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Colaboraciones con los países de la Asociación del Sur de Asia para la Cooperación Regional

Colaboraciones con los países de la Asociación del Sur de Asia para la Cooperación Regional

 

SÍNTESIS DE LOS DOCUMENTOS:

Decisión (UE) 2017/434 relativa a la firma, en nombre de la UE, y a la aplicación provisional del Acuerdo de Cooperación sobre Asociación y Desarrollo entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Afganistán, por otra

Acuerdo de Cooperación sobre Asociación y Desarrollo entre la UE y sus Estados miembros, por una parte, y Afganistán, por otra

Decisión 2004/870/CE: celebración del Acuerdo de Cooperación entre la Comunidad Europea y Pakistán

Acuerdo de Cooperación entre la Comunidad Europea y Pakistán sobre colaboración y desarrollo

Decisión 2001/332/CE: celebración del Acuerdo de Cooperación entre la Comunidad Europea y Bangladesh sobre colaboración y desarrollo

Acuerdo de Cooperación entre la Comunidad Europea y Bangladesh sobre colaboración y desarrollo

Decisión 95/129/CE: celebración del Acuerdo de Cooperación entre la Comunidad Europea y Sri Lanka sobre colaboración y desarrollo

Acuerdo de Cooperación entre la Comunidad Europea y Sri Lanka para la colaboración y el desarrollo

Decisión 94/578/CE: celebración del Acuerdo de Cooperación entre la Comunidad Europea y la India sobre asociación y desarrollo

Acuerdo de Cooperación entre la Comunidad Europea y la India sobre asociación y desarrollo

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTOS ACUERDOS Y DECISIONES?

  • Entre los años 1994 y 2017, la Unión Europea (UE), anteriormente Comunidad Europea, celebró acuerdos de cooperación con 6 países de la Asociación de Cooperación Regional del Sur de Asia: Afganistán, Bangladesh, India, Nepal, Pakistán y Sri Lanka. El acuerdo con Nepal ya no está en vigor.
  • Estos acuerdos tratan de desarrollar los vínculos de cooperación de los socios, garantizando el respeto de los derechos humanos y la promoción de los principios democráticos.
  • Las decisiones determinan los acuerdos en nombre de la UE.

PUNTOS CLAVE

Los principales objetivos de la cooperación se refieren a:

  • el comercio, con la finalidad de aumentar, diversificar y liberalizar los intercambios. Las partes acordaron la apertura de sus mercados respectivos y el refuerzo de su cooperación aduanera, de conformidad con los principios de la Organización Mundial del Comercio;
  • la economía, para mejorar el entorno empresarial, el diálogo entre las empresas, el intercambio de información y la formación de los empresarios;
  • el desarrollo sostenible, en particular para el progreso social y la lucha contra la pobreza. En efecto, la UE apoyará el progreso de sus socios en los ámbitos de sanidad y educación, mejorar las condiciones de vida y promocionar el papel que desempeñan las mujeres en la sociedad;
  • el desarrollo de los recursos humanos, cualificaciones profesionales y promoción de normas internacionales de trabajo digno;
  • el desarrollo rural, el crecimiento de los intercambios comerciales de productos agrícolas, la pesca y la cría de animales, mejorando las medidas sanitarias y fitosanitarias, entre otros.

Los acuerdos también establecen objetivos específicos en función de las diferentes necesidades de los países para:

