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Horizonte Europa: programa de investigación y formación (2021-2025)

Horizonte Europa: programa de investigación y formación (2021-2025)

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (Euratom) 2021/765 por el que se establece el Programa de Investigación y Formación de la Comunidad Europea de la Energía Atómica para el período 2021-2025, que complementa el Horizonte Europa

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

Establece el Programa de Investigación y Formación de la Comunidad Europea de la Energía Atómica para el período comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2025 (el «Programa Euratom»). Forma parte del programa Horizonte Europa y se rige por las mismas normas de participación que este.

PUNTOS CLAVE

El programa tiene una duración de cinco años, de 2021 a 2025, que se ampliará durante otros dos años en 2025 para armonizarse con el marco financiero multianual 2021-2027 de la Unión Europea (UE).

  • Determinadas partes del programa podrán ejecutarse por medio de asociaciones europeas.
  • El programa adopta un enfoque de ciencia abierta con respecto del proceso científico, a partir de modalidades de cooperación y herramientas abiertas y la difusión del conocimiento.
  • El programa está sujeto a procesos de seguimiento, presentación de informes, evaluación y auditoría.
  • Se deroga el Reglamento (Euratom) 2018/1563.

El programa incluye acciones directas e indirectas.

  • Las acciones directas son actividades emprendidas por el Centro Común de Investigación de la Comisión Europea tal y como se establece en un programa de trabajo plurianual creado por la Comisión.
  • Las acciones indirectas son actividades de investigación emprendidas por consorcios de asociación múltiple y ejecutadas por medio de programas de trabajo, incluyendo la estimación de la distribución de las sumas asignadas a cada acción y un calendario de ejecución.

Presupuesto

El programa dispone de un presupuesto total de cerca de 1 380 millones EUR;

  • 583 millones EUR para acciones indirectas en investigación y desarrollo en el campo de la fusión;
  • 266 millones EUR para acciones indirectas en fisión nuclear, seguridad y protección radiológica;
  • 532 millones EUR para acciones directas emprendidas por el Centro Común de Investigación.

Objetivos del programa y ámbitos que pueden recibir financiación:

  • mejora de la seguridad física y tecnológica nuclear el control de seguridad y la protección radiológica;
  • uso seguro de la energía nuclear desde el punto de vista tanto físico como tecnológico;
  • gestión del combustible nuclear gastado y de los residuos radiactivos y clausura de instalaciones en condiciones de seguridad,
  • uso seguro y ampliación de la investigación sobre las aplicaciones de radiación ionizante no destinadas a la producción de energía;
  • desarrollo continuo de los conocimientos especializados y las capacidades en materia nuclear;
  • promoción de la energía de fusión como potencial fuente de energía en el futuro;
  • apoyo a las políticas continuas de mejora de la UE y de los Estados miembros de la UE en materia de seguridad física y tecnológica nuclear;
  • mejora de la educación, la formación y acceso a las infraestructuras de investigación;
  • mejora de la movilidad de los científicos nucleares.

Participación de terceros países

Horizonte Europa es un programa abierto a la participación de entidades jurídicas de cualquier parte del mundo, en las condiciones establecidas mediante las normas y, si procede, conjuntamente con las posibles condiciones adicionales a nivel de programas de trabajo o de convocatorias. La participación en el programa en calidad de asociaciones de terceros países está abierta a:

Comunicación y publicidad

Los perceptores de fondos deben hacer mención del origen de la financiación obtenida mediante el programa, especialmente al promover las acciones y sus resultados, con campañas informativas coherentes y efectivas dirigidas a múltiples destinatarios, incluidos los medios de comunicación y el público en general.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR ESTE REGLAMENTO?

Está en vigor desde el 1 de enero de 2021.

ANTECEDENTES

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (Euratom) 2021/765 del Consejo de 10 de mayo de 2021 por el que se establece el Programa de Investigación y Formación de la Comunidad Europea de la Energía Atómica para el período 2021-2025 que complementa el Programa Marco de Investigación e Innovación «Horizonte Europa», y por el que se deroga el Reglamento (Euratom) 2018/1563 (DO L 167I de 12.5.2021, pp. 81-100).

DOCUMENTOS CONEXOS

Decisión (UE) 2021/764 del Consejo de 10 de mayo de 2021 que establece el Programa Específico por el que se ejecuta el Programa Marco de Investigación e Innovación Horizonte Europa, y por la que se deroga la Decisión 2013/743/UE (DO L 167I de 12.5.2021, pp. 1-80).

Reglamento (UE) 2021/695 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de abril de 2021, por el que se crea el Programa Marco de Investigación e Innovación Horizonte Europa, se establecen sus normas de participación y difusión, y se derogan los Reglamentos (UE) n.o 1290/2013 y (UE) n.o 1291/2013 (DO L 170 de 12.5.2021, pp. 1-68).

Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1296/2013, (UE) n.o 1301/2013, (UE) n.o 1303/2013, (UE) n.o 1304/2013, (UE) n.o 1309/2013, (UE) n.o 1316/2013, (UE) n.o 223/2014 y (UE) n.o 283/2014 y la Decisión n.o 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 (DO L 193 de 30.7.2018, pp. 1-222).

última actualización 07.07.2021

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