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Documento 62007CJ0046
Judgment of the Court (Fourth Chamber) of 13 November 2008.#Commission of the European Communities v Italian Republic.#Failure of a Member State to fulfil its obligations - Article 141 EC - Social Policy - Equal pay for male and female workers - Concept of ‘pay’ - Officials’ retirement scheme.#Case C-46/07.
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 13 de noviembre de 2008.
Comisión de las Comunidades Europeas contra República Italiana.
Incumplimiento de Estado - Artículo 141 CE - Política social - Igualdad de retribución entre trabajadores y trabajadoras - Concepto de "retribución" - Régimen de jubilación de los funcionarios.
Asunto C-46/07.
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 13 de noviembre de 2008.
Comisión de las Comunidades Europeas contra República Italiana.
Incumplimiento de Estado - Artículo 141 CE - Política social - Igualdad de retribución entre trabajadores y trabajadoras - Concepto de "retribución" - Régimen de jubilación de los funcionarios.
Asunto C-46/07.
Recopilación de Jurisprudencia 2008 I-00151*
Identificador Europeo de Jurisprudencia: ECLI:EU:C:2008:618
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 13 de noviembre de 2008 — Comisión/Italia
(Asunto C‑46/07)
«Incumplimiento de Estado — Artículo 141 CE — Política social — Igualdad de retribución entre trabajadores y trabajadoras — Concepto de “retribución” — Régimen de jubilación de los funcionarios»
Política social — Trabajadores y trabajadoras — Igualdad de retribución (Art. 141 CE; Acuerdo sobre la política social de 1992, art. 6, ap. 3) (véanse los apartados 35 a 59)
Objeto
Incumplimiento de Estado — Infracción del artículo 141 CE — Violación del principio de igualdad de retribución entre trabajadores y trabajadoras — Normativa nacional que establece, para los funcionarios públicos, una edad de jubilación variable según el sexo. |
Fallo
1) |
Declarar que la República Italiana ha incumplido las obligaciones establecidas en el artículo 141 CE al mantener disposiciones en virtud de las cuales los funcionarios tienen derecho a percibir la pensión de jubilación a una edad distinta según sean hombres o mujeres. |
2) |
Condenar en costas a la República Italiana. |