Europa Creativa
SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:
Reglamento (UE) 2021/818 por el que se establece el Programa Europa Creativa (2021 a 2027)
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?
El Programa Europa Creativa tiene como objetivos:
- salvaguardar, desarrollar y promover la diversidad cultural y lingüística y el patrimonio cultural y lingüístico europeos;
- incrementar la competitividad y el potencial económico de los sectores cultural y creativo, en particular el sector audiovisual.
PUNTOS CLAVE
El programa tiene tres objetivos específicos:
- reforzar la cooperación artística y cultural a escala de la Unión Europea (UE) para apoyar la creación de obras europeas y reforzar las dimensiones económica, social y exterior —y la innovación y la movilidad— de los sectores cultural y creativo europeos;
- fomentar la competitividad, la escalabilidad, cooperación, innovación y sostenibilidad, en particular mediante la movilidad en el sector audiovisual europeo;
- fomentar la cooperación política y las acciones innovadoras que apoyen todos los capítulos del Programa, y promover un entorno mediático diverso, independiente y pluralista, junto con la alfabetización mediática, fomentando así la libertad de expresión artística, el diálogo intercultural y la inclusión social.
Capítulos de las acciones
El Programa consiste en tres capítulos diferentes, cada uno con prioridades definidas:
- un capítulo cultura, que abarca los sectores cultural y creativo, con la excepción del sector audiovisual, y cuyas prioridades incluyen reforzar la cooperación transnacional y la dimensión transfronteriza de la creación, circulación y visibilidad de las obras europeas;
- un capítulo media que abarca el sector audiovisual y cuyas prioridades incluyen el fomento de la cooperación transfronteriza, la movilidad y la innovación en la creación y producción de obras audiovisuales europeas;
- un capítulo intersectorial que abarca diferentes acciones en todos los sectores cultural y creativo, y cuyas prioridades incluyen apoyar la cooperación política transnacional en lo que se refiere al fomento del papel de la cultura en la inclusión social y con respecto a la libertad artística, junto con el periodismo de calidad y la alfabetización mediática.
Presupuesto
- El Programa se extiende del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2027, es decir, la duración del marco financiero plurianual.
- Cuenta con un presupuesto de 1 842 millones EUR a precios corrientes, con otros 600 millones EUR a precios de 2018.
- Al menos el 33 % de este importe se asigna a la cultura, al menos el 58 % a los medios y hasta un 9 % a las acciones intersectoriales.
- El Reglamento incluye las formas de financiación de la UE disponibles y las normas para su concesión.
¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR ESTE REGLAMENTO?
Está en vigor desde el 1 de enero de 2021.
ANTECEDENTES
DOCUMENTO PRINCIPAL
Reglamento (UE) 2021/818 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2021, por el que se establece el Programa Europa Creativa (2021 a 2027) y por el que se deroga el Reglamento (UE) 1295/2013 (DO L 189 de 28.5.2021, pp. 34-60).
DOCUMENTOS CONEXOS
Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1296/2013, (UE) n.o 1301/2013, (UE) n.o 1303/2013, (UE) n.o 1304/2013, (UE) n.o 1309/2013, (UE) n.o 1316/2013, (UE) n.o 223/2014 y (UE) n.o 283/2014 y la Decisión n.o 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 (DO L 193 de 30.7.2018, pp. 1-222).
Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 se han incorporado al documento original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.
última actualización 19.07.2021
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