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Document 51997IR0268

    Dictamen del Comité de las Regiones sobre el tema «La gestión, la utilización y la protección de los bosques en la UE»

    DO C 64 de 27.2.1998, p. 25 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    51997IR0268

    Dictamen del Comité de las Regiones sobre el tema «La gestión, la utilización y la protección de los bosques en la UE»

    Diario Oficial n° C 064 de 27/02/1998 p. 0025


    Dictamen del Comité de las Regiones sobre el tema «La gestión, la utilización y la protección de los bosques en la UE»

    (98/C 64/04)

    EL COMITÉ DE LAS REGIONES,

    vista su decisión de 15 de enero de 1997, de conformidad con el párrafo cuarto del artículo 198 C del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, de emitir un dictamen sobre «La gestión, la utilización y la protección de los bosques en la UE» y de encomendar la preparación de este dictamen a la Comisión de Ordenación del Entorno, Agricultura, Caza, Pesca, Bosques, Mar y Montaña (Comisión 2);

    visto el proyecto de dictamen (CDR 268/96 rev.) aprobado por la Comisión 2 el 15 de octubre de 1997 (Ponente: Sra. Perkkiö),

    ha aprobado durante su 20° Pleno de los días 19 y 20 de noviembre de 1997 (sesión del 19 de noviembre) el presente Dictamen.

    1. Introducción

    1.1. Los bosques constituyen uno de los recursos renovables primordiales de la UE. Aunque por muchas razones los modelos de utilización varíen en función de cada país y región, se puede hablar en general del respeto del carácter multifuncional de los bosques.

    1.2. El término «multifunción» engloba la explotación de los bosques con fines económicos, recreativos y de protección. La explotación comercial de los bosques garantiza la preservación del entorno forestal europeo como fuente de bienestar económico y de empleo. Gracias al bienestar económico se podrán realizar programas de protección y financiar los servicios vinculados al ocio.

    1.3. La gestión y la utilización de los bosques debe regirse por el principio de sostenibilidad, es decir, por un desarrollo sostenible desde el punto de vista ecológico, económico y social.

    1.4. Dada la importancia y las circunstancias del sector forestal (es decir, la economía y la industria forestales, y el peso relativo de las diferentes formas de explotación de los bosques en los Estados miembros, e incluso entre las regiones, es recomendable respetar el principio de subsidiariedad en el proceso de toma de decisión que afecta a este sector; por tanto, cada Estado miembro debe poder elaborar su propia política forestal. No obstante, existen algunas áreas, tales como la lucha contra la contaminación atmosférica, la investigación, la formación y las relaciones internacionales, a las que la política comunitaria puede aportar un valor añadido.

    1.5. El Comité de las Regiones ha decidido elaborar un Dictamen de iniciativa sobre la gestión, la utilización y la protección de los bosques con la finalidad de subrayar la importancia de los bosques para el desarrollo y el bienestar de las regiones. Este Dictamen tiene una importancia particular si se tiene en cuenta que el Parlamento Europeo aprobó el 18 de diciembre de 1996 una estrategia comunitaria general para el sector forestal, en la que encarga a la Comisión que garantice el seguimiento de las propuestas en la materia. Asimismo, la actual reforma de los Fondos estructurales tendrá repercusiones sobre el futuro desarrollo del sector forestal.

    2. Consideraciones generales

    2.1. La situación actual del sector forestal en los Estados miembros

    2.1.1. La principal función comercial de los bosques es el suministro de madera como materia prima para la industria forestal mecánica y química y para la producción de energía. Pero en los bosques se obtienen, además, bayas, setas, corcho y caza. En algunas regiones, la utilización de los bosques para fines turísticos y para la caza también supone una fuente importante de ingresos.

    2.1.2. Los bosques desempeñan también una función importante en la protección de los suelos contra la erosión, los aludes y los daños ocasionados por el agua y el viento, y desempeñan una función de filtro constituyendo además una reserva de carbono y ejerciendo, por tanto, un papel regulador del efecto invernadero. Aunque es muy difícil evaluar el valor comercial del conjunto de estas funciones, su importancia puede ser considerable en la economía nacional.

    2.1.3. Según las estadísticas de la FAO en el año 1991, el valor de la industria forestal de los Estados miembros se estimó en más de 70 000 millones de dólares. Alemania se encuentra a la cabeza con 17 000 millones de dólares, seguida por Suecia, Francia y Finlandia, donde la producción de madera supera los 10 000 millones de dólares. La industria forestal alcanza una media de un 2,4 % del producto nacional bruto de los Estados miembros; Finlandia ostenta el porcentaje más alto en el PIB (6 %) y Luxemburgo (1,2 %) el menor.

    2.1.4. Para algunos Estados miembros, los productos forestales representan una gran parte de sus ingresos por exportación. En 1993, la cuantía de las exportaciones de productos derivados de la madera, ascendió para el conjunto del territorio de la UE a 37 000 millones de dólares, mientras que el valor de las exportaciones de madera bruta ascendió a mil millones de dólares. Sin embargo, la participación del sector forestal en el conjunto de las exportaciones difiere notablemente de un país a otro (entre el 0,4 y el 31,5 %). En Austria, Suecia y Finlandia este porcentaje es relativamente elevado, dado que aunque estos países produzcan grandes cantidades de madera, el consumo es más bien reducido. Alemania y Francia también son grandes exportadores de madera, aunque aquí el consumo de productos de madera es bastante elevado.

    2.1.5. Los nuevos Estados miembros han contribuido sustancialmente a mejorar el autoabastecimiento de productos derivados de la madera. Así, por ejemplo, éste ha pasado de un 56 a un 89 % para madera serradiza, de un 47 a un 82 % para pasta de madera y de un 76 a un 106 % para los papeles y cartones. El grado de autonomía varía considerablemente de un país a otro, especialmente, en función del volumen de las reservas forestales y de la intensidad de su utilización. Estas cifras reflejan el reparto natural de trabajo entre los distintos Estados miembros de la UE.

    2.1.6. Los bosques constituyen una fuente importante de empleo en la UE. La industria forestal emplea directamente a cuatro millones de personas. Si bien es cierto que existen estadísticas sobre la situación laboral en el sector forestal, sí puede constatarse que la gestión y la tala son una fuente importante de empleo. En la UE hay 12 millones de pequeños propietarios forestales que llevan a cabo a título individual la labor de tala y gestión de su patrimonio forestal y además las empresas forestales dan trabajo a un alto número de empleados forestales y operadores de la maquinaria industrial.

    2.1.7. Además, el sector forestal contribuye de forma indirecta a la situación del empleo, especialmente en los sectores de la construcción, la metalurgia, la industria química y el transporte.

    2.1.8. El impacto del sector forestal sobre el empleo es aún más importante en las zonas rurales y de montaña de la UE. La gestión, la tala y el transporte que requiere el sector forestal crean empleo especialmente en zonas aisladas. Las pequeñas empresas de transformación de madera constituyen un potencial real para estas regiones.

    2.1.9. El ciclo de crecimiento de los bosques de la UE varía sustancialmente en función de los factores climáticos, ecológicos y biológicos característicos de cada zona de vegetación. Así, los países del Mediterráneo pertenecen a la zona de tipo submediterráneo, mientras que los países del norte se incluyen en una zona de tipo ártico-alpino. Los bosques del sur de Europa se caracterizan por árboles de hoja caduca, mientras que en el norte de Europa y en las zonas montañosas predominan las coníferas. En las zonas de montaña de la Unión Europea, los bosques se encuentran en situaciones particulares que se unen a las características geográficas propias.

