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Document 51997AC1172

Dictamen del Comité Económico y Social sobre la «Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se adopta un programa de acción comunitaria 1999-2003 sobre las enfermedades relacionadas con la contaminación en el contexto del marco de actuación en el ámbito de la salud pública»

DO C 19 de 21.1.1998, p. 6 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

51997AC1172

Dictamen del Comité Económico y Social sobre la «Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se adopta un programa de acción comunitaria 1999-2003 sobre las enfermedades relacionadas con la contaminación en el contexto del marco de actuación en el ámbito de la salud pública»

Diario Oficial n° C 019 de 21/01/1998 p. 0006


Dictamen del Comité Económico y Social sobre la «Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se adopta un programa de acción comunitaria 1999-2003 sobre las enfermedades relacionadas con la contaminación en el contexto del marco de actuación en el ámbito de la salud pública» () (98/C 19/03)

El 27 de junio de 1997, de conformidad con el artículo 129 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el Consejo decidió consultar al Comité Económico y Social sobre la propuesta mencionada.

La Sección de Medio Ambiente, Sanidad y Consumo, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 7 de octubre de 1997 (Ponente: Sr. Lemmetty; Coponentes: Sres. Fuchs y Linssen).

En su 349° Pleno (sesión del 29 de octubre de 1997), el Comité Económico y Social ha aprobado por 106 votos a favor y 3 abstenciones el presente Dictamen.

1. Introducción

1.1. La Comisión ha presentado una Comunicación relativa a un programa de acción comunitaria sobre las enfermedades relacionadas con la contaminación en el contexto del marco de actuación en el ámbito de la salud pública. Esta Comunicación se completa con una Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se adopta un programa de acción comunitaria sobre las enfermedades relacionadas con la contaminación, que se llevará a cabo dentro de dicho marco de actuación en el período de 1999 al 2003.

1.2. El programa de acción se basa en la letra o) del artículo 3 y en el artículo 129 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, en los que se establece que la protección de la salud es un objetivo prioritario. En su Comunicación de 24 de noviembre de 1993 sobre el marco de actuación en el ámbito de la salud pública (), la Comisión fijó un marco para la acción futura a nivel comunitario con el fin de alcanzar tales objetivos.

1.2.1. De conformidad con el contenido de dicha Comunicación, la Comisión también ha aprobado recientemente sendos programas de acción sobre la prevención de traumatismos y de enfermedades poco comunes.

1.3. El Comité Económico y Social ya destacó en varias ocasiones los vínculos existentes entre contaminación ambiental y salud. En su dictamen de 6 de julio de 1994 sobre el marco de actuación en el ámbito de la salud pública (), el Comité instó a la Comisión a que adoptara un enfoque de alcance general al respecto e hizo hincapié en la importancia del medio ambiente para fomentar la salud.

1.4. La Comunicación actual y la propuesta de programa de acción se centran principalmente en los problemas de salud provocados por la contaminación ambiental. La contaminación favorece muchas de las principales causas de morbilidad y de mortalidad en la Unión Europea. Entre otros ejemplos, la Comisión cita los problemas respiratorios, alergias, diversos tipos de cáncer, enfermedades cardiovasculares, enfermedades infecciosas, afecciones neurológicas y trastornos inmunológicos. Asimismo, los efectos nocivos auditivos y de otros tipos provocados por el ruido adquieren cada vez más importancia.

1.4.1. Las alergias figuran entre las enfermedades crónicas más comunes, llegando a afectar hasta un tercio de la población de los países desarrollados, y su prevalencia no deja de aumentar (). No obstante, debe señalarse que, cuando en la propuesta de la Comisión se habla de «alergias», en la mayoría de los casos se hace referencia a condiciones alérgicas respiratorias (esto es, no se incluyen las alergias provocadas por alimentos ni por contacto con la piel).

1.5. La prevención de las enfermedades relacionadas con la contaminación consta de tres aspectos: en primer lugar, reducir la cantidad de agentes contaminantes adoptando medidas en origen; en segundo lugar, intentar limitar la exposición de las personas y, por último, atenuar los efectos sobre las personas expuestas.

1.6. Aunque existen datos a nivel comunitario y nacional sobre las enfermedades relacionadas con la contaminación, los datos disponibles a nivel comunitario no ofrecen una visión clara de la relación entre contaminación ambiental y enfermedad.

1.7. Por otra parte, la Comisión presenta una descripción de las medidas adoptadas en los Estados miembros y a nivel internacional y comunitario para tratar el problema de las enfermedades relacionadas con la contaminación.

1.8. De acuerdo con las consideraciones anteriores y teniendo en cuenta las medidas adoptadas al respecto en otros niveles así como los limitados recursos disponibles, la Comisión propone los siguientes criterios de selección para fijar las prioridades del programa:

- las acciones de salud pública relativas a la enfermedad no se están realizando como parte de otros programas comunitarios;

- hay pruebas de que los niveles actuales de exposición a agentes contaminantes representan un riesgo sanitario y además el número de personas expuestas es considerable;

- la enfermedad produce una carga sustancial de morbilidad o mortalidad, o hay pruebas de que su prevalencia está aumentando de forma considerable;

- las acciones realizadas por la Comunidad aportan un valor añadido respecto de las medidas adoptadas por los Estados miembros.

1.9. A la luz de estos criterios, la Comisión decide que los ámbitos prioritarios del programa propuesto son las enfermedades relacionadas con la contaminación atmosférica, fundamentalmente las enfermedades respiratorias y las alergias.