  • la cooperación científica y tecnológica, que debe tratar de mejorar la asistencia técnica con Pakistán y Sri Lanka, las normas de control y calidad de Bangladesh, la realización de proyectos de investigación comunes, la movilidad de los investigadores y el intercambio de informaciones científicas (especialmente en los sectores de la biotecnología, los nuevos materiales y las ciencias terrestres) con la India;
  • la protección del medio ambiente, especialmente para apoyar a Pakistán en la gestión de recursos naturales, la erosión y la deforestación, a Bangladesh en la reducción de riesgos de catástrofes naturales, a Sri Lanka en la prevención de la contaminación industrial y a India en la elaboración y aplicación de la legislación medioambiental, la investigación y la formación;
  • la mejora del entorno de las inversiones privadas, con la India y Sri Lanka;
  • el desarrollo de la industria y los servicios, con la India y Pakistán;
  • la protección de los derechos de propiedad intelectual, con la India y Sri Lanka;
  • la cooperación en los ámbitos de información, cultura y comunicaciones, con Pakistán y Bangladesh;
  • la promoción del sector energético, con la India y Pakistán, reconociendo la importancia de este sector para el desarrollo económico y social;
  • la lucha contra el tráfico de drogas y el blanqueo de capitales, en particular con Pakistán y Bangladesh, a través de medidas especiales de lucha contra la producción y el tráfico de drogas, así como la prevención de la toxicomanía;
  • el turismo, con la India, Pakistán y Sri Lanka, especialmente mediante el intercambio de información y la realización de estudios;
  • la promoción de los derechos humanos y de la igualdad de género, y la participación de la sociedad civil, con Afganistán;
  • el apoyo a la paz y la seguridad, con Afganistán.

FECHA DE ENTRADA EN VIGOR

País

Entrada en vigor

Afganistán

aplicación provisional desde el 1 de diciembre de 2017

Pakistán

1 de septiembre de 2004

Bangladesh

1 de marzo de 2001

Sri Lanka

1 de abril de 1995

India

1 de agosto de 1994

ANTECEDENTES

Véase también:

DOCUMENTOS PRINCIPALES

Decisión (UE) 2017/434 del Consejo, de 13 de febrero 2017, relativa a la firma, en nombre de la Unión, y a la aplicación provisional del Acuerdo de Cooperación sobre Asociación y Desarrollo entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República Islámica de Afganistán, por otra (DO L 67 de 14.3.2017, pp. 1-2).

Acuerdo de Cooperación sobre Asociación y Desarrollo entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República Islámica de Afganistán, por otra (DO L 67 de 14.3.2017, pp. 3-30).

Decisión 2004/870/CE del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa a la celebración del Acuerdo de Cooperación entre la Comunidad Europea y la República Islámica de Pakistán (DO L 378 de 23.12.2004, p. 22).

Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Europea y la República Islámica de Pakistán sobre colaboración y desarrollo (DO L 378 de 23.12.2004, pp. 23-36).

Decisión 2001/332/CE del Consejo, de 26 de febrero de 2001, relativa a la celebración del Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Europea y la República Popular de Bangladesh sobre colaboración y desarrollo (DO L 118 de 27.4.2001, p. 47).

Acuerdo de Cooperación entre la Comunidad Europea y la República Popular de Bangladesh sobre colaboración y desarrollo (DO L 118 de 27.4.2001, pp. 48-56).

Decisión 95/129/CE del Consejo, de 27 de marzo de 1995, relativa a la celebración del Acuerdo de Cooperación entre la Comunidad Europea y la República Socialista Democrática de Sri Lanka sobre colaboración y desarrollo (DO L 85 de 19.4.1995, p. 32).

Acuerdo de Cooperación entre la Comunidad Europea y la República Socialista Democrática de Sri Lanka para la colaboración y el desarrollo (DO L 85 de 19.4.1995, pp. 33-42).

Decisión 94/578/CE del Consejo, de 18 de julio de 1994, relativa a la celebración del Acuerdo de Cooperación entre la Comunidad Europea y la República de la India sobre Asociación y Desarrollo (DO L 223 de 27.8.1994, p. 23).

Acuerdo de Cooperación entre la Comunidad Europea y la República de la India sobre Asociación y Desarrollo (DO L 223 de 27.8.1994, pp. 24-34).

DOCUMENTOS CONEXOS

Notificación relativa a la aplicación provisional del Acuerdo de Cooperación sobre Asociación y Desarrollo entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República Islámica de Afganistán, por otra (DO L 273 de 24.10.2017, p. 1).

última actualización 06.04.2020

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