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Document JOL_2006_273_R_0008_01

    Decisión 2006/666/PESC del Consejo, de 15 de septiembre de 2006 , relativa a la prórroga del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Gobierno de Indonesia sobre los cometidos, el estatuto, los privilegios y las inmunidades de la Misión de Observación de la Unión Europea en Aceh (Indonesia) (Misión de Observación en Aceh — MOA) y de su personal
    Canje de Notas relativo a la prórroga del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Gobierno de Indonesia sobre los cometidos, el estatuto, los privilegios y las inmunidades de la Misión de Observación de la Unión Europea en Aceh (Indonesia) (Misión de Observación en Aceh — MOA) y de su personal

    DO L 273 de 4.10.2006, p. 8–11 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    4.10.2006   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 273/8


    DECISIÓN 2006/666/PESC DEL CONSEJO

    de 15 de septiembre de 2006

    relativa a la prórroga del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Gobierno de Indonesia sobre los cometidos, el estatuto, los privilegios y las inmunidades de la Misión de Observación de la Unión Europea en Aceh (Indonesia) (Misión de Observación en Aceh — MOA) y de su personal

    El CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 24,

    Vista la recomendación de la Presidencia,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El 7 de junio de 2006, el Consejo adoptó la Acción Común 2006/407/PESC (1) por la que se modifica y prorroga la Acción Común 2005/643/PESC sobre la Misión de Observación de la Unión Europea en Aceh (Indonesia) (Misión de Observación en Aceh — MOA) por un período de tres meses, hasta el 15 de septiembre de 2006.

    (2)

    En esa misma fecha el Consejo adoptó igualmente la Decisión 2006/448/PESC (2) relativa a la prórroga por tres meses, hasta el 15 de septiembre de 2006, del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Gobierno de Indonesia sobre los cometidos, el estatuto, los privilegios y las inmunidades de la Misión de Observación de la Unión Europea en Aceh (Indonesia) (Misión de Observación en Aceh — MOA) y de su personal por tres meses.

    (3)

    El 21 de julio de 2006, el Gobierno de Indonesia invitó a la Unión Europea a prorrogar el mandato de la MOA por un último período de tres meses, hasta el 15 de diciembre de 2006.

    (4)

    Procede aprobar, en nombre de la Unión Europea, la prórroga del Acuerdo en forma de Canje de Notas por un período de tres meses, hasta el 15 de diciembre de 2006.

    DECIDE:

    Artículo 1

    Queda aprobada, en nombre de la Unión Europea, la prórroga por un período de tres meses, hasta el 15 de diciembre de 2006, del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Gobierno de Indonesia sobre los cometidos, el estatuto, los privilegios y las inmunidades de la Misión de Observación de la Unión Europea en Aceh (Indonesia) (Misión de Observación en Aceh — MOA) y de su personal.

    El texto del Canje de Notas por el que se aprueba la prórroga se adjunta a la presente Decisión.

    Artículo 2

    Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la(s) persona(s) facultada(s) para firmar el Canje de Notas a fin de obligar a la Unión Europea (3).

    Artículo 3

    La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

    Artículo 4

    La presente Decisión surtirá efecto el día de su adopción.

    Hecho en Bruselas, el 15 de septiembre de 2006.

    Por el Consejo

    El Presidente

    E. TUOMIOJA


    (1)  DO L 158 de 10.6.2006, p. 20.

    (2)  DO L 176 de 30.6.2006, p. 107.

    (3)  La Secretaría General del Consejo se encargará de publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea la fecha de entrada en vigor del Acuerdo.


    TRADUCCIÓN

    CANJE DE NOTAS

    relativo a la prórroga del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Gobierno de Indonesia sobre los cometidos, el estatuto, los privilegios y las inmunidades de la Misión de Observación de la Unión Europea en Aceh (Indonesia) (Misión de Observación en Aceh — MOA) y de su personal

    Yakarta, 21 de julio de 2006

    Excelencia:

    En nombre del Gobierno de la República de Indonesia, permítame expresar nuestro reconocimiento a la Unión Europea por la Misión de Observación de Aceh (MOA) y por la importante función que ha desempeñado desde su despliegue en la provincia de Nanggroe Aceh Darussalam.

    Dado que la solución pacífica de la cuestión de Aceh ya ha alcanzado una de sus etapas más importantes, a saber, la adopción por el Parlamento de Indonesia de una nueva ley sobre el gobierno de Aceh, la población de Aceh se prepara ahora a ejercer sus derechos civiles y políticos, es decir, a participar en las elecciones locales que se celebrarán en noviembre de 2006.

