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Document C2004/094/121
Order of the President of the Court of First Instance of 21 January 2004 in Case T-245/03 R Fédération nationale des syndicats d'exploitants agricoles (FNSEA) and Others v Commission of the European Communities
Auto del Presidente del Tribunal de Primera Instancia de 21 de enero de 2004 en el asunto T-245/03 R, Fédération nationale des syndicats d'exploitants agricoles (FNSEA) y otros contra Comisión de las Comunidades Europeas
Auto del Presidente del Tribunal de Primera Instancia de 21 de enero de 2004 en el asunto T-245/03 R, Fédération nationale des syndicats d'exploitants agricoles (FNSEA) y otros contra Comisión de las Comunidades Europeas
DO C 94 de 17.4.2004, p. 42–43
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
17.4.2004 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 94/42 |
AUTO DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA
de 21 de enero de 2004
en el asunto T-245/03 R, Fédération nationale des syndicats d'exploitants agricoles (FNSEA) y otros contra Comisión de las Comunidades Europeas
(Procedimiento sobre medidas provisionales - Competencia - Pago de multa - Garantía bancaria - Fumus boni iuris - Urgencia - Ponderación de los intereses - Suspensión parcial y condicional)
(2004/C 94/121)
Lengua de procedimiento: francés
En el asunto T-245/03 R, Fédération nationale des syndicats d'exploitants agricoles (FNSEA), con sede en París (Francia), Fédération nationale bovine (FNB), con sede en París, Fédération nationale des producteurs de lait (FNPL), con sede en París, Jeunes agriculteurs (JA), con sede en París, representadas por Mes B. Néouze y V. Ledoux, abogados, que designan domicilio en Luxemburgo, apoyadas por la República Francesa, (agentes: Sres. G. de Bergues y F. Million), contra Comisión de las Comunidades Europeas, (agentes: Sres. P. Oliver y A. Bouquet), que tiene por objeto una demanda dirigida a la dispensa total o parcial de la obligación de constituir una garantía bancaria para evitar la recaudación de las multas impuestas por la Decisión 2003/600/CE de la Comisión, de 2 de abril de 2003, relativa a un procedimiento de aplicación del artículo 81 del Tratado CE (Asunto COMP/C.38.279/F3 — Carnes de vacuno francesas) (DO L 209, p. 12), el Presidente del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas ha dictado, el 21 de enero de 2004, un auto en el que se resuelve lo siguiente:
1) |
Suspender la obligación de la Fédération nationale des syndicats d'exploitants agricoles de constituir a favor de la Comisión una garantía bancaria para evitar el cobro inmediato de la multa que le ha sido impuesta por el artículo 3 de la Decisión de la Comisión 2003/600/CE, de 2 de abril de 2003, relativa a un procedimiento de aplicación del artículo 81 del Tratado CE (Asunto COMP/C.38.279/F3 — Carnes de vacuno francesas), bajo las siguientes condiciones:
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2) |
Suspender la obligación de la Fédération nationale bovine de constituir a favor de la Comisión una garantía bancaria para evitar el cobro inmediato de la multa que le ha sido impuesta por el artículo 3 de la Decisión 2003/600, bajo las siguientes condiciones:
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3) |
Suspender la obligación de los Jeunes agriculteurs de constituir a favor de la Comisión una garantía bancaria para evitar el cobro inmediato de la multa que les ha sido impuesta por el artículo 3 de la Decisión 2003/600, bajo las siguientes condiciones:
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4) |
La suspensión concedida en los puntos 2 y 3 de la parte dispositiva del presente auto dejará de producir efecto si las demandantes no presentaran a la Comisión en un plazo de seis semanas a partir de la notificación del presente auto las cuentas anuales de la Fédération nationale bovine y de los Jeunes agriculteurs de los ejercicios 2001 y 2002, verificadas y certificadas por una firma de auditoría de renombre internacional. |
5) |
Hasta que se constituyan las garantías bancarias, incluidos los intereses, las demandantes informarán a la Comisión:
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6) |
Reservar la decisión sobre las costas. |