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Document L:2000:058:TOC
Official Journal of the European Communities, L 58, 03 March 2000
Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 58, 03 de marzo de 2000
Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 58, 03 de marzo de 2000
Diario Oficial de las Comunidades Europeas | ISSN
1012-9200 L 58 43o año 3 de marzo de 2000 |
Edición en lengua española | Legislación | |||
Sumario | I Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad | |||
* | Reglamento (CE) no 475/2000 del Consejo, de 28 de febrero de 2000, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 3605/93 relativo a la aplicación del Protocolo sobre el procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo, anejo al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea | 1 | ||
Reglamento (CE) no 476/2000 de la Comisión, de 2 de marzo de 2000, por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas | 3 | |||
* | Reglamento (CE) no 477/2000 de la Comisión, de 2 de marzo de 2000, por el que se fijan, en el sector del tabaco crudo y para la cosecha 2000, las cantidades del umbral de garantía que podrán ser transferidas a otro grupo de variedades | 5 | ||
Reglamento (CE) no 478/2000 de la Comisión, de 2 de marzo de 2000, por el que se fijan las restituciones aplicables a la exportación de los cereales y de las harinas, grañones y sémolas de trigo o de centeno | 7 | |||
Reglamento (CE) no 479/2000 de la Comisión, de 2 de marzo de 2000, relativo a las ofertas comunicadas para la exportación de avena en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) no 1897/1999 | 9 | |||
Reglamento (CE) no 480/2000 de la Comisión, de 2 de marzo de 2000, por el que se fija la restitución máxima a la exportación de cebada en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) no 1701/1999 | 10 | |||
Reglamento (CE) no 481/2000 de la Comisión, de 2 de marzo de 2000, por el que se fija la restitución máxima a la exportación de centeno en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) no 1758/1999 | 11 | |||
Reglamento (CE) no 482/2000 de la Comisión, de 2 de marzo de 2000, por el que se fija la restitución máxima a la exportación de trigo blando en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) no 1707/1999 | 12 | |||
Reglamento (CE) no 483/2000 de la Comisión, de 2 de marzo de 2000, por el que se fija la restitución máxima a la exportación de trigo blando en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) no 2010/1999 | 13 | |||
Reglamento (CE) no 484/2000 de la Comisión, de 2 de marzo de 2000, por el que se fijan las restituciones aplicables a la exportación para la malta | 14 | |||
II Actos cuya publicación no es una condición para su aplicabilidad | ||||
Comisión | ||||
2000/182/EC | ||||
* | Decisión de la Comisión, de 14 de septiembre de 1999, relativa a un procedimiento de aplicación del artículo 81 del Tratado CE (Asunto IV/36.213/F2 — GEAE/P & W)Texto pertinente a efectos del EEE [notificada con el número C(1999) 2901] (1) | 16 | ||
2000/183/EC | ||||
* | Decisión de la Comisión, de 25 de febrero de 2000, que deroga la Decisión 2000/133/CE por la que se establecen medidas de protección aplicables a las importaciones de équidos vivos, aves vivas y sus huevos para incubar procedentes de IsraelTexto pertinente a efectos del EEE [notificada con el número C(2000) 494] (1) | 30 | ||
Rectificaciones | ||||
Rectificación a la Decisión 2000/103/CE de la Comisión, de 22 de diciembre de 1999, por la que se modifica la Decisión 1999/354/CE sobre la admisibilidad de los gastos previstos para 1999 por algunos Estados miembros para la aplicación de los regímenes de seguimiento y de control aplicables a la política pesquera común (DO L 29 de 4.2.2000) | 31 | |||
(1) Texto pertinente a los fines del EEE |
ES | Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres finos son actos de gestión corriente, adoptados en el marco de la política agraria, y que tienen generalmente un período de validez limitado. Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres gruesos y precedidos de un asterisco son todos los demás actos. |