    2.1.10. La superficie total de los bosques en la UE asciende a 130 millones de hectáreas, de las cuales 87 millones son bosques destinados a la industria. La mayor parte de los bosques se concentra en los países nórdicos, Francia y Alemania. El porcentaje de la superficie total ocupada por bosques alcanza su nivel más alto en Finlandia (58 %) y más bajo en Irlanda (6 %). La media en la UE asciende a un 27 %.

    2.1.11. A lo largo de las últimas décadas, el crecimiento de los bosques ha sido sensiblemente superior a la tala. El volumen de tala en el conjunto de los quince Estados miembros ha pasado en los últimos años de 4 100 a 11 500 millones de m3. Alemania, Suecia, Francia y Finlandia son los países con mayores reservas de madera. Estos cuatro países representan la mayor parte de crecimiento anual del total de los bosques en Europa, un 73 %, y producen un 75 % de la madera talada en la UE. La cuantía de madera talada en relación con el crecimiento de las reservas forestales ascendió en 1990 a un 70 % (media europea), con una tasa de un 96 % en Portugal y un 45 % en Italia.

    2.1.12. El mayor crecimiento de los bosques se debe a múltiples factores. Así, las medidas de gestión de los bosques (drenaje, fertilización, cuidado de las nuevas zonas forestales), las plantaciones intensivas y las tierras de barbecho favorecen dicho crecimiento. La «lluvia ácida», con consecuencias perniciosas a largo plazo, y el aumento de la concentración de dióxido de carbono han contribuido a fertilizar una parte de los bosques europeos o a favorecer su crecimiento.

    2.1.13. Las cifras sobre el crecimiento del volumen de madera por hectárea ilustran la diversidad de las condiciones de crecimiento de los bosques de los Estados miembros. En Irlanda (8,4 m3/ha/a) y en Dinamarca (7,5 m3/ha/a) se ha alcanzado el mayor crecimiento, el mínimo, en cambio, en Grecia (1,5 m3/ha/a) y en Finlandia (3,6 m3/ha/a).

    2.1.14. Junto a las fibras vírgenes madereras, el papel reciclado se ha convertido en una materia prima importante para la industria forestal. La tasa media de recuperación de papel usado se sitúa en el 40 % y varía de un 7 % en Irlanda a un 66 % en Austria. Lógicamente, los países que son grandes productores de papel reciclado lo son, a su vez, de una gran cantidad de productos basados en este material. No es, por tanto, necesario intervenir de forma artificial en este proceso mediante instrumentos legales, siempre que se garantice la transparencia del mercado en este sector.

    2.1.15. Dos terceras partes de la superficie total de los bosques de la UE son de propiedad privada. En cambio, en Grecia y en Irlanda, el Estado es propietario de más de la mitad de los bosques. En total existen 12 millones de propietarios forestales privados en la UE. En su mayoría se trata de propiedades familiares, aunque en algunos países, como especialmente en Suecia, España y Portugal, las empresas han adquirido grandes extensiones de superficies forestales. Hay que añadir que, el estatuto de propietarios forestales varía incluso en un mismo país. Así, el elevado número de propietarios implica una reducción de la dimensión media de las propiedades. La diversidad de las estructuras económicas y de la propiedad influye en la estrategia forestal de los diferentes Estados miembros y exige una política forestal diferenciada en cada Estado miembro o región, conforme al principio de subsidiariedad.

    2.1.16. El estado de salud de los bosques reviste una importancia considerable como fuente de bienestar para el hombre y como factor de conservación de la biodiversidad natural. Los bosques también constituyen una reserva de carbono y la cantidad de compuestos de carbono formados (85-120 millones de toneladas anuales) aumenta con el crecimiento de los bosques. Si la conservación los bosques y la tala de la madera o la lucha contra la contaminación del entorno forestal no se hace en el momento oportuno, se iniciará un proceso de putrefacción de la madera cuya consecuencia es el desequilibrio del ciclo natural, así como la emisión de dióxido de carbono. En estas circunstancias, los bosques ya no serán capaces de cumplir, como lo hacen actualmente, con su función equilibradora frente al efecto invernadero.

    2.1.17. La contaminación atmosférica es un fenómeno que no respeta las fronteras. Los óxidos de azufre y de nitrógeno así como el amoniaco provocan la acidificación del suelo, especialmente, en las zonas industriales con una alta densidad de población. Pero también los bosques de la Europa meridional y septentrional y los bosques de las zonas montañosas se ven amenazados por este problema.

    2.1.18. Los daños causados por las tormentas, los hongos y los parásitos son una amenaza adicional para los bosques de Europa. No hay que olvidar que también los incendios forestales suponen muy a menudo un grave problema en algunos países de la UE. Cada año los incendios forestales destruyen entre 300 y 500 000 hectáreas de bosques en el territorio de la UE; el 97 % de esta cifra se produjo en España, Francia, Italia, Grecia y Portugal, por lo que estas regiones han sido clasificadas por la UE como de alto riesgo.

    2.1.19. A lo largo de los últimos diez años y gracias a diversos proyectos en materia de protección y de control, se ha podido reducir tanto la duración de los incendios forestales como la superficie destruida. Sin embargo, el número de incendios ha aumentado. Por ello, se considera particularmente importante determinar las causas de los incendios y buscar los medios para prevenirlos. En este sentido, conviene también señalar que ciertos países practican la quema planificada y controlada para proteger positivamente la flora y la fauna naturales.

    2.2. Fundamentos jurídicos de las medidas en materia de economía forestal

    2.2.1. Ni el Tratado de Roma ni el de Maastricht contemplan una política forestal específica. Por lo tanto, las acciones relacionadas con los bosques están vinculadas a los siguientes fundamentos jurídicos:

    - Política agrícola (artículo 43).

    - Política de competencia (artículo 92).

    - Aproximación de las legislaciones (artículo 100).

    - Política comercial (artículo 113).

    - Política en el ámbito del medio ambiente (artículos 130R y 130S).

    - Artículo 235.

    2.2.2. En 1989, el Consejo adoptó un programa de acción forestal que fue posteriormente desarrollado en 1992. El programa consiste en medidas a favor de la silvicultura en distintas áreas que se describen brevemente en los párrafos siguientes.

    2.2.3. Reglamento relativo a la protección de los bosques en la Comunidad contra la contaminación atmosférica (2157/92 y 307/97). Durante el período 1992-1996, las medidas de este reglamento han permitido llevar a cabo una amplia red de control de las condiciones generales de los bosques así como una red de estaciones de control de los ecosistemas forestales. La Comunidad garantiza asimismo una ayuda destinada a los proyectos piloto de estudio del funcionamiento de los ecosistemas forestales y de la recomposición de los bosques dañados. El reglamento de febrero de 1997, que modifica el reglamento 3528/86/CEE, prorrogó la duración de la acción al período 1997-2001. El presupuesto asciende a 40 millones de ecus (29,4 millones de ecus corresponden al período 1992-1996).

