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Document 51997XR0305

    Resolución del Comité de las Regiones sobre los «Resultados de la Conferencia Intergubernamental»

    DO C 64 de 27.2.1998, p. 98 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    51997IR0305

    Resolución del Comité de las Regiones sobre los «Resultados de la Conferencia Intergubernamental»

    Diario Oficial n° C 064 de 27/02/1998 p. 0098


    Resolución del Comité de las Regiones sobre los «Resultados de la Conferencia Intergubernamental»

    (98/C 64/18)

    EL COMITÉ DE LAS REGIONES,

    visto el proyecto de Tratado de Amsterdam, que se negoció los días 16 y 17 de junio de 1997 en Amsterdam y se firmó el 2 de octubre de 1997;

    vista la declaración final de la Cumbre Europea de Regiones y Municipios de los días 15 y 16 de mayo de 1997;

    visto el informe del Comité de las Regiones sobre «Las regiones y municipios: pilares de Europa», del 10 de abril de 1997;

    vista la declaración final de la Conferencia del Parlamento Europeo y del Comité de las Regiones, con la participación de la Asamblea de las Regiones de Europa y del Consejo de Municipios y Regiones de Europa, del 3 de octubre de 1996;

    visto el informe del Comité de las Regiones sobre «Las autoridades regionales y locales, actores de la unión política de Europa», del 18 de septiembre de 1996;

    vista la declaración del Comité de las Regiones del 8 de marzo de 1996 con vistas a la Conferencia Intergubernamental;

    visto el Dictamen del Comité de las Regiones sobre «La revisión del Tratado de la Unión Europea», del 21 de abril de 1995;

    considerando que Europa necesita el pleno apoyo de las regiones, las ciudades y los municipios, con toda su autonomía y diversidad;

    considerando que los miembros del Comité de las Regiones están decididos a asumir sus responsabilidades y a poner sus capacidades al servicio de Europa, participando más estrechamente en el proceso de elaboración de las políticas comunitarias;

    considerando que únicamente a través de este tipo de reformas encontrará la Unión Europea la capacidad de preparar un futuro mejor para sus ciudadanos.

    El Comité de las Regiones

    1. se congratula de que se haya respetado el calendario fijado para la Conferencia Intergubernamental, abriendo de este modo la vía a las negociaciones relativas a la ampliación; y parte de la base de que se acordarán algunas reformas institucionales decisivas, como la reforma de las estructuras de la Comisión, la extensión de las votaciones por mayoría cualificada y la ponderación de los votos en el Consejo, con el fin de seguir avanzando en la integración europea con miras a las próximas adhesiones;

    2. se congratula asimismo del refuerzo de la legitimación democrática y el control democrático de las decisiones en la Unión Europea mediante la extensión sustancial del derecho de codecisión del Parlamento Europeo y la ampliación de las competencias del Tribunal de Justicia Europeo;

    3. valora el resultado global de la Conferencia Intergubernamental como un paso importante hacia la Unión Europea. Subraya en particular el fortalecimiento del papel de la Unión Europea en la política social y de empleo, que redunda en beneficio de los ciudadanos y constituye el complemento necesario del paso consensuado a la moneda única europea. Por consiguiente, el Comité se congratula de la inclusión del Protocolo social y de un nuevo título sobre el empleo en el nuevo Tratado, así como de la Resolución del Consejo sobre crecimiento y empleo;

    4. acoge con satisfacción la declaración de que la Unión se basa en los principios de libertad, democracia, respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y el Estado de derecho;

    5. se congratula de los avances en el fomento de la igualdad de oportunidades y de trato y valora positivamente la nueva cláusula general de no discriminación;

    6. acoge con agrado que el Tratado de Amsterdam prevea también la consulta del Comité por parte del Parlamento Europeo;

    7. celebra que la consulta obligatoria al Comité de las Regiones se extienda a los ámbitos del empleo, asuntos sociales, formación profesional, medio ambiente y transporte; señala que estos ámbitos no son competencia exclusiva de la Comunidad y están sujetos al principio de subsidiariedad, lo cual confiere al Comité de las Regiones una responsabilidad particular en la materia;

    8. se congratula de que en las consultas facultativas del Consejo y la Comisión los casos que afectan a la cooperación transfronteriza sean considerados de especial importancia, y pide que se haga un uso más frecuente de este tipo de consulta en otros casos importantes;

    9. acoge con agrado la autonomía administrativa y presupuestaria que tendrá en el futuro, ya que ello le permitirá trabajar más eficazmente;

