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Two- or three-wheeled motor vehicles: restraint devices for passengers
Vehículos de motor de dos o tres ruedas: dispositivo de retención para pasajeros
Vehículos de motor de dos o tres ruedas: dispositivo de retención para pasajeros
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Vehículos de motor de dos o tres ruedas: dispositivo de retención para pasajeros
1) OBJETIVO
Armonizar las legislaciones nacionales y establecer un procedimiento de homologación de los dispositivos de retención para pasajeros de los vehículos de motor de dos ruedas.
2) ACTO
Directiva 93/32/CEE del Consejo, de 14 de junio de 1993, relativa al dispositivo de retención de los pasajeros de los vehículos de motor de dos ruedas [Diario Oficial L 188 de 29.7.1993].
Modificada por:
Directiva 1999/24/CE de la Comisión, de 9 de abril de 1999 [Diario Oficial L 104 de 21.4.1999] .
3) SÍNTESIS
Directiva 93/32/CEE
La presente directiva pertenece al procedimiento de homologación de los vehículos de motor de dos o tres ruedas, cuya aplicación comenzó con la Directiva 92/61/CEE del Consejo, actualmente abrogada y reemplazada por la Directiva 2002/24/CE..
Los vehículos a que se refiere la propuesta se dividen en:
Requisitos generales relativos al diseño y la instalación de los sistemas de retención:
Procedimiento de adaptación de los requisitos al progreso técnico.
Procedimiento de concesión de la homologación:
Los requisitos referentes a los dispositivos de retención para pasajeros forman parte de un conjunto de cuarenta y siete características incluidas en la Directiva marco 92/61/CEE del Consejo, que deben respetar en conjunto los fabricantes para poder homologar y comercializar en el mercado comunitario los vehículos de motor de dos o tres ruedas.
Directiva 1999/24/CE
La evolución técnica permite adaptar la Directiva 93/32/CEE al progreso técnico. Con el fin de que el sistema de homologación de vehículos completos funcione bien, la Directiva 1999/24/CE adapta los requisitos relativos a la fijación de la correa y las referencias que figuran en la letra B de la ficha de características.
La correa debe estar montada en el asiento o en otras partes unidas a la estructura de manera que el pasajero pueda utilizarla fácilmente. La correa y su fijación han de estar diseñadas de tal forma que sean capaces de soportar, sin romperse, una fuerza de tracción vertical de 2000 N aplicada estáticamente en el centro de la superficie de la correa con una presión máxima de 2 MPa.
Acto |
Fechade entrada en vigor |
Plazo límite de transposición en los Estados miembros |
Directiva 93/32/CEE |
- |
14.12.1994 |
Directiva 1999/24/CE |
11.5.1999 |
1.1.2000 |
4) medidas de aplicación
5) trabajos posteriores
Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a los dispositivos de retención para pasajeros de los vehículos de motor de dos ruedas [COM (2003) 145 final - no publicada en el Diario Oficial].
El 1 de abril de 1987, la Comisión decidió dar a sus servicios la instrucción de codificar todos los actos legislativos, a más tardar, tras su décima modificación, en aras de la claridad y la buena comprensión de la legislación comunitaria. Por lo tanto, el objeto de la presente propuesta es efectuar la codificación de la Directiva 93/32/CEE.
Última modificación: 18.07.2005