    2.2.4. El Reglamento relativo a la protección de los bosques comunitarios contra los incendios (2158/92 y 308/97) regula la financiación de proyectos de prevención y de protección contra los incendios forestales para el período 1992-1996, especialmente, la construcción de infraestructuras de protección tales como senderos forestales, cortafuegos, puntos de suministro de agua, equipos de desbroce e instalaciones de control. La Comunidad también apoya económicamente los proyectos destinados a determinar las causas de los incendios forestales, las campañas de información y la aplicación de un sistema de información. La Comisión ha aprobado la prolongación del programa para el período 1997-2001, con un presupuesto de 70 millones de ecus (70 millones de ecus para el período 1992-1996).

    2.2.5. El Reglamento relativo a la acción de desarrollo y la aprovechamiento de los bosques en las zonas rurales de la Comunidad (1610/89 junto con el Reglamento 4256/88) prevé medidas en favor de acciones en el sector forestal en las zonas rurales, en las regiones menos desarrolladas y en las regiones de una muy baja densidad de población (objetivos nos 1, 5b y 6). Se trata sobre todo de medidas de repoblación, de mejora de las superficies forestales y de desarrollo de la infraestructura forestal. Se da mayor prioridad a las regiones en las que la silvicultura puede contribuir al crecimiento económico y a la creación de empleo, a las regiones en las que se considera necesaria una acción de lucha contra la erosión o de conservación del suelo y de las aguas o, incluso, a las regiones en las que el sector del turismo o la función recreativa desempeñan un papel importante.

    2.2.6. Reglamento relativo a la mejora de las condiciones de transformación y de comercialización de productos silvícolas (867/90). Este reglamento propone desarrollar, en las regiones de los objetivos nos 1, 5b y 6, acciones que se centren en el inicio de la cadena de transformación como, por ejemplo, talar, desmembrar, descortezar, cortar y almacenar. Las intervenciones no cubrirían, sin embargo, procesos de transformación posteriores como p. ej. la sierra.

    2.2.7. El Reglamento por el que se establece un régimen comunitario de ayudas a las medidas forestales en el agricultura (2080/92) prevé la financiación de medidas de repoblación forestal de tierras agrícolas así como de la conservación de éstas, de recuperación de la madera para la producción de energía y de construcción de vías forestales y de otras posibilidades modernas de obtención de madera (por ejemplo, cables grúas transversales). Estas acciones de conservación son parte de medidas de acompañamiento de la PAC. El presupuesto global de la UE para el período de 1993-1997 asciende a 1 200 millones de ecus.

    2.2.8. El Reglamento por el que se crea un Sistema Europeo de Información y de Comunicación (EFICS) (1615/89 y 400/94). El objetivo de este reglamento es recoger información comparable y objetiva sobre los recursos forestales, los productos forestales, la organización estructural del sector forestal, las actividades comunitarias y las políticas forestales nacionales. El presupuesto para el período 1993 a 1997 asciende a 3,9 millones de ecus.

    2.2.9. En 1994 la UE aprobó un Reglamento (CEE) relativo a la conservación, caracterización, recolección y utilización de recursos genéticos del sector agrario (1467/94). En la práctica, las intervenciones comunitarias no cubren el proyecto relativo a los recursos genéticos de los bosques.

    2.2.10. El programa marco de investigación comunitaria apoya la investigación en el ámbito de la silvicultura. Antes de la adhesión de los nuevos Estados miembros, el sector forestal tenía una importancia menor y las intervenciones en favor de la investigación en el ámbito de la silvicultura eran, por tanto, poco significativas. La financiación de estas acciones se llevaba a cabo sobre todo mediante programas específicos relativos a la agricultura, el medio ambiente, la biotecnología y la energía. Por ejemplo, el programa de investigación FAIR financia, dentro del Cuarto programa marco, los proyectos relativos al sector forestal. La entrada en vigor del Quinto programa marco está prevista para el año 1998.

    2.3. Otros reglamentos

    2.3.1. Los medios de los Fondos estructurales se destinan a los programas de desarrollo en el sector forestal en las regiones de los objetivos nos 1, 5b y 6 y, en cierta medida, a las regiones del objetivo n° 2. El FEOGA financia a «microempresas» de las zonas rurales cuyo fin es el desarrollo de productos, el estudio de mercado y los proyectos de optimización logística. Estas medidas contribuyen a mejorar la situación del empleo en las zonas rurales y a aumentar los ingresos de la región incrementando el valor añadido de la producción. La intervención de los fondos FEDER permite que se desarrollen las PYME en el sector forestal. El FSE, por su parte, se destina a la financiación de proyectos de formación de gestión, utilización y protección de los bosques.

    2.3.2. El conjunto de medidas B3 de la iniciativa comunitaria LEADER II «comercialización de los productos agrícolas, forestales y de pesca locales» actúa como catalizador en la elaboración de proyectos a pequeña escala de carácter innovativo, sirviendo, además de ejemplo en el ámbito de la transformación.

    2.3.3. Las Directivas 66/404/CEE (directiva de origen) sobre la comercialización de materiales forestales de reproducción y 71/161/CEE (directiva de calidad) sobre las normas de calidad exterior de los materiales forestales de reproducción regulan la comercialización de semillas y plantas de semillero. La primera Directiva incluye datos para la clasificación de materiales de reproducción comercializados en el interior de la UE según su origen y procedencias. La segunda Directiva define los requisitos de calidad exterior para el comercio con semillas y plantas de semillero comercializadas bajo la denominación de «Normas CEE».

    2.3.4. La Directiva 68/89/CEE relativa a la clasificación por tamaño y por calidad de la madera sin transformar se encuentra actualmente en fase de modificación.

    2.4. Gestión de cuestiones forestales en la UE

    2.4.1. No existe ninguna DG de la Comisión encargada específicamente del sector forestal, por lo que las cuestiones forestales quedan repartidas entre varias direcciones generales. La principal unidad competente en el área forestal está integrada en la DG VI (Agricultura). Se trata de la unidad «Bosques», que se encarga de las medidas especiales en favor de las zonas rurales. Pero también la DG III (Asuntos industriales), la DG IV (Competencia), la DG XI (Protección del medio ambiente), la DG VIII (Desarrollo), la DG XII (Ciencia, investigación y desarrollo), la DG I (Relaciones exteriores) y la DG XVII (Energía) se ocupan de cuestiones forestales. La DG III ha creado una unidad especial de industria forestal reforzando así el papel de los intereses de la industria forestal en el proceso de toma de decisiones.

    2.4.2. En la DG VI (Agricultura) existe un Comité Forestal Permanente que actúa como foro de debate para los representantes de los Estados miembros, especialmente, a la hora de debatir las diferentes posturas en materia forestal. Este Comité ejerce a su vez de comité administrativo en el que se toman entre otros decisiones sobre la financiación de proyectos relativos al control de la situación sanitaria de los bosques.

    2.4.3. En cada Estado miembro, la gestión de las cuestiones forestales depende de la importancia que tenga el sector forestal en la economía nacional, de la función principal de los bosques y de su importancia ecológica, social o cultural. Las responsabilidades sobre estas cuestiones se pueden centrar, por tanto, en los ministerios de agricultura y silvicultura, de medio ambiente o industria. Asimismo, existen grandes diferencias entre los Estados miembros en cuanto a la distribución de competencias entre el nivel regional y nacional.