    10. a) lamenta que el artículo 3 B del Tratado CE no haya sido modificado para tener en cuenta el papel especial de los entes regionales y locales en lo que respecta al principio de subsidiariedad. El Comité de las Regiones señala una vez más que los entes locales y regionales son los que están en mejores condiciones para comprender el concepto político de la subsidiariedad y cooperar para velar por su respeto. El Comité de las Regiones considera que el «Protocolo sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad», anejo al Tratado de Amsterdam, constituye un paso importante en los esfuerzos por convertir el principio de subsidiariedad en un principio comunitario. El Comité de las Regiones confía en que el espíritu y el contenido de este protocolo se respeten plenamente en todos los Estados miembros. El Comité acoge con satisfacción que en el apartado 9 del Protocolo sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad se recoja que «la Comisión debería tener debidamente en cuenta la necesidad de que cualquier carga, tanto financiera como administrativa, que recaiga sobre la Comunidad, los gobiernos nacionales [y] las autoridades locales ... deberá ser proporcional al objetivo que se desee alcanzar»;

    b) celebra la introducción en el Tratado de Amsterdam de una Declaración anexa firmada por Alemania, Austria y Bélgica, que señala que «la acción de la Comunidad Europea, de conformidad con el principio de subsidiariedad, no sólo afecta a los Estados miembros sino también a sus entidades, en la medida en que éstas disponen de un poder legislativo propio que les confiere el Derecho constitucional nacional», y expresa su deseo de que a esta Declaración vayan sumándose todos los Estados que cuenten con entidades territoriales con poderes legislativos propios constitucionalmente reconocidos;

    11. lamenta que en esta Conferencia Intergubernamental no se haya conseguido tener en cuenta las propuestas de modificación del Tratado que deberían haber servido para reforzar la legitimidad democrática del Comité:

    a) inscribir en el Tratado el principio de autonomía local, de suma importancia para una Unión Europea fuerte, operativa y próxima a los ciudadanos;

    b) reconocer al Comité de las Regiones el derecho formal de recurso ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas para la defensa de sus competencias, así como reconocer un derecho de recurso específico a las regiones con competencias legislativas;

    c) concederle el estatuto de institución en el sentido del apartado 1 del artículo 4 del Tratado CE y armonizar la duración del mandato de sus miembros con el de cinco años del Parlamento Europeo y la Comisión Europea;

    d) exigir para el nombramiento de sus miembros la condición de que sean titulares de un mandato democrático en un ente regional o local o que sean políticamente responsables ante una asamblea elegida por sufragio universal directo;

    12. lamenta que el procedimiento de dictamen conforme no fuera sustituido por el procedimiento de codecisión en todos los reglamentos relativos a los Fondos estructurales y al Fondo de Cohesión;

    13. el Comité de las Regiones se reserva el derecho de volver a presentar sus peticiones de una mejor representación de los entes locales y regionales, en el marco de una nueva revisión de los Tratados;

    Dado el éxito de la Conferencia de las Regiones y Ciudades, celebrada los días 15 y 16 de mayo de 1997, y sus efectos positivos en los resultados de la Conferencia Intergubernamental de Amsterdam de los días 16 y 17 de junio de 1997, el Comité de las Regiones propone convocar a los Estados federados, regiones, circunscripciones, ciudades y municipios a una conferencia de estas características cada vez que vayan a adoptarse decisiones fundamentales para la continuación de la integración europea;

    14. en la actualidad, el Comité considera que su cometido prioritario es dar cuanto antes contenido a las disposiciones del Tratado de Amsterdam y desempeñar con más eficacia aún que hasta ahora, en estrecha colaboración con el resto de las instituciones comunitarias, las funciones que le han sido encomendadas en el Tratado;

    15. el Comité reitera su interés y total disposición a cooperar con el Parlamento Europeo. Confía en que, antes de la entrada en vigor del Tratado de Amsterdam, se inicie el procedimiento de consulta entre el Parlamento Europeo y el Comité de las Regiones;

    16. el Comité de las Regiones expresa su esperanza de que la Comisión Europea y el Consejo de Ministros empiecen a consultarle ya -es decir, antes de la entrada en vigor del Tratado de Amsterdam- en todos aquellos casos en los que el Tratado prevé una extensión de la obligación de consulta, especialmente en los ámbitos del empleo, formación profesional y medio ambiente. Por su parte, el Comité de las Regiones se compromete a remitir ya sus dictámenes al Parlamento Europeo;

    17. espera que se ratifique sin dilación el Tratado de Amsterdam, con el fin de poder seguir aportando -una vez afirmado en su posición institucional- su colaboración a la obra de la unificación europea. Hará cuanto esté en su mano para informar a los ciudadanos acerca de los temas relativos a la integración europea y de los contenidos del nuevo Tratado, de forma que exista el mayor consenso posible con miras a su ratificación.

    Bruselas, 20 de noviembre de 1997.

    El Presidente del Comité de las Regiones

    Pasqual MARAGALL i MIRA

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