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Document 51995KG0008

DICTAMEN CONFORME Nº 8/95 emitido por el Consejo, pronunciándose por unanimidad con arreglo al segundo párrafo del artículo 54 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, con vistas a la concesión de préstamos en el marco del duodécimo programa de financiación de viviendas destinadas al personal de las industrias CECA

DO C 310 de 22.11.1995, p. 7–7 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

51995KG0008

DICTAMEN CONFORME Nº 8/95 emitido por el Consejo, pronunciándose por unanimidad con arreglo al segundo párrafo del artículo 54 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, con vistas a la concesión de préstamos en el marco del duodécimo programa de financiación de viviendas destinadas al personal de las industrias CECA

Diario Oficial n° C 310 de 22/11/1995 p. 0007


DICTAMEN CONFORME N° 8/95

emitido por el Consejo, pronunciándose por unanimidad con arreglo al segundo párrafo del artículo 54 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, con vistas a la concesión de préstamos en el marco del duodécimo programa de financiación de viviendas destinadas al personal de las industrias CECA

(95/C 310/08)

Mediante carta de 4 de julio de 1995, la Comisión de las Comunidades Europeas solicitó el dictamen conforme del Consejo de la Unión Europea, con arreglo al segundo párrafo del artículo 54 del Tratado CECA, con vistas a la concesión de préstamos en el marco del duodécimo programa de financiación de viviendas destinadas al personal de las industrias CECA.

El Consejo, en su sesión n° 1880, celebrada el día 6 de noviembre de 1995, concedió el dictamen conforme solicitado por la Comisión.

Por el Consejo

El Presidente

J. M. EGUIAGARAY

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