    2.4.4. La utilización y protección de los recursos forestales de los Estados miembros y de las regiones de la UE están reguladas por leyes, reglamentos y otros instrumentos institucionales. La política de apoyo varía considerablemente de un país a otro, ya sea en cuanto a la fiscalidad forestal y a la organización de la investigación, a la formación y a las funciones de asesoría. Así por ejemplo, la fiscalidad forestal puede regularse como impuesto sobre el capital, ya sea como impuesto sobre bienes inmuebles o como impuesto sobre el ingreso de las ventas o como impuesto sobre la renta. Los objetivos de la política forestal de cada Estado miembro determinarán también la gestión de recursos forestales.

    2.5. Política forestal internacional

    2.5.1. En el plano internacional, los Estados miembros defienden siempre sus intereses con plena independencia, sobre todo porque la UE no tienen competencias para representarlos. Sin embargo, se esfuerzan por coordinar sus acciones y por lo general determinan una posición común. En la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD), celebrada en 1992 en Río de Janeiro, se ratificaron algunos documentos, especialmente un convenio sobre la diversidad biológica, un acuerdo marco de las Naciones Unidas sobre el cambio climático y un acuerdo sobre la despoblación forestal (capítulo 11 de la Agenda 21).

    2.5.2. En 1993 se celebró en Helsinki una segunda Conferencia ministerial y se acordó llevar a la práctica la declaración de principios de Río. Asimismo, se adoptaron Resoluciones relativas a la gestión y a la utilización sostenible de los bosques europeos, así como de la conservación de su biodiversidad. Los Estados miembros deberán elaborar una estrategia forestal, tanto a nivel nacional como internacional, respetando estos acuerdos, debiendo esforzarse en mayor medida en definir con mayor precisión el contenido de dichos acuerdos, especialmente, a lo largo de las reuniones de seguimiento que se celebrarán en Portugal en 1998.

    2.5.3. El presente Dictamen se centra en el desarrollo del sector forestal en la UE, por lo que no se examinarán con mayor detenimiento las medidas de desarrollo a nivel internacional. El desarrollo de las regiones limítrofes a la UE merece una atención específica si se tiene en cuenta que, mediante sus acciones, la Unión puede contribuir a que los futuros Estados miembros cumplan los requisitos de la adhesión. Debido al carácter transfronterizo de los problemas vinculados al medio ambiente, en particular, en lo que concierne a la contaminación atmosférica, éstos deberán resolverse mediante la cooperación entre los países. En la Conferencia de Helsinki los signatarios adoptaron una resolución sobre la gestión y utilización sostenible de los bosques. Existen múltiples formas de cooperación, como puede ser el intercambio de informaciones o los proyectos bilaterales y multilaterales, sobre todo en cuestiones técnicas, científicas, institucionales y jurídicas.

    2.5.4. Los programas PHARE y TACIS garantizan la financiación de las medidas de cooperación entre zonas limítrofes para los países que no sean miembros. La iniciativa comunitaria INTERREG se destina a los Estados miembros.

    2.6. Indicadores de gestión forestal sostenible

    2.6.1. La gestión y la utilización sostenible de los bosques se ha convertido en un principio válido para toda Europa y se ha definido como sigue: «la gestión sostenible consiste en administrar y utilizar los bosques y los montes de una forma y a un ritmo que permitan mantener su diversidad biológica, su productividad, su capacidad de regeneración, su vitalidad y su potencial para cumplir, en la actualidad y en el futuro, las funciones ecológicas, económicas y sociales pertinentes en el plano local, nacional y global y sin dañar a otros ecosistemas». La gestión y la utilización de los bosques deberá, por tanto, tener presente la sostenibilidad ecológica, económica y social.

    2.6.2. Existen varios criterios aplicables a la silvicultura sostenible. En el marco del «Proceso de Helsinki» éstos se dividieron en los siguientes seis grupos:

    1) recursos forestales y ciclo del carbono;

    2) función productiva de los bosques;

    3) función social y económica de los bosques;

    4) diversidad biológica;

    5) funciones de protección de los bosques;

    6) estado sanitario de los bosques.

    Existe, a su vez, una serie de criterios e indicadores para cada uno de los grupos enumerados en los que debería contemplarse una participación activa de las regiones en la elaboración de sus propios indicadores.

    2.6.3. El tema principal de los estudios sobre cuestiones forestales realizados en los últimos decenios era el sector de la producción de madera. Sin embargo, la situación ha evolucionado desde entonces y la diversidad biológica del entorno forestal, es decir, la diversidad en cada especie en sí, de las especies y de los ecosistemas, ha cobrado una importancia cada vez mayor.

    2.6.4. En cuanto a los bosques comerciales, se puede respetar la diversidad del entorno aplicando medidas silviculturales a cada unidad forestal en sí misma o emulando los ciclos naturales de regeneración. La protección de las especies amenazadas requiere medidas complementarias específicas de preservación como son la creación de zonas protegidas o el control de la utilización de los bosques. En algunos casos, lo más apropiado es crear zonas protegidas excluidas del todo o en parte de cualquier utilización comercial con el fin de preservar los ecosistemas.

    2.6.5. Actualmente, la UE respalda acciones de protección y de incremento de la biodiversidad mediante dos directivas: la Directiva relativa a la conservación de aves silvestres (79/406/CEE) y la Directiva relativa a la conservación de los hábitats naturales (92/43/CEE). El actual proyecto de una red ecológica europea coherente de «zonas especiales de conservación», NATURA 2000, se basa en esta última directiva y deberá englobar todos los tipos de bosques.

    2.6.6. En el punto 2.1 se han examinado los factores que afectan al estado sanitario de los bosques, como puedan ser la «lluvia ácida» u otro tipo de daños. Se dispone, eso sí, de otros criterios para evaluar la situación sanitaria de los bosques como, sobre todo, la concentración de elementos nutritivos en el suelo y en el sotobosque o la defoliación de las copas de los árboles. La proporción los árboles afectados por la defoliación varía según los países, entre el 6 % (en Portugal) y el 37 % (en Dinamarca). La degradación de los bosques puede deberse a condiciones meteorológicas desfavorables, al envejecimiento de las reservas forestales, a la presencia de parásitos o de micosis, y la contaminación atmosférica.

    2.6.7. Los bosques protegen el suelo contra la erosión y la desertización, y contra los aludes en zonas de montaña. Asimismo permiten la renovación equilibrada de las aguas potables. No obstante, sólo pueden mitigar a corto plazo las emisiones de ácidos y sustancias nutritivas que superan la capacidad de amortiguación natural de los ecosistemas forestales

    2.6.8. El carácter sostenible de los bosques se basa sobre todo en la evolución del volumen de las reservas forestales y el desarrollo positivo del sector forestal (véanse los puntos 2.1.10 y 2.1.11). La estructura ideal de un bosque debería incluir una representación adecuada y equilibrada espacialmente de árboles de todas las edades para poder garantizar una tala regular. Si en un bosque hay una proporción alta de árboles viejos y mal conservados, entonces se desequilibra la balanza del carbono, dado que la putrefacción de los bosques libera más dióxido de carbono del que pueda absorber el resto del bosque.

