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Documento 62011TJ0435

    Sentencia del Tribunal General (Sala Octava) de 2 de mayo de 2012.
    Universal Display Corp. contra Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos) (OAMI).
    Marca comunitaria - Registro internacional que designa la Comunidad Europea - Solicitud de marca comunitaria denominativa UniversalPHOLED - Motivo de denegación absoluto - Carácter descriptivo - Artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) nº 207/2009.
    Asunto T-435/11.

    Recopilación de Jurisprudencia 2012 -00000

    Identificador Europeo de Jurisprudencia: ECLI:EU:T:2012:210





    Sentencia del Tribunal General (Sala Octava) de 2 de mayo de 2012 —
    Universal Display/OAMI (UniversalPHOLED)

    (Asunto T‑435/11)

    «Marca comunitaria — Registro internacional en el que se designa a la Comunidad Europea — Solicitud de marca comunitaria denominativa UniversalPHOLED — Motivo de denegación absoluto — Carácter descriptivo — Artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) nº 207/2009»

    Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 20 a 26, 30, 31, 39 y 40)

    Objeto

    Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 18 de mayo de 2011 (asunto R 215/2011-2) relativa a una solicitud de registro del signo denominativo UniversalPHOLED como marca comunitaria.

    Fallo

    1)

    Desestimar el recurso.

    2)

    Condenar en costas a Universal Display Corp.

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