    A ese respecto, me complace transmitirle la decisión del Gobierno de la República de Indonesia de invitar a la Unión Europea a adoptar una última prórroga de su presencia en la provincia de Nanggroe Aceh Darussalam para el período comprendido entre el 16 de septiembre de 2006 y el 15 de diciembre de 2006 o fecha anterior tras las elecciones locales que se celebrarán en esa provincia el 22 de noviembre de 2006. El Gobierno de Indonesia considera que compete a Su Excelencia determinar la fecha de finalización de dicha prórroga.

    Los trabajos de la MOA durante dicho período abarcarán las tareas de la MOA según se establecen en el artículo 5.1 y en las letras g) y h) del artículo 5.2 del Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Movimiento para Aceh Libre de 15 de agosto de 2005.

    Durante este último período de prórroga, el estatuto, los privilegios y las inmunidades de la MOA serán los mismos que los estipulados en nuestro Canje de Notas de fecha 14 de septiembre y 3 de octubre de 2005, respectivamente, el cual constituye un instrumento jurídicamente vinculante entre el Gobierno de la República de Indonesia y la Unión Europea.

    Si la Unión Europea considera aceptable esta propuesta, me complace proponer, además, que la presente Nota, junto con su Nota de respuesta afirmativa, constituyan un instrumento jurídicamente vinculante entre el Gobierno de la República de Indonesia y la Unión Europea. Dicho instrumento entrará en vigor el 16 de septiembre de 2006 y expirará, a más tardar, el 15 de diciembre de 2006. Para el Gobierno de la República de Indonesia, este marco jurídico tiene su fundamento en la Ley indonesia no 2 de 1982, de 25 de enero de 1982, relativa a la ratificación del Convenio sobre misiones especiales de 1969.

    Además, tal como se acordó en el punto 1.2.7 del Memorándum de Entendimiento de Helsinki, según el cual se invitará a observadores independientes a supervisar las elecciones en Aceh, desearía proponerle el envío de observadores electorales de la Unión Europea durante la preparación y la celebración de las elecciones locales en la provincia de Nanggroe Aceh Darussalam. Indonesia está dispuesta a negociar el calendario, las condiciones y otras cuestiones pertinentes sobre la presencia de dichos observadores, en plena consulta con las juntas electorales locales, tal como ya ha hecho en el pasado.

    Considero que la cooperación constructiva que se ha establecido con vistas a dar una solución pacífica, completa y viable a los retos a los que nos enfrentamos en Aceh, dentro del Estado unitario de la República de Indonesia, puede seguir sosteniéndose y consolidándose.

    Esperando con interés su respuesta afirmativa,

    Le saluda atentamente,

    Dr. N. Hassan Wirajuda

    Bruselas, 15 de septiembre de 2006

    Excelencia:

    Tengo el honor de hacer referencia a su Nota de 21 de julio de 2006 por la que se nos transmitía la decisión del Gobierno de la República de Indonesia de invitar a la Unión Europea a adoptar una última prórroga de su presencia en la Provincia de Nanggroe Aceh Darussalam durante un período de tres meses a partir del 16 de septiembre de 2006 hasta el 15 de diciembre de 2006.

    Me complace confirmar que la Unión Europea ha decidido responder de forma afirmativa a esa invitación.

    Le confirmo, además, de conformidad con los términos de nuestro Canje de Notas de fecha 14 de septiembre de 2005 y 3 de octubre de 2005, que constituye un instrumento jurídicamente vinculante entre el Gobierno de la República de Indonesia y la Unión Europea, la ampliación de este instrumento hasta el 15 de diciembre de 2006.

    Los trabajos de la MOA durante ese período abarcarán las tareas de la MOA según se establecen en el artículo 5.1 y en las letras g) y h) del artículo 5.2 del Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Movimiento para Aceh Libre de 15 de agosto de 2005.

    Me complace confirmar, además, que su Nota y la presente Nota de respuesta constituyen un instrumento jurídicamente vinculante entre el Gobierno de la República de Indonesia y la Unión Europea. Dicho instrumento entrará en vigor el 16 de septiembre de 2006 y expirará el 15 de diciembre de 2006.

    Aprovecho la ocasión para dejar constancia una vez más de la valoración positiva que hace la UE de los progresos registrados en el proceso de paz de Aceh, y para reafirmar el compromiso continuo de la Unión Europea en apoyo de una solución pacífica, completa y viable a los retos a los que nos enfrentamos en Aceh.

    Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración.

    Atentamente,

    Javier Solana


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