    2.6.9. La función productiva de los bosques puede medirse en función de la relación entre el crecimiento y la tala y por otro o de los efectos de la gestión forestal y las mejoras básicas (véanse los puntos 2.1.11-2.1.14). El precio de los productos forestales depende en gran parte de las condiciones del mercado; no obstante, un precio suficientemente alto incentiva a los propietarios forestales a conservar su capital y a respetar en su gestión el principio de la biodiversidad. No existen estadísticas sobre el valor comercial de los demás productos forestales, tales como las setas o las bayas; sin embargo, pueden llegar a tener cierta importancia comercial a nivel regional.

    2.6.10. Las funciones socioeconómicas de una silvicultura sostenible son múltiples. El impacto del sector forestal y de las actividades conexas sobre el empleo en las regiones de la UE es realmente importante, sobre todo, debido a la alta tasa de desempleo existente. Entre los aspectos sociales, que son difícilmente medibles pero claramente perceptibles, hay que incluir el valor cultural de los bosques, es decir, la relación entre el hombre y el entorno forestal así como las diferentes actividades culturales. Es importante subrayar la relevancia de la silvicultura familiar para una silvicultura sostenible, y también para el campo como entorno vital.

    2.6.11. En la actualidad, se insiste en la necesaria participación de los ciudadanos en el proceso de toma de decisiones sobre cuestiones de silvicultura. No obstante, la fijación concreta de las posibles vías de participación ha demostrado la dificultad de encontrar una solución que satisfaga a todas las partes implicadas. Los intereses de los propietarios de los bosques, de la industria forestal y de los defensores del medio ambiente no son siempre compatibles. Una ordenación del territorio forestal que incluya la participación de las partes interesadas es más fácil cuando se trata de bosques estatales o municipales, es decir, aquellos que, en cierto modo, son propiedad de los ciudadanos. Sin embargo, la gestión de los bosques privados depende sobre todo de la legislación vigente, de las directrices de la práctica forestal, de la formación, de la asesoría y de las exigencias de los compradores.

    2.6.12. Los compradores reclaman unos productos forestales y de madera producidos de conformidad con el principio de sostenibilidad, por lo que habrá que elaborar un sistema de certificaciones y de etiquetas ecológicas para dichos productos. En la actualidad se están estudiando a nivel comunitario, nacional y mundial las posibilidades de llevar a cabo un sistema de certificación. En la actualidad, se están estudiando a nivel comunitario, nacional y mundial las posibilidades de llevar a cabo sistemas de certificación u otro tipo de sistemas de verificación de una economía forestal sostenible.

    3. Problemas y potencial del sector forestal en la UE

    3.1. Problemas en el sector forestal en la UE

    3.1.1. A largo plazo, el mayor problema al que se ven expuestas las reservas forestales son los daños causados por la contaminación ambiental de los bosques y del suelo. A pesar de la reducción de las emisiones industriales -especialmente, de SO2- en los últimos veinte años, han aumentado las emisiones ocasionadas por el tráfico y, sobre todo, los óxidos de nitrógeno y la concentración de ozono en las proximidades del suelo que constituyen un grave problema.

    3.1.2. En el punto 2.1.19 ya se ha mencionado el grave problema que representan los incendios forestales, en especial, en el sur de Europa. Las áreas más afectadas son las zonas áridas, de arbolado reducido y de carácter accidentado, en las cuales existen grandes dificultades para llevar a cabo las acciones de prevención y de repoblación de los bosques. Los países afectados por este problema consideran que, teniendo en cuenta la gravedad de los daños ocasionados, es insuficiente la ayuda comunitaria destinada a la lucha contra los incendios forestales o a la repoblación de las zonas devastadas. Así, se considera que sobre todo la prevención contra los incendios es una forma importante de financiación comunitaria. Para poder mejorar la prevención habría que poder determinar con mayor precisión las causas de los incendios forestales. Las causas varían sustancialmente entre las regiones, así pueden enumerarse como razones principales el clima, la aridez del territorio, el éxodo rural, el pastoreo incontrolado y el turismo.

    3.1.3. En los Estados miembros en los que los bosques ocupan una superficie insignificante o constituyen un sector secundario de la economía, la falta de interés de la población por los bosques puede plantear un auténtico problema que se traduce en la infravaloración del valor económico y ecológico del medio forestal. Además, los ciudadanos son menos conscientes de la importancia de las medidas forestales -gestión, talas, medidas de protección- y del papel del medio forestal en general, por ejemplo, en relación con la urbanización.

    3.1.4. Existen además otras amenazas como los hongos y parásitos, la contaminación y el descenso del nivel de las capas freáticas, sequía, el uso abusivo de los derechos de acceso común, así como los daños ocasionados por las tormentas y la nieve en algunos países como Suecia y Finlandia. A este respecto, habría que verificar que la madera que entra en el territorio de la UE o que es transportada de un Estado miembro a otro no tuviera parásitos.

    3.1.5. Ciertas modalidades de tala o medidas de gestión inadecuadas pueden poner en peligro la diversidad de los bosques y disminuir su capacidad de protección contra la contaminación. Así por ejemplo, la repoblación de amplias áreas dañadas con una única especie, la plantación de especies no autóctonas o incluso la utilización de plantas con un material reproductivo cuyo origen genético sea demasiado lejano ponen en peligro las posibilidades de supervivencia del bosque. Sin embargo, la falta de tala o de medidas de gestión puede tener las mismas consecuencias.

    3.1.6. A nivel internacional existen grandes diferencias en la terminología sobre el medio ambiente, como ha podido constatar el Comité de las Regiones a lo largo de la elaboración de su Dictamen de iniciativa sobre los parques naturales. A fin de poder disponer de informaciones comparables, por ejemplo, sobre las zonas protegidas, habrá que armonizar la terminología, al menos para la elaboración de las estadísticas. Así, al menos se podrían resumir en una misma categoría las zonas sometidas al mismo tipo de medidas de protección, aunque cada país siga utilizando sus propias denominaciones para las cuestiones internas.

    3.1.7. Efectivamente, no resulta fácil encontrar un equilibrio entre las diferentes funciones de los bosques. Y no siempre se ha dispuesto de suficiente tiempo en la elaboración de los programas de protección para consultar a los propietarios forestales, lo que puede suponer un retraso a la hora de aplicar unos programas que, en sí mismos, son adecuados. La ordenación del territorio y de la silvicultura, que está dentro del ámbito de competencias de las autoridades regionales y locales, constituye un medio eficaz para conciliar las diferentes formas de utilización del suelo y de las zonas forestales.

    3.1.8. La producción forestal y la competitividad de bienes producidos en países no europeos, especialmente, en Asia oriental y Asia del sudeste, ha aumentado en comparación con los productores europeos. Las plantaciones forestales de crecimiento rápido producen una materia prima de buena calidad que se transforma a nivel local. Los países de la UE representan el 20 % de la producción mundial de celulosa y el 26 % de la producción de papel. Sin embargo, si la UE quiere mantener la competitividad de sus productos, deberá invertir seriamente en el desarrollo de los productos así como en la mejora de la productividad. Dado que el recurso a aranceles que limiten el comercio de bienes se considera dumping, sólo resta mejorar la competitividad.

    3.1.9. Un problema más grave que el de la competitividad de los productos forestales, según criterios de calidad o de la relación entre costes y eficacia, sería el de un posible comportamiento negativo de los consumidores frente a los productos forestales, debido a una falta de información sobre las ventajas ecológicas que presentan.