2. Programa de acción comunitaria sobre las enfermedades relacionadas con la contaminación 1999-2003

2.1. La Comisión propone un programa quinquenal centrado sobre todo en la prevención del asma y demás enfermedades respiratorias y las alergias.

2.2. El programa tendrá como objetivos aumentar el nivel de información existente sobre las enfermedades relacionadas con la contaminación, mejorar la percepción y la gestión del riesgo respecto de dichas enfermedades y apoyar las medidas destinadas a prevenir las enfermedades cubiertas por el programa.

2.3. En la propuesta también se prevé la consulta a los Estados miembros, organizaciones internacionales competentes y terceros países. Asimismo, el programa estará sujeto a una evaluación continua y se elaborarán informes de evaluación periódicamente.

2.4. En la propuesta sólo se establece el marco financiero para el primer año (1999) del programa, dejando para más adelante la decisión sobre el marco financiero para los cuatro años restantes.

3. Observaciones generales

3.1. El Comité Económico y Social acoge con satisfacción la Comunicación de la Comisión y la propuesta de un programa de acción comunitario. En conjunto, el documento de la Comisión demuestra un alto nivel de competencia y de conocimientos especializados.

3.2. El Comité apoya el programa de acción porque es coherente y las medidas propuestas se detallan de forma clara. Asimismo, es oportuno, está bien fundado y supone una importante contribución de la Comunidad a las medidas que se están adoptando en el ámbito de la salud pública. Por otra parte, aunque ya exista amplia información sobre las enfermedades relacionadas con la contaminación, el programa proporcionará un necesario valor añadido.

3.2.1. El Comité considera que la descripción de las medidas que se toman en los distintos niveles ofrecida por la Comisión es de especial utilidad. Por lo demás, el Comité se muestra convencido de que la combinación propuesta de medidas horizontales y medidas específicas, centradas en una enfermedad, es viable.

3.2.2. El Comité destaca la importancia de reducir la cantidad de contaminantes producidos en origen.

3.3. El Comité desea formular una serie de observaciones que, no obstante, no deberían quitar valor a la propuesta ni restar importancia al tema tratado.

4. Observaciones específicas

4.1. Por lo que se refiere al primer objetivo específico del programa de acción («mejora de la información»), el Comité hace hincapié en la importancia de recopilar datos científicos sobre la relación causal entre contaminación y enfermedad y de verificar y evaluar los datos existentes sobre la causalidad, en cooperación con los Estados miembros.

4.2. En cuanto al segundo objetivo específico («percepción y gestión del riesgo»), el Comité señala que, para evitar una innecesaria alarma de la opinión pública y animar a la población a reducir al mínimo la exposición a riesgos ambientales, no basta con la simple difusión de información. La investigación en el campo de la comunicación de riesgos demuestra que se tranquiliza más al público con una comunicación adecuada en la que sus aprensiones se toman en serio que con el suministro de datos. Para ello, se debe tener confianza en los que proporcionan la información. Además, también debe prestarse atención a aspectos tales como el entorno social y la competencia de las personas afectadas.

4.2.1. En este contexto, el Comité también destaca que la comunicación y difusión de la información deben ser sistemáticas y que es muy importante estudiar de antemano el grupo destinatario.

4.3. En relación con el tercer objetivo específico («enfermedades respiratorias y alergias»), el Comité destaca que, con los mismos criterios generales, el programa de acción podría haberse centrado en otras enfermedades importantes.

4.3.1. A este respecto, el Comité pone de relieve la importancia de prevenir otras alergias, como las provocadas por alimentos.

4.4. El Comité toma nota con satisfacción de que recibirá los informes de evaluación y de ejecución.

4.5. El Comité hace hincapié en la importancia de la cooperación con las autoridades nacionales, la Agencia Europea de Medio Ambiente, la Organización Mundial de la Salud y terceros países.

4.5.1. También es importante reconocer el trabajo que la Agencia de Protección del Medio Ambiente de Estados Unidos (EPA) ha llevado a cabo en el campo de la evaluación y gestión de riesgos en lo referente a las enfermedades relacionadas con la contaminación. El Comité considera importante que la Comunidad pueda beneficiarse de dicha labor.

4.6. Para evitar la duplicación innecesaria del trabajo, el Comité insta a que la Comisión se cerciore de que las medidas propuestas son coherentes, además de complementarias, con las acciones previstas en el programa de control de la salud () y con cualquier otra acción comunitaria referida a las enfermedades relacionadas con la contaminación como las que se lleven a cabo dentro del Quinto programa comunitario de política y actuación en materia de medio ambiente «Hacia un desarrollo sostenible» ().

4.7. A juicio del Comité, un punto débil del programa es la incertidumbre en torno a su financiación. Aunque el Comité comprende las razones de esta situación, sería deseable que la Comisión pudiera presentar por lo menos un esquema de las necesidades de financiación para el período 2000-2003, y que las autoridades presupuestarias pudieran garantizar que se satisfarán dichas necesidades, dado que un programa plurianual no debería correr el riesgo de permanecer inacabado por motivos presupuestarios.

Bruselas, el 29 de octubre de 1997.

El Presidente del Comité Económico y Social

Tom JENKINS

() DO C 214 de 16. 7. 1997, p. 7.

() COM(93) 559 final de 24. 11. 1993.

() DO C 388 de 31. 12. 1994.

() European Allergy White Paper. The UCB Institute of Allergy, mayo de 1997.

() Propuesta: DO C 338 de 16. 12. 1995 - Dictamen del CES: DO C 174 de 17. 6. 1996.

() Propuesta: DO C 138 de 17. 5. 1993 - Dictamen del CES: DO C 287 de 4. 11. 1992.

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