumplen con la responsabilidad social de las empresas. Para fomentar este proceso, el Comité podría también incitar a los entes locales y regionales a establecer un programa de recompensas a los buenos ejemplos de responsabilidad social de las empresas en sus ámbitos, con el fin de promover la buena práctica. Para fomentar este proceso, el Comité podría también incitar a los entes locales y regionales a establecer un programa de recompensas a los buenos ejemplos de responsabilidad social de las empresas en sus ámbitos, con el fin de promover la buena práctica.

    Bruselas, 14 de marzo de 2002.

    El Presidente

    del Comité de las Regiones

    Albert Bore

    (1) Miembro del CDR hasta el 25 de enero de 2002.

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