    3.1.10. La fragmentación de la propiedad forestal supone un gran problema en muchos Estados miembros, dado que las pequeñas propiedades carecen de interés económico para sus propietarios. Además, resulta bastante difícil despertar el interés de éstos mediante servicios de asesoría y de formación. Por otro lado, en las pequeñas propiedades forestales se aplica una gestión a pequeña escala, lo que garantiza la biodiversidad de los bosques.

    3.1.11. Dado que en la UE las cuestiones forestales están gestionadas por diferentes direcciones generales, en algunos casos, los servicios competentes no son conscientes de las consecuencias que una determinada medida puede tener en el sector forestal. Aun cuando se ha reforzado el papel de la unidad «Bosques» y del Comité Forestal Permanente, siguen existiendo lagunas en relación con la coordinación de las cuestiones forestales. El mismo problema se plantea en la estructura de los programas marco en materia de investigación, ya que los proyectos relativos al sector forestal se distribuyen entre los distintos programas de investigación.

    3.2. Potencial del sector forestal en la UE

    3.2.1. Gracias al aumento de los recursos madereros en los bosques y al mantenimiento de una baja tasa de tala en relación con dicho aumento, se ha producido una expansión en la capacidad de la industria forestal. Ello incrementará la tasa de autosuficiencia de los productos forestales de la UE, al igual que las posibilidades de exportación a países no comunitarios. Además, se ha creado empleo tanto en el sector forestal como en los sectores afines.

    3.2.2. Las pequeñas industrias de transformación de madera pueden contribuir a mejorar la situación laboral en las zonas rurales. Las regiones aisladas suelen ser importantes productores de materias primas, que posteriormente se transportan a otras regiones para su transformación. Para este tipo de acciones es imprescindible cierta cooperación; por ejemplo, se podría crear una red de subcontrataciones partiendo de una empresa principal o mediante una cooperativa que permita reagrupar a varias empresas pequeñas. También deberá prestarse especial atención a la formación de empresarios, especialmente en lo que se refiere a diversas técnicas, desarrollo de productos, gestión y desarrollo de sistemas de calidad para los productos.

    3.2.3. En las regiones de los objetivos nos 1, 5b y 6 se pueden obtener ayudas de los Fondos estructurales para la financiación de las medidas citadas en los puntos previos. Por otro lado, la iniciativa comunitaria LEADER II (medida B 3 «Comercialización de los productos agrícolas, forestales y de pesca locales» y medida C «Cooperación transnacional») ofrecen buenas posibilidades para realizar proyectos de demostración.

    3.2.4. Los fondos del FSE posibilitan que en las regiones de los objetivos mencionados más arriba se garantice la formación de diferentes grupos de interés en materia de gestión forestal sostenible.

    3.2.5. La madera como materia prima no sólo se utiliza para fabricar papel, en el sector de la construcción y del mueble, sino también en la industria química, en la fabricación de colorantes y objetos decorativos, como material para el proceso de ahumado o incluso en la industria alimentaria. El corcho, producto del alcornoque, se utiliza desde hace mucho tiempo como materia prima. Incluso se podrían sustituir objetos producidos a partir de materias primas no renovables, como de metal y de plástico, por productos derivados de la madera, siempre y cuando se invirtiese lo suficiente en la investigación y en el desarrollo de los productos.

    3.2.6. Asimismo podría incrementarse la utilización de la madera en la producción de energía. En muchos países existe una gran cantidad de madera de pequeñas dimensiones y de baja calidad que no es utilizable en le ciclo de la producción. Así por ejemplo, las cooperativas de propietarios forestales podrían utilizar un sistema de calefacción para uso doméstico, para pueblos pequeños e incluso para pequeñas comunidades. Esto mismo sería aplicable a la producción de electricidad. Así, las centrales eléctricas podrían utilizar como combustible los restos de madera de los aserraderos, el papel usado y los cartones.

    3.2.7. La utilización de madera en la producción de energía no sólo reportaría beneficios económicos a la UE sino también a las diferentes regiones. La madera sustituiría a los combustibles fósiles, eliminaría los transportes largos y peligrosos y ofrecería nuevas posibilidades de empleo en las zonas rurales. Además, hay que tener en cuenta que una madera quemada en condiciones adecuadas produce emisiones comparativamente escasas y sobre todo es neutra en lo que respecta al CO2. No obstante, la producción efectiva de energía a partir de la madera requiere unas medidas adicionales, como puede ser la transformación de madera de pequeñas dimensiones en briquetas o la combustión de éstas en estado húmedo.

    3.2.8. Si los Estados miembros reconociesen las ventajas globales de esta forma de energía, podría incentivarse la utilización de la madera en la producción de energía mediante medidas fiscales y el apoyo a la inversión en instalaciones de combustión relativamente caras.

    3.2.9. La utilización de papel usado como materia prima ofrece a su vez nuevas posibilidades, pero también plantea problemas aún no resueltos. Así, el uso de papel reciclado reduce el volumen de los vertederos, pero estas fibras no pueden ser recicladas indefinidamente y siempre hay que añadir un determinado porcentaje de fibras vírgenes. Es necesario llevar a cabo un estudio sobre los aspectos económicos de la utilización de fibras reciclables a fin de evitar soluciones artificiales. Una posibilidad que merece ser estudiada es la utilización de fibras recicladas como combustible.

    3.2.10. El papel también puede fabricarse mediante el cultivo de determinadas plantas no alimentarias. De esta forma podría combinarse el cultivo de tierras agrarias y la recuperación de fibras, con lo que se podría mejorar la calidad de impresión del papel.

    3.2.11. Los bosques ofrecen además otras muchas posibilidades. Las agencias de viajes, que ofrecen ya cacerías o senderismo, podrían incluir entre sus ofertas turísticas visitas para dar a conocer las diferentes prácticas silvícolas de una región. Los programas estructurales y la iniciativa LEADER II ofrecen los medios económicos para la realización de los proyectos de desarrollo.

    3.2.12. Los bosques podrían utilizarse en mayor medida para luchar contra el efecto invernadero así como en la prevención de los daños medioambientales causados por el hombre o la misma naturaleza.

    4. Resolución del Parlamento Europeo sobre la estrategia comunitaria general para el sector forestal

    4.1. El Parlamento Europeo aprobó el 18 de diciembre de 1996 una resolución sobre la estrategia comunitaria general para el sector forestal. Según este documento dicha estrategia debería satisfacer las siguientes exigencias:

    a) tener carácter global y unitario;

    b) fomentar la solidaridad dentro del sector;

    c) respetar la subsidiariedad, es decir, estar subordinada y ser complementaria de los programas nacionales.

    4.2. A nivel comunitario se ha elaborado una serie de medidas que respetan el principio de subsidiariedad, a saber:

    a) protección de los recursos forestales;

    b) protección contra los incendios;

    c) preservación de la diversidad biológica;

    d) medidas que afectan el medio ambiente en general;

    e) desarrollo de la importancia de los bosques para las actividades de esparcimiento;

    f) incremento del valor de los recursos forestales.

    4.3. Las medidas en materia de protección de recursos forestales se refieren a las acciones siguientes:

    - establecer directrices para el desarrollo sostenible de los bosques;

    - fomentar la regeneración de los montes;

    - controlar las normas aplicadas a materiales importados (contra plagas, parásitos, enfermedades);

    - aumentar el control fitosanitario, con la inclusión de todos los aspectos relacionados con los bosques, e incrementar la financiación en consecuencia;

    - fomentar la investigación y el desarrollo de métodos aceptables desde el punto de vista del medio ambiente para el control de insectos y enfermedades;

    - garantizar que las políticas de la UE relativas a la contaminación atmosférica, al desarrollo inmobiliario, etc., tienen en cuenta el sector forestal;

    - ratificar el Convenio de las Naciones Unidas sobre el cambio climático;

    - fomentar la búsqueda de un equilibrio seres humanos/caza/bosques integrado y sostenible de acuerdo con las exigencias actuales en materia ecológica, sociocultural y económica;

    - incluir los condicionantes relativos a la fauna a la hora de planificar y gestionar los bosques;

    - seguir investigando los factores que influyen en los daños causados por la caza y garantizar la participación de los propietarios de montes, los titulares de derechos de caza y del público en general.

    4.4. Las líneas de acción en materia de protección contra los incendios:

    - la acción actual contemplada en el Reglamento 2158/92 carece de fondos suficientes y se ha de prever financiación adicional para repoblar las zonas quemadas;

    - los recursos de los Fondos estructurales destinados a la protección de los bosques contra los incendios deberían usarse de manera más coordinada;

    - ha de seguirse adelante con la investigación sobre los métodos de prevención, detección y lucha contra los incendios y proporcionar ayuda a centros especializados;

    - ha de lograrse una mayor coordinación con las medidas existentes en el plano nacional, regional o local, contando con la participación de las autoridades competentes y del Comité Forestal Permanente;

    - ha de desarrollarse en mayor medida la base de datos para mejorar el sistema de protección de los bosques contra los incendios.

    4.5. Las líneas de acción en materia de la preservación de la diversidad biológica son las siguientes:

    - aumento de los fondos disponibles para el Reglamento 1467/94 de manera que se pueda llegar a su plena aplicación en el sector forestal;

    - establecimiento de directrices para la protección, el mantenimiento y el incremento de la diversidad biológica en todos los bosques;

    - fomento de la investigación sobre la repoblación y, en particular, los monocultivos;

    - fomento de un conocimiento generalizado de cara al incremento de la diversidad biológica;

    - fomento de la investigación sobre la evaluación y el aumento rentable de la diversidad biológica;

    - fomento de la investigación sobre las repercusiones de las prácticas forestales en la diversidad biológica.

    4.6. Las medidas que afectan al medio ambiente en general son las siguientes:

    - la UE debe fomentar la investigación sobre todas estas actividades;

    - proporcionar mayor ayuda para la repoblación a personas a título individual y a autoridades locales y regionales;

    - permitir que los Estados miembros aumenten la prima anual y la adecuen en mayor medida a los costes reales;

    - coordinar las políticas de la UE sobre asuntos relacionados con el sector forestal para tenerlo en cuenta;

    - aumentar los fondos de las medidas de acompañamiento de la PAC relativas al sector forestal.

    4.7. Las líneas de acción para desarrollar los bosques en lo referente a las actividades de esparcimiento son las siguientes:

    - fomentar la cooperación en el caso de bosques que se extiendan a ambos lados de una frontera;

    - integrar la función recreativa de los bosques en la política de desarrollo rural de la UE.

    4.8. Las acciones necesarias para valorizar los recursos forestales son las siguientes:

    - aumento del presupuesto disponible durante cinco años;

    - ayuda al desarrollo de directrices de gestión adecuadas y específicas;

    - fomento de la enseñanza y la formación en el sector forestal, en particular, mediante un mejor conocimiento en los diferentes Estados miembros de las prácticas desarrolladas en los demás;

    - fomento de la investigación y de una mayor comprensión de los beneficios públicos de los bosques;

    - fomento de la investigación y la utilización de mejores técnicas;

    - desarrollo de la cooperación entre usuarios y propietarios y entre el sector público y el privado;

    - fomento de la investigación sobre las posibilidades de comercialización de la madera;

    - fomento de la investigación sobre el potencial de la madera como fuente de energía;

    - fomento de la utilización de un capital genético mejorado para aumentar la calidad;

    - fomento de la información sobre recursos forestales para la industria de transformación de la madera.

    4.9. En lo relativo a la organización institucional, se propone que la función del Comité Forestal Permanente debe ampliarse en los ámbitos de la certificación ecológica, las medidas fitosanitarias, el material reproductivo e incluso la investigación forestal, con objeto de que se convierta en el principal instrumento de coordinación de las políticas forestales. Esto mismo es aplicable al refuerzo del desarrollo del sistema EFICS (sistema europeo de información y comunicación).

    4.10. La puesta en práctica de las recomendaciones enumeradas en la resolución exige un aumento medio de unos 353 millones de ecus anuales en comparación con los costes actuales, es decir, 1 765 millones de ecus para cinco años.

    5. Postura del Comité de las Regiones

    5.1. Consideraciones generales

    5.1.1. El Comité de las Regiones aprueba la postura del Parlamento Europeo según la cual las medidas comunitarias en materia de gestión forestal sostenible, lucha contra la contaminación y reducción de los incendios forestales, según lo acordado en las Conferencias de Río y Helsinki, deben desempeñar una función complementaria a las políticas forestales nacionales.

    5.1.2. El CDR respalda el respeto del principio de una gestión y utilización sostenible de los bosques a nivel comunitario, nacional y regional. La Comisión debe promover el respeto de este principio en todas las actividades, de forma que todos los criterios de la sostenibilidad, desde el punto de vista ecológico, económico y social, tengan una función equiparable.

    5.1.3. El CDR estima que el papel de la UE en la resolución de las cuestiones forestales en el plano internacional debería ser el de defender la postura común definida por los Estados miembros en ámbitos tales como la prevención del cambio climático, la elaboración y adopción de acciones y de los indicadores comunes relativos a la promoción de una silvicultura sostenible y de la biodiversidad, sin olvidar la prevención de la propagación de parásitos a través de los transportes de madera.

    5.1.4. Para poder respaldar de la forma más eficaz el sector forestal, la UE puede promover la formación, la investigación, la información y el asesoramiento, así como incentivar las acciones de desarrollo de las zonas rurales.

    5.1.5. La silvicultura es un sector de la economía en constante evolución, y no sería adecuado crear un sistema de ayudas similar al de la PAC. El Comité de las Regiones considera que el volumen de los fondos destinados en la actualidad al sector forestal es suficiente, por lo que se considera innecesario incrementarlos, más aún teniendo en cuenta la situación presupuestaria de la UE. No obstante, sí sería recomendable establecer las prioridades del marco presupuestario para destinar más fondos, siempre que ello no vaya en detrimento de otras necesidades, a la lucha contra los incendios forestales y a las medidas destinadas a las zonas devastadas por los incendios en el sur de Europa.

    5.1.6. El CDR insta a la Comisión a que acelere la creación del Comité Forestal Consultivo, dado que a través de este foro podría conocer la postura de las regiones y de los grupos de intereses más relevantes como los propietarios, la industria, los titulares de los derechos de caza, los trabajadores y las organizaciones defensoras del medio ambiente.

    5.1.7. El Comité de las Regiones apoyará la organización de reuniones internacionales destinadas a fomentar el conocimiento y el intercambio de experiencias en el sector forestal. Las estructuras de cooperación existentes en las regiones del Atlántico Báltico, mar del Norte o mar Mediterráneo podrían constituir foros de intercambio privilegiados.

    5.2. Medidas en materia de gestión forestal

    5.2.1. El CDR se adhiere a la postura del Parlamento Europeo y estima que la UE debería elaborar unas directrices y fijar unos principios generales para la silvicultura, como el principio de una gestión sostenible. Son los Estados miembros y las regiones los que deberán fijar las líneas concretas para la gestión, especialmente, en lo que se refiere al estado de los bosques desde el punto de vista ecológico, la estructura y la edad del arbolado, así como a la función de las diferentes formas de explotación del entorno forestal. Además, en algunos países son necesarias unas regulaciones regionales adicionales. No obstante, el CDR señala que en muchos Estados miembros y regiones existen ya disposiciones forestales concretas sobre la gestión sostenible y adecuada de los bosques que es preciso respetar.

    5.2.2. La Comisión debe apoyar a los Estados miembros en sus esfuerzos para elaborar una planificación a largo plazo y revisada periódicamente de la gestión y la utilización sostenible de los bosques, dado que sólo mediante un enfoque sistemático se lograrán resultados positivos duraderos.

    5.2.3. El CDR subraya la importancia de las medidas de apoyo de la Comisión, como las acciones de investigación, el desarrollo de una gestión sostenible de las cuestiones forestales y la identificación de las ventajas económicas globales de esta gestión. Entre los métodos de gestión ecológica hay que incluir la repoblación de los bosques a pequeña escala, lo que significa utilizar sobre todo las especies locales para obtener una regeneración diversificada de los bosques. El origen del material reproductivo utilizado deberá ser apto para la región afectada.

    5.2.4. El CDR propone a la Comisión que en la revisión de directivas relativas a la comercialización de material reproductivo se tenga presente la forma más adecuada de la utilización del material forestal para la región en cuestión; es decir, sobre todo, la procedencia del material, el tamaño y el tipo de las plantas.

    5.2.5. A fin de que tanto la UE como los Estados miembros dispongan de unos datos cualitativos y cuantitativos fiables sobre el sector forestal, habría que desarrollar un sistema común eficiente para llevar a cabo un inventario forestal.

    5.3. Utilización de los bosques

    5.3.1. El CDR acoge favorablemente la Resolución del Parlamento sobre el carácter multifuncional de los bosques. En la mayoría de las zonas forestales, es posible combinar la función comercial y recreativa de los bosques siguiendo el principio de una gestión sostenible.

    5.3.2. El CDR estima que para garantizar el nivel de competitividad de los productos forestales de la UE, la Comisión debería respaldar las acciones de investigación y desarrollo que permitan la creación de productos nuevos con un mayor grado de elaboración.

    5.3.3. El CDR aprueba la propuesta de la Comisión relativa a la simplificación de la estructura del Quinto programa marco en materia de investigación. Dentro de las prioridades definidas como el «fomento de la competitividad y el crecimiento sostenible» y «entorno vivo y ecosistema» habrá que prever claramente una contribución financiera destinada al desarrollo de la silvicultura y del sector de las transformación de los productos forestales, teniendo en cuenta los largos plazos de ejecución que dichos proyectos requieren.

    5.3.4. El CDR apoya la propuesta del Parlamento de incentivar la utilización de la madera como fuente de energía.

    5.3.5. Es crucial que la reforma de los Fondos estructurales garantice la ayuda al desarrollo de las empresas pequeñas y de las «microempresas» del sector de la transformación en las zonas rurales. También deberá promoverse la cooperación entre empresas así como las etiquetas de calidad regionales.

    5.3.6. El CDR considera importante que en el marco de las acciones de investigación y las acciones piloto se garantice la financiación de los proyectos que estudien la utilización de fibras vírgenes, de fibras reciclables y de fibras provenientes de cultivos no alimentarios en la fabricación de los productos forestales. La investigación debería centrarse en el estudio de la duración de las fibras desde un punto de vista económico, en las condiciones óptimas de mezcla de las fibras y en formas nuevas de utilización para las fibras recicladas, como por ejemplo en la producción de energía.

    5.3.7. La cantidad de fibras utilizadas, ya sean recicladas o no, no debería someterse a ninguna reglamentación limitativa, de ayuda financiera o fiscal.

    5.3.8. El CDR apoya calurosamente la propuesta del Parlamento para organizar una campaña de formación y de información sobre la importancia de los bosques y los productos forestales. Esta campaña debería centrarse sobre todo en la madera como materia prima ecológica. Se podría dirigir a los consumidores, a las escuelas y a los estudiantes, pero también a las industrias y a los funcionarios.

    5.4. Acciones de protección

    5.4.1. Según el Comité de las Regiones, corresponde a la UE la elaboración de recomendaciones sobre la gestión sostenible y la biodiversidad de los bosques, que posteriormente los Estados miembros o las regiones podrán adaptar en función de sus particularidades regionales.

    5.4.2. El CDR quiere insistir en la importancia de proteger el derecho a la propiedad privada en lo que se refiere a los bosques, y en concreto en la importancia de la propiedad privada desde el punto de vista de la conservación de los bosques y del desarrollo de un silvicultura duradera.

    5.4.3. El CDR apoya las iniciativas que prevean la protección del entorno natural y de los paisajes tradicionales. En este sentido se considera muy importante la aplicación del programa NATURA 2000. Sin embargo, la aplicación de las medidas de protección deberá respetar en todo caso el principio de subsidiariedad, ya que no se puede obviar la opinión de los habitantes de la región ni de los propietarios forestales. Así pues, los programas de protección deberán ser proporcionales a los fondos disponibles. El Comité de las Regiones subraya asimismo que dejar la ordenación del territorio en manos de las regiones y municipios ofrece buenas posibilidades para determinar las zonas de protección y conciliar los intereses contradictorios. La creación de parques regionales o nacionales responde a estos objetivos.

    5.4.4. El CDR insiste en que, a la hora de adoptar recomendaciones para un régimen comunitario de certificación forestal, la UE deberá prever un sistema adecuado que tenga en cuenta las particularidades de cada país o región. El sistema debería tener carácter facultativo y tener en cuenta la estructura de la propiedad de los bosques, de las prácticas específicas del sector forestal y de las condiciones naturales. Asimismo, debería ser económicamente viable, a fin de evitar que la aplicación o el control de certificaciones generen costes excesivos para las partes afectadas.

    5.4.5. En la programación del contenido del Quinto programa marco de investigación comunitaria se deberían prever fondos para las investigaciones sobre el impacto de los daños naturales sobre los bosques y para las investigaciones destinadas a determinar el impacto de las medidas forestales y la silvicultura sobre el medio ambiente.

    5.4.6. El CDR estima que, en el marco de aplicación del Reglamento 307/86, es sumamente importante desarrollar completamente el sistema de estaciones de control sobre el estado de los bosques y poner en marcha el sistema forestal de información y comunicación (EFICS).

    Bruselas, 19 de noviembre de 1997.

    El Presidente del Comité de las Regiones

    Pasqual MARAGALL i